Concursos Literarios

 

 

 

BECA RESIDENCIA DE ESTUDIANTES DE MADRID PARA CREADORES Y ARTISTAS 2020-2021 (España)


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BECA RESIDENCIA DE ESTUDIANTES DE MADRID PARA CREADORES Y ARTISTAS 2020-2021 (España)

23:10:2020

Género:  Proyecto de creación

Premio:   Beca de residencia de 12 meses

Abierto a:  poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano, o de un Estado miembro de la Unión Europea y acrediten su residencia permanente en España, tener como máximo 30 años

Entidad convocante:  Residencia de Estudiantes de Madrid

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  23:10:2020

 

BASES

OBSERVACIONES:

PLAZO DE SOLICITUD: Prorrogado hasta el 23 de octubre de 2020

Nuevo periodo de disfrute del 1 de diciembre de 2020 al 30 de noviembre de 2021

 

 

La Residencia de Estudiantes convoca nueve (9) becas del Ayuntamiento de Madrid para estancia en la Residencia de Estudiantes durante el curso 2020-2021, mediante las cuales un grupo interdisciplinar de jóvenes investigadores, artistas y creadores tendrá la oportunidad de disfrutar desde el 1 de noviembre de 2020 al 31 de octubre de 2021, en régimen de pensión completa, y con posibilidad de renovación —en el caso de que la disponibilidad presupuestaria así lo permita—, del marco que brinda la Residencia de Estudiantes, sede de una intensa actividad cultural y de un activo diálogo entre ciencias y artes.
Estas nueve (9) becas, se repartirán entre las siguientes modalidades: Estudiantes de Postgrado en Ciencias Sociales y Humanidades; Estudiantes de Postgrado en Ciencias de la Naturaleza y Tecnología; y Creadores y Artistas.

El Ayuntamiento de Madrid contribuirá a la financiación del programa de acuerdo con su presupuesto aprobado y la Residencia de Estudiantes prestará los servicios relativos a la estancia. La concesión de las becas convocadas para el curso 2020-2021 mediante la presente convocatoria, quedará supeditada a la dotación efectiva del programa por el Ayuntamiento de Madrid y al cumplimiento de las necesarias garantías de salud y seguridad, movilidad y limitaciones en destino que permitan el desarrollo de la beca.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

La gestión y concesión de las becas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo a los principios de objetividad, igualdad, no discriminación y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Para optar a estas becas los solicitantes deberán reunir los requisitos generales, además de los específicos para cada modalidad, que se relacionan a continuación:

Requisitos generales

a) Poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano. Si ésta es adquirida, ha de hallarse efectivamente concedida y no en tramitación.
También podrán optar a la beca aquellos que posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acrediten su residencia permanente en España en el momento de solicitud de la beca. En este caso, deberán poseer perfecto dominio del castellano. Para acreditar la residencia permanente en España se deberá presentar una copia del Certificado de Residencia Permanente de Ciudadano de la Unión Europea.

b) Tener como máximo 30 años en el momento de solicitud de la beca.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) No recibir otras ayudas, públicas o privadas, que financien los mismos gastos que esta beca.

Requisitos específicos

a) Haberse dedicado, al menos durante dos (2) años, a trabajos artísticos o de creación en los campos de la literatura, las artes visuales, la música, o las artes escénicas.

b) Presentar un proyecto de creación para realizar durante el período de disfrute de la beca.

PERÍODO DE DISFRUTE

El período de disfrute de la beca es de doce (12) meses y puede ser prorrogado, en períodos equivalentes, hasta un máximo de tres (3) veces.

El inicio del disfrute de la beca, así como su duración, estarán condicionados a la dotación presupuestaria prevista para la misma por parte del Ayuntamiento de Madrid, así como al cumplimiento de las necesarias garantías de salud y seguridad, movilidad y limitaciones en destino que permitan el desarrollo de la beca.

Aquellos becarios que deseen solicitar la prórroga de la beca para el curso 2021-2022, deberán comunicarlo por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes, hasta el 30 de abril de 2021, adjuntando una memoria relativa a la labor realizada durante el curso 2020-2021 y el proyecto a desarrollar durante el siguiente curso. Además, el becario deberá presentar, dentro del plazo y con los demás requisitos que con carácter general se establezcan para el curso 2021-2022, la correspondiente solicitud, la cual será evaluada, junto con el resto de solicitudes, en igualdad de condiciones y conforme a las bases de la convocatoria para dicho curso.

SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán en el modelo de solicitud que se acompaña a esta convocatoria.

Los impresos de solicitud podrán descargarse desde aquí (ver documentación).

La sola presentación de la solicitud supondrá la aceptación expresa e incondicionada por el solicitante de la beca del contenido íntegro de la presente convocatoria, sin reserva o salvedad alguna.

Dichas solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

1.- Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el solicitante.

2.- Currículum Vitae del solicitante, de acuerdo con el modelo que figura en la solicitud, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo a juicio del mismo.

3.- Memoria del trabajo que desea realizar durante el periodo de disfrute de la beca.

4.- Informe firmado por algún artista, creador o profesional de reconocido prestigio, que avale el proyecto del solicitante.

5.- En caso de disfrutar de otra beca o contrato de trabajo, fotocopia de la credencial de becario o del contrato.

6.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de residente o Pasaporte.

SUBSANACIÓN

En todo caso si la documentación entregada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria o no se presentara de la forma en la misma establecida, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez (10) días naturales desde el final del plazo de solicitud, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Con carácter preferente las solicitudes deberán presentarse mediante solicitud electrónica a través de la aplicación online disponible en la web de la Residencia de Estudiantes. Subsidiariamente se admitirán también las solicitudes presentadas por correo postal.

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación exigida, se abrirá el 1 de septiembre de 2020 y finalizará el 30 de septiembre de 2020 (Prorrogado hasta el 23 de octubre de 2020) a las 14.00 horas. (horario de Madrid, España).

-Mediante solicitud electrónica:

Cumplimentando el formulario de solicitud online, al que se puede acceder a través de la página web de la Residencia de Estudiantes, y adjuntando los documentos requeridos en la presente convocatoria.

No se tendrá en cuenta ninguna solicitud electrónica recibida después de las 14.00 horas del 30 de septiembre de 2020. (horario de Madrid, España).

-Solicitud por correo postal:

Mediante correo certificado dirigido a la Residencia de Estudiantes, (c/ Pinar, 21-23, Madrid, 28006).

Para el envío mediante correo certificado será requisito imprescindible para participar en el procedimiento de concesión de la beca advertir de dicho envío, mediante un correo electrónico a becas@residencia.csic.es con anterioridad a las 14.00 h. del día 30 de septiembre de 2020.

Al cierre del plazo de presentación no se admitirá ninguna solicitud, salvo las que se reciban con sello postal que acredite su envío dentro del plazo.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

La concesión de las becas se atendrá a los siguientes criterios de valoración:

1. Calidad e Interés del Proyecto: De 0 a 5 puntos.
2. Curriculum Vitae del solicitante: De 0 a 3 puntos.
3. Impacto potencial del proyecto y posibilidad de difusión mediante conferencias, exposiciones, lecturas o audiciones de interés a realizarse en el municipio de Madrid: De 0 a 2 puntos

PROCESO DE SELECCIÓN

Para llevar a cabo la selección de los candidatos se constituirá un Comité de Selección, que actuará como jurado, y que estará formado por representantes de la Residencia de Estudiantes y al menos dos expertos de reconocido prestigio.

Los solicitantes que obtengan una puntuación mínima de 7 puntos podrán ser convocados a una entrevista personal.

El Comité de Selección, una vez concluidas las entrevistas personales, emitirá una propuesta de adjudicación de las becas.

Si alguna de las becas de cualquiera de las modalidades quedara desierta, el Comité de Selección podrá aplicarla a cualquiera de las otras convocadas.

CONCESIÓN DE LAS BECAS

La Dirección de la Residencia de Estudiantes, de acuerdo a la propuesta del Comité de Selección y siempre que se haya aprobado la dotación presupuestaria de la beca por parte del Ayuntamiento de Madrid, procederá a la adjudicación de las becas, que tendrá carácter definitivo e inapelable.

La adjudicación de las becas se publicará en la página web de la Residencia de Estudiantes, y se notificará a los seleccionados por teléfono o por correo electrónico, y por correo postal.

A partir de la adjudicación, los solicitantes seleccionados contarán con un plazo de cinco (5) días naturales para aceptar la beca, y las obligaciones establecidas en el apartado XI de esta convocatoria.

La documentación relativa a los proyectos que no resulten becados, podrá ser retirada en la Residencia de Estudiantes, en el plazo de tres (3) meses desde la publicación de la adjudicación. Transcurrido dicho plazo, la Residencia de Estudiantes no vendrá obligada a su custodia.

OBLIGACIONES DEL BECARIO

Primera.- El perceptor de la beca deberá presentar antes del día 1 de noviembre de 2020 y antes del 1 de marzo de 2021, certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, expedidos por los organismos competentes. La omisión de esta obligación podrá ocasionar la anulación de la beca.

Segunda.- El perceptor de esta beca deberá presentarse en la Residencia de Estudiantes el día 1 de noviembre de 2020, siempre que le haya sido comunicada la concesión de la beca y confirmado dicho plazo de incorporación. Se entenderá que todo becario que no se presente en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado.

Tercera.- El perceptor de la beca adquiere el compromiso de permanecer en el alojamiento que se le asigne como becario de la Residencia de Estudiantes el tiempo de duración de la beca. En caso de ausentarse de su lugar de alojamiento injustificadamente o dejar de abonar sus gastos extras, la beca podrá ser anulada inmediatamente.

Cuarta.- La percepción de cualquier remuneración deberá ser comunicada por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes. No informar de cualquier ingreso suplementario podrá ser causa de anulación inmediata de la beca.

Quinta.- Cumplir las normas de régimen interior de la Residencia de Estudiantes, así como los protocolos de seguridad e higiene sanitaria que, en su caso, se determinen. Este compromiso deberá formalizarse por escrito y su incumplimiento puede ocasionar la anulación de la beca.

Sexta.- Cuando los acontecimientos obliguen al becario a renunciar a su beca, como consecuencia de circunstancias no previstas o de fuerza mayor, deberá dar cuenta de ello, inmediatamente, por escrito, a la Dirección de la Residencia de Estudiantes.

Séptima.- El perceptor de la beca quedará obligado a interrumpir su estancia y abandonar de forma inmediata las instalaciones de la Residencia de Estudiantes, cuando sea requerido para ello por la Dirección de la Residencia, por acontecer circunstancias extraordinarias que aconsejen el cierre de las instalaciones y/o la cesación de la prestación de los servicios de alojamiento y restauración.

Octava.- Cumplir las distintas etapas del plan de trabajo presentado. Cuando las circunstancias obliguen al becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su trabajo, como consecuencia de circunstancias no previstas, deberá dar cuenta de ello, por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes, que lo valorará y, en su caso, aprobará.

Novena.- Presentar ante la Dirección de la Residencia de Estudiantes una memoria trimestral sobre la evolución del proyecto y las actividades con proyección externa en las que haya participado, tales como conferencias, recitales, mesas redondas, edición de publicaciones, etc., y en todo caso, antes de la terminación del período de disfrute de la beca, el correspondiente informe final.

Décima.- El perceptor de la beca deberá participar, tanto de forma individual como conjunta, en las actividades organizadas por la Residencia de Estudiantes.

Decimoprimera.-

Creadores y Artistas

Al término de la beca, los artistas plásticos quedan obligados a entregar en la Residencia de Estudiantes una de sus obras, a elección de la Residencia de Estudiantes. Los intérpretes artísticos, como músicos, bailarines o actores, deberán realizar una audición pública en un espacio de titularidad municipal y/o en la Residencia de Estudiantes. En el caso de textos o trabajos audiovisuales, el becario dejará copias en la Residencia de Estudiantes.

En las publicaciones y trabajos de creación que se deriven de su estancia en la Residencia, se deberá mencionar su condición de becario del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.

La Residencia de Estudiantes y el Ayuntamiento de Madrid se reservan la opción de publicación y/o exhibición de la obra, textos o trabajos audiovisuales entregados, en la forma que estimen conveniente.

Decimosegunda.- Las intervenciones públicas o escritas, sean éstas individuales o conjuntas, vinculadas con el proyecto de creación, así como todas las publicaciones realizadas durante el período de disfrute de la beca, han de hacer constar en sus créditos, reseñas biográficas o currículum la condición de becarios del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.

CAUSAS DE ANULACIÓN DE LA BECA

Serán causas de anulación inmediata de la beca:

1. El incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente convocatoria.
2. El falseamiento, ocultación y/o alguna otra irregularidad de los datos expuestos por el perceptor de la beca en su solicitud, así como aquellos otros que pudieran ser requeridos por la Residencia de Estudiantes durante su estancia como becario.
3. La infracción de las normas de régimen interno de la Residencia de Estudiantes, así como otras de análoga naturaleza que se pudieran establecer por parte de la misma.
4. La renuncia por parte del perceptor de la beca.

La anulación de la beca dará lugar a la pérdida de todos los derechos inherentes a la misma.

Cuando la beca sea anulada conforme a los motivos recogidos en esta cláusula, se cubrirá la vacante, conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección, en cuyo caso el nuevo becario deberá seguir cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.

ACEPTACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

La presentación de la solicitud para la obtención de la beca implica la aceptación de estas bases por el solicitante.

 

Bases completas, anexos y solicitud de inscripción: becas.residencia.csic.es/becasAyuntamiento/classes/access_user/becasCreadores.php

 



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BECA RESIDENCIA DE ESTUDIANTES DE MADRID PARA ESTUDIANTES DE POSTGRADO 2020-2021 (España)


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BECA RESIDENCIA DE ESTUDIANTES DE MADRID PARA ESTUDIANTES DE POSTGRADO 2020-2021 (España)

23:10:2020

Género:  Investigación

Premio:   Beca de residencia de 12 meses

Abierto a:  poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano, o de un Estado miembro de la Unión Europea y acrediten su residencia permanente en España, tener como máximo 30 años y ser estudiante de postgrado

Entidad convocante:  Residencia de Estudiantes de Madrid

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  23:10:2020

 

BASES

 

OBSERVACIONES:

PLAZO DE SOLICITUD: Prorrogado hasta el 23 de octubre de 2020

Nuevo periodo de disfrute del 1 de diciembre de 2020 al 30 de noviembre de 2021

 

 

La Residencia de Estudiantes convoca nueve (9) becas del Ayuntamiento de Madrid para estancia en la Residencia de Estudiantes durante el curso 2020-2021, mediante las cuales un grupo interdisciplinar de jóvenes investigadores, artistas y creadores tendrá la oportunidad de disfrutar desde el 1 de noviembre de 2020 al 31 de octubre de 2021, en régimen de pensión completa, y con posibilidad de renovación —en el caso de que la disponibilidad presupuestaria así lo permita—, del marco que brinda la Residencia de Estudiantes, sede de una intensa actividad cultural y de un activo diálogo entre ciencias y artes.
Estas nueve (9) becas, se repartirán entre las siguientes modalidades: Estudiantes de Postgrado en Ciencias Sociales y Humanidades; Estudiantes de Postgrado en Ciencias de la Naturaleza y Tecnología; y Creadores y Artistas.

El Ayuntamiento de Madrid contribuirá a la financiación del programa de acuerdo con su presupuesto aprobado y la Residencia de Estudiantes prestará los servicios relativos a la estancia. La concesión de las becas convocadas para el curso 2020-2021 mediante la presente convocatoria, quedará supeditada a la dotación efectiva del programa por el Ayuntamiento de Madrid y al cumplimiento de las necesarias garantías de salud y seguridad, movilidad y limitaciones en destino que permitan el desarrollo de la beca.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

Para optar a estas becas los solicitantes deberán reunir los requisitos generales, además de los específicos para cada modalidad, que se relacionan a continuación:

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano. Si ésta es adquirida, ha de hallarse efectivamente concedida y no en tramitación.

Requisitos generales

a) Poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano. Si ésta es adquirida, ha de hallarse efectivamente concedida y no en tramitación.

También podrán optar a la beca aquellos que posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acrediten su residencia permanente en España en el momento de solicitud de la beca. En este caso, deberán poseer perfecto dominio del castellano. Para acreditar la residencia permanente en España se deberá presentar una copia del Certificado de Residencia Permanente de Ciudadano de la Unión Europea.

b) Tener como máximo 30 años en el momento de solicitud de la beca.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) No recibir otras ayudas, públicas o privadas, que financien los mismos gastos que esta beca.

Requisitos específicos

a) Estar en posesión del título de Licenciado, Graduado, Ingeniero o Arquitecto y estar en periodo de formación predoctoral, con un proyecto de investigación o de tesis doctoral en cualquier ámbito del conocimiento. No podrán optar a esta beca aquellos solicitantes que ya estén en posesión de un título de doctor.

b) Presentar una memoria del trabajo que desea realizar durante el período de disfrute de la beca.

PERÍODO DE DISFRUTE

El período de disfrute de la beca es de doce (12) meses y puede ser prorrogado, en períodos equivalentes, hasta un máximo de tres (3) veces.

El inicio del disfrute de la beca, así como su duración, estarán condicionados a la dotación presupuestaria prevista para la misma por parte del Ayuntamiento de Madrid, así como al cumplimiento de las necesarias garantías de salud y seguridad, movilidad y limitaciones en destino que permitan el desarrollo de la beca.

Aquellos becarios que deseen solicitar la prórroga de la beca para el curso 2021-2022, deberán comunicarlo por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes, hasta el 30 de abril de 2021, adjuntando una memoria relativa a la labor realizada durante el curso 2020-2021 y el proyecto a desarrollar durante el siguiente curso. Además, el becario deberá presentar, dentro del plazo y con los demás requisitos que con carácter general se establezcan para el curso 2021-2022, la correspondiente solicitud, la cual será evaluada, junto con el resto de solicitudes, en igualdad de condiciones y conforme a las bases de la convocatoria para dicho curso.

SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán en el modelo de solicitud que se acompaña a esta convocatoria.

Los impresos de solicitud podrán descargarse desde aquí (ver documentación).

La sola presentación de la solicitud supondrá la aceptación expresa e incondicionada por el solicitante de la beca del contenido íntegro de la presente convocatoria, sin reserva o salvedad alguna.

Dichas solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

1.- Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el solicitante.

2.- Currículum Vitae del solicitante, de acuerdo con el modelo que figura en la solicitud, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo a juicio del mismo.

3.- Memoria del trabajo a realizar durante el periodo de disfrute de la beca.

4.- Informe firmado por el Director del trabajo que avale el proyecto del solicitante.

5.- En caso de disfrutar de otra beca o contrato de trabajo, fotocopia de la credencial de becario o del contrato.

6.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, tarjeta de Residente o Pasaporte.

SUBSANACIÓN

En todo caso si la documentación entregada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria o no se presentara de la forma en la misma establecida, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez (10) días naturales desde el final del plazo de solicitud, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Con carácter preferente las solicitudes deberán presentarse mediante solicitud electrónica a través de la aplicación online disponible en la web de la Residencia de Estudiantes. Subsidiariamente se admitirán también las solicitudes presentadas por correo postal.

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación exigida, se abrirá el 1 de septiembre de 2020 y finalizará el 30 de septiembre de 2020 (Prorrogado hasta el 23 de octubre de 2020) a las 14.00 horas.

-Mediante solicitud electrónica:

Cumplimentando el formulario de solicitud online, y adjuntando los documentos requeridos en cada modalidad.

No se tendrá en cuenta ninguna solicitud electrónica recibida después de las 14.00 horas del 30 de septiembre de 2020. (horario de Madrid, España)

-Solicitud por correo postal:

Mediante correo certificado dirigido a la Residencia de Estudiantes, (c/ Pinar, 21-23, Madrid, 28006).

Para el envío mediante correo certificado será requisito imprescindible para participar en el procedimiento de concesión de la beca advertir de dicho envío, mediante un correo electrónico a becas@residencia.csic.es con anterioridad a las 14.00 h. del día 30 de septiembre de 2020.

Al cierre del plazo de presentación no se admitirá ninguna solicitud, salvo las que se reciban con sello postal que acredite su envío dentro del plazo.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

La concesión de las becas se atendrá a los siguientes criterios de valoración:

1. Calidad e Interés del Proyecto: De 0 a 5 puntos.
2. Curriculum Vitae del solicitante: De 0 a 3 puntos.
3. Impacto potencial del proyecto y posibilidad de difusión mediante conferencias, exposiciones, lecturas o audiciones de interés a realizarse en el municipio de Madrid: De 0 a 2 puntos.

PROCESO DE SELECCIÓN

Para llevar a cabo la selección de los candidatos se constituirá un Comité de Selección, que actuará como jurado, y que estará formado por representantes de la Residencia de Estudiantes y al menos dos expertos de reconocido prestigio.

Los solicitantes que obtengan una puntuación mínima de 7 puntos podrán ser convocados a una entrevista personal.

El Comité de Selección, una vez concluidas las entrevistas personales, emitirá una propuesta de adjudicación de las becas.

Si alguna de las becas de cualquiera de las modalidades quedara desierta, el Comité de Selección podrá aplicarla a cualquiera de las otras convocadas.

CONCESIÓN DE LAS BECAS

La Dirección de la Residencia de Estudiantes, de acuerdo a la propuesta del Comité de Selección y siempre que se haya aprobado la dotación presupuestaria de la beca por parte del Ayuntamiento de Madrid, procederá a la adjudicación de las becas, que tendrá carácter definitivo e inapelable.

La adjudicación de las becas se publicará en la página web de la Residencia de Estudiantes, y se notificará a los seleccionados por teléfono o por correo electrónico, y por correo postal.

A partir de la adjudicación, los solicitantes seleccionados contarán con un plazo de cinco (5) días naturales para aceptar la beca, y las obligaciones establecidas en el apartado XI de esta convocatoria.

La documentación relativa a los proyectos que no resulten becados, podrá ser retirada en la Residencia de Estudiantes, en el plazo de tres (3) meses desde la publicación de la adjudicación. Transcurrido dicho plazo, la Residencia de Estudiantes no vendrá obligada a su custodia.

OBLIGACIONES DEL BECARIO

Primera.- El perceptor de la beca deberá presentar antes del día 1 de noviembre de 2020 y antes del 1 de marzo de 2021, certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, expedidos por los organismos competentes. La omisión de esta obligación podrá ocasionar la anulación de la beca.

Segunda.- El perceptor de esta beca deberá presentarse en la Residencia de Estudiantes el día 1 de noviembre de 2020, siempre que le haya sido comunicada la concesión de la beca y confirmado dicho plazo de incorporación. Se entenderá que todo becario que no se presente en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado.

Tercera.- El perceptor de la beca adquiere el compromiso de permanecer en el alojamiento que se le asigne como becario de la Residencia de Estudiantes el tiempo de duración de la beca. En caso de ausentarse de su lugar de alojamiento injustificadamente o dejar de abonar sus gastos extras, la beca podrá ser anulada inmediatamente.

Cuarta.- La percepción de cualquier remuneración deberá ser comunicada por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes. No informar de cualquier ingreso suplementario podrá ser causa de anulación inmediata de la beca.

Quinta.- Cumplir las normas de régimen interior de la Residencia de Estudiantes, así como los protocolos de seguridad e higiene sanitaria que, en su caso, se determinen. Este compromiso deberá formalizarse por escrito y su incumplimiento puede ocasionar la anulación de la beca.

Sexta.- Cuando los acontecimientos obliguen al becario a renunciar a su beca, como consecuencia de circunstancias no previstas o de fuerza mayor, deberá dar cuenta de ello, inmediatamente, por escrito, a la Dirección de la Residencia de Estudiantes.

Séptima.- El perceptor de la beca quedará obligado a interrumpir su estancia y abandonar de forma inmediata las instalaciones de la Residencia de Estudiantes, cuando sea requerido para ello por la Dirección de la Residencia, por acontecer circunstancias extraordinarias que aconsejen el cierre de las instalaciones y/o la cesación de la prestación de los servicios de alojamiento y restauración.

Octava.- Cumplir las distintas etapas del plan de trabajo presentado. Cuando las circunstancias obliguen al becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su trabajo, como consecuencia de circunstancias no previstas, deberá dar cuenta de ello, por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes, que lo valorará y, en su caso, aprobará.

Novena.- Presentar ante la Dirección de la Residencia de Estudiantes una memoria trimestral sobre la evolución del proyecto y las actividades con proyección externa en las que haya participado, tales como conferencias, recitales, mesas redondas, edición de publicaciones, etc., y en todo caso, antes de la terminación del período de disfrute de la beca, el correspondiente informe final.

Décima.- El perceptor de la beca deberá participar, tanto de forma individual como conjunta, en las actividades organizadas por la Residencia de Estudiantes.

Decimoprimera.-

Estudiantes de Postgrado

Al término de la beca, los Estudiantes de Postgrado quedan obligados a depositar en la Residencia de Estudiantes una copia del trabajo final.

En las publicaciones científicas que se deriven de su estancia en la Residencia, se deberá mencionar su condición de becario del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes, reservándose ambas instituciones la opción de publicación y/o exhibición del trabajo final presentado, en la forma que estimen conveniente.

Decimosegunda.- Las intervenciones públicas o escritas, sean éstas individuales o conjuntas, vinculadas con el proyecto de creación, así como todas las publicaciones realizadas durante el período de disfrute de la beca, han de hacer constar en sus créditos, reseñas biográficas o currículum la condición de becarios del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.

CAUSAS DE ANULACIÓN DE LA BECA

Serán causas de anulación inmediata de la beca:

1. El incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente convocatoria.
2. El falseamiento, ocultación y/o alguna otra irregularidad de los datos expuestos por el perceptor de la beca en su solicitud, así como aquellos otros que pudieran ser requeridos por la Residencia de Estudiantes durante su estancia como becario.
3. La infracción de las normas de régimen interno de la Residencia de Estudiantes, así como otras de análoga naturaleza que se pudieran establecer por parte de la misma.
4. La renuncia por parte del perceptor de la beca.

La anulación de la beca dará lugar a la pérdida de todos los derechos inherentes a la misma.

Cuando la beca sea anulada conforme a los motivos recogidos en esta cláusula, se cubrirá la vacante, conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección, en cuyo caso el nuevo becario deberá seguir cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.

ACEPTACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

La presentación de la solicitud para la obtención de la beca implica la aceptación de estas bases por el solicitante.

 

Bases completas, anexos y solicitud de inscripción: becas.residencia.csic.es/becasAyuntamiento/classes/access_user/becasInvestigadores.php




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XXXI PREMIO NACIONAL DE POESÍA JOSÉ HIERRO (España)


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XXXI PREMIO NACIONAL DE POESÍA JOSÉ HIERRO (España)

13:09:2020

Género: Poesía

Premio:  9.000 €, edición y 25 ejemplares

Abierto a:  residente en España

Entidad convocante:  Universidad Popular José Hierro / Delegación de Cultura de San Sebastián de los Reyes

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  13:09:2020

 

BASES

 

BASES DEL XXXI PREMIO NACIONAL DE POESÍA JOSÉ HIERRO

La Universidad Popular José Hierro convoca el XXXI Premio Nacional de Poesía “José Hierro” con arreglo a las siguientes bases:

1. Podrá concurrir a este certamen cualquier persona residente en España que presente su obra en castellano y no haya obtenido este premio con anterioridad.

2. Se podrá presentar una sola obra con una extensión comprendida entre 500 y 1000 versos o líneas. Los trabajos serán rigurosamente originales e inéditos y no premiados en ningún otro certamen. Si el autor o autora presenta la misma obra a algún otro certamen en el que resultara premiada, se compromete a informar inmediatamente a la Universidad Popular José Hierro.

3. Debido a la excepcional situación, en esta convocatoria solo se podrán presentar los originales por vía telemática hasta el 13 de septiembre de 2020, conforme a las siguientes condiciones:

CORREO ELECTRÓNICO. Se enviarán en el mismo correo dos archivos con el siguiente contenido:

a). El libro original en formato PDF, debidamente PAGINADO.

b). El formulario, que se considerará la plica, que se puede descargar en:

www.ssreyes.org (alojado en Cultura y Teatro/Premios de poesía José Hierro y Félix Grande).

Dirección de envío: premiojosehierrossreyes@gmail.com

4. Se concederá un único premio dotado con 9.000 € en concepto de derechos de autor, estando esta cantidad sujeta a las retenciones legalmente establecidas. Dicho premio conlleva la publicación del libro dentro de la Colección Literaria Universidad Popular y la entrega de 25 ejemplares. El premio podrá declararse desierto. Las obras no premiadas serán destruidas.

5. Un comité seleccionador, compuesto por poetas de reconocido prestigio, realizará una amplia selección de las obras recibidas. Dicha selección será la que se haga llegar al Jurado.

6. Un jurado compuesto por Joaquín Benito de Lucas, Pureza Canelo, Olvido García Valdés, Ángel García López y Antonio Hernández emitirá su fallo, que será inapelable, en el mes de noviembre de 2020.

7. Dependiendo de cuál sea la evolución de la actual situación sanitaria, la entrega del premio se efectuará en un acto público en fecha y lugar que oportunamente se darán a conocer, en el que la ganadora o el ganador se compromete a participar.

8. La participación en este concurso implica la aceptación de todas estas bases. En lo no previsto en ellas prevalecerá el criterio del jurado.

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

XIX CERTAMEN LITERARIO EN NARRATIVA CORTA "ESCRITS A LA TARDOR VILA DE L'ELIANA" 2020 (España)


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XIX CERTAMEN LITERARIO EN NARRATIVA CORTA "ESCRITS A LA TARDOR VILA DE L'ELIANA" 2020 (España)

12:09:2020

Género: Relato, infantil y juvenil

Premio:   1.000 €

Abierto a:  mayores de 14 años

Entidad convocante:  Ayuntamiento de L'Eliana

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  12:09:2020

 

BASES

 

Presentación de solicitudes hasta el próximo 12 de septiembre

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LA XIX EDICIÓN DEL CERTAMEN LITERARIO EN NARRATIVA CORTA EN CASTELLANO Y EN VALENCIANO DENOMINADO “ ESCRITS A LA TARDOR VILA DE L'ELIANA 2020” DEL AYUNTAMIENTO DE L’ELIANA EJERCICIO 2020

1.1.-OBJETO

Las presentes bases tienen por objeto el establecimiento del procedimiento que va a regir en la concesión de los premios del XIX CERTAMEN LITERARIO DE NARRATIVA CORTA EN CASTELLANO Y VALENCIANO, DENOMINADO <<ESCRITS A LA TARDOR. VILA DE L’Eliana-2020>>, dando cumplimiento a la línea subvencionable nº 5.02 del Plan estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de l’Eliana, cuyo objetivo estratégico es fomentar, despertar y estimular la creación artística y literaria, e impulsar el fomento y hábito de la lectura, y el uso social de la lengua de la Comunidad Valenciana en todos los sectores.

1.2.- PROCEDIMIENTO DE DESARROLLO:

El procedimiento de concesión de los presentes premios se desarrollará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, y conforme a la normativa vigente en materia de subvenciones públicas.

El Ayuntamiento de L’Eliana comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la presente convocatoria, dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 20.4.c) y 20.8.a) y concordantes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2.1.- La cuantía total máxima del crédito presupuestario destinado a la presente convocatoria, es de 4.200,00 € financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 9019.3342.48900, del presupuesto municipal vigente.

2.2.- Los premios para las obras seleccionadas de la convocatoria del XIX CERTAMEN ESCRITS A LA TARDOR .VILA DE L’ELIANA -2020, en cada una de las categorías serán los siguientes:

CATEGORIAS / MODALIDAD/SUBCATEGORIA / CUANTÍA PREMIO

CATEGORIA PRIMERA
Primer Premio en Castellano 1000,00 €
Primer Premio en Valenciano 1.200,00 €

 

CATEGORIA JUVENIL
Premio en castellano
Juvenil A 300,00 €
Juvenil B 200,00 €

Premio en valenciano
Juvenil A 350,00 €
Juvenil B 250,00 €

 

CATEGORIA LOCAL JUVENIL
Premio en castellano
Juvenil A 250,00 €
Juvenil B 150,00 €

Premio en valenciano
Juvenil A 300,00€
Juvenil B 200,00 €

Los importes arriba detallados, estarán sujetos a la retención de IRPF, de acuerdo con el art. 17.2 d) de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el art. 75.2.c en relación con el artículo el art. 80.1.4º del RD 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Exceptuándose los premios cuya base de retención (cuantía) no exceda de 300 euros (artículo 75.3.f del RIRPF).

TERCERA.- REQUISITOS PARA PODER PARTICIPAR EN EL CERTAMEN

3.1.- REQUISITOS PARTICIPANTES

- Podrán tomar parte en este certamen aquellos autores/as que lo deseen desde los 14 años, pudiendo optar a las siguientes categorías y modalidades lingüisticas:

- CATEGORÍA PRIMERA EN CASTELLANO Y EN VALENCIANO, pueden optar autores/as participantes con edades a partir de los 18 años.

- CATEGORÍA JUVENIL EN CASTELLANO Y EN VALENCIANO: pueden optar las autores/as participantes con edades comprendidas entre los 14 y 17 años (deben de estar cumplidos antes del momento de presentación de solicitud) , los dos inclusivamente, y dependiendo de la edad que tengan en las siguientes subcategorías:

JUVENIL A 16-17 años.
JUVENIL B 14-15 años

- CATEGORÍA JUVENIL LOCAL EN CASTELLANO Y VALENCIANO: pueden optar autores /as participantes con edades comprendidas entre los 14 y 17 años, (deben de estar cumplidos antes del momento de presentación de solicitud) los dos inclusivamente, empadronados en el municipio de l’Eliana, y dependiendo de la edad que tengan en las siguientes subcategorías:

JUVENIL A 16-17 años.
JUVENIL B 14-15 años

- Deberán estar al corriente en las obligaciones fiscales tributarias y con la Seguridad social, requisito que será objeto de comprobación, en el momento en que se sepa la identidad del ganador ( en el caso de participantes menores de edad se deberá de cumplir para los representantes legales que convivan con el menor), el incumplimiento de este requisito supondrá la imposibilidad resultar ganador en su categoría y en consecuencia ser beneficiario del premio correspondiente.

- Deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de L’Eliana, requisito que será objeto de comprobación, en el momento en que se sepa la identidad del ganador (en el caso de participantes menores de edad se deberá de cumplir para los representantes legales que convivan con el menor), el incumplimiento de este requisito supondrá la imposibilidad resultar ganador en su categoría y en consecuencia ser beneficiario del premio correspondiente.

- No incurrir en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13.2 y 3 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre General de subvenciones ( en el caso de participantes menores de edad se deberá de cumplir para los representantes legales que convivan con el menor) mediante la presentación de declaración responsable, que podrá ser objeto de subsanación en los términos recogidos en el apartado 4.3.

- Cada autor/a únicamente podrá presentar una obra por categoría y modalidad (excepto si se opta a la categoría local).

No obstante lo anterior, para promover y fomentar la creatividad literaria entre los jóvenes de l’Eliana, los trabajos presentados por autoras o autores locales que, de acuerdo con lo estipulado en la base 4.2.B) de esta convocatoria identifiquen sus obras a fin de optar a la categoría juvenil LOCAL, no quedarán excluidos de la modalidad de categoría juvenil del certamen.

3.2.- REQUISITOS DE LAS OBRAS

- Las obras presentadas deberán ser inéditas. No podrán concurrir trabajos premiados, pendientes de resolución o presentados simultáneamente en otros certámenes, ni textos que mantengan compromisos de publicación. El Ayuntamiento se reserva la facultad de adoptar las medidas que considere oportunas para garantizar la autenticidad de los trabajos presentados.

- No podrán participar obras de los autores o las autoras que hayan sido premiadas en las cinco (5) últimas convocatorias de este certamen.

- Los originales que concurran a cualquiera de los géneros o modalidades del certamen deberán estar redactados a doble espacio (interlineado 2,0) en letra VERDANA (tamaño 11).

- Se deberán presentar cinco copias en papel sin la firma del autor o autora, que será sustituida por
un lema o seudónimo escrito en su cabecera.

- Se establecen los siguientes requisitos adicionales para cada una de las categorías, con sus respectivas modalidades lingüísticas, según el caso, cuyo tema será libre en todas ellas:

- CATEGORÍA PRIMERA EN CASTELLANO Y EN VALENCIANO, podrá participar cualquier trabajo escrito en las diversas variantes de los mencionados dominios lingüísticos.

Los trabajos tendrán una extensión mínima de 6 folios y una extensión máxima de 10 folios en formato DIN-A4, escritos únicamente por una sola cara de la hoja

- CATEGORÍA JUVENIL EN CASTELLANO Y EN VALENCIANO: podrá participar cualquier trabajo escrito en las diversas variantes de los mencionados dominios lingüísticos.

Los trabajos tendrán una extensión mínima de 5 folios y una extensión máxima de 8 folios en formato DIN-A4, escritos únicamente por una sola cara de la hoja.

- CATEGORÍA LOCAL JUVENIL EN CASTELLANO Y VALENCIANO: podrá participar cualquier trabajo escrito en las diversas variantes de los mencionados dominios lingüísticos.

Los trabajos tendrán una extensión mínima de 5 folios y una extensión máxima de 8 folios en formato DIN-A4, escritos únicamente por una sola cara de la hoja.

El incumplimiento de los requisitos arriba descritos será motivo de exclusión en la participación en el concurso.

CUARTA.- FORMALIZACIÓN, PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO A LA MISMA:

4.1.- FORMALIZACIÓN:
Los interesados en participar en este Certamen deberán cumplimentar la solicitud, (Anexo I), e impresos que se unen como Anexos II a estas Bases que estarán a disposición de los solicitantes, en los servicios administrativos del Centro Sociocultural, sito en la Plaza Juez Miguel Comes, 1 de l´Eliana, así como en la página web del Ayuntamiento www.leliana.es./es/page/subvenciones

4.2.- LUGAR DE PRESENTACIÓN, DOCUMENTACIÓN A APORTAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN SOLICITUD:

A. FORMAS DE PRESENTACION

Los participantes en el certamen podrán presentar o enviar las sus obras/relatos, a través de los siguientes medios:

• D e manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento y en Registro de los
Servicios Administrativos del Centro Sociocultural Municipal, situado en la plaza del Juez Miguel Comes, n.º 1.- CP: 46183 – la Eliana, en el Camp de Túria (Valencia); En horario: De las 9 horas, a las 14: 00 horas, de lunes a viernes.

• E n las oficinas de Correos, en este caso no se aceptarán inscripciones fuera del plazo de
presentación de solicitudes establecido en la base cuarta, apartado C), salvo que la fecha del mata- sellos de correos se encuentre dentro del plazo de la convocatoria.

• Se podrán presentar en las restantes formas previstas en el artículo 16, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para las obras/ relatos que se presentan en el Registro Electrónico General, conforme a lo que se establece en el apartado anterior, las persones participantes presentarán el Documento Anexo I, acompañado de dos sobres cerrados, SOBRE n. A y SOBRE n. B, en el anverso de los cuales figurará el lema:
<< XIX CERTAMEN ESCRITS a la TARDOR VILA DE L’Eliana 2020>>, y el título del relato que presenta, con indicación de la categoría en la que participan y el idioma en que está escrito y la subcategoría correspondiente en su caso.

En el caso de presentación en las Oficinas de correos, el Documento Anexo I, y los dos sobres cerrados, SOBRE n.A y SOBRE n.B, se introducirán en otro, franqueado por correos, dirigido al Servicios Administrativos del Centro Sociocultural Municipal, Ayuntamiento de L’Eliana, Plaza del Juez Miguel Comes, n.º 1.- CP: 46183 –L’ Eliana, (Valencia).

No se contemplará la remisión de ejemplares por correo electrónico. Tampoco se admitirán los ejemplares presentados fuera de plazo–fecha y hora-establecido en el anuncio publicado al efecto.

B. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

• UN SOBRE NÚMERO A:

• En el EXTERIOR del cual, tendrá que indicarse TÍTULO DEL RELATO QUE PRESENTA Y MODALIDAD DE los PREMIOS a los cuales OPTA – (primera en castellano y/o valenciano, juvenil en castellano y/o valenciano, indicando si optan también a la categoría local y la subcategoría correspondiente).

• En el INTERIOR se incluirán, los cinco ejemplares del relato sin firmar y con el seudónimo, para garantizar el anonimato que tendrán que estar grapados, con los folios numerados, indicando en la cabecera de cada ejemplar el título del relato.

 

• UN SOBRE NÚMERO B:

En la forma siguiente:

• En el EXTERIOR del cual, tendrá que indicarse TÍTULO DEL RELATO QUE PRESENTA Y MODALIDAD DE los PREMIOS a los cuales OPTA – (primera en castellano y/o valenciano, juvenil en castellano y/o valenciano, indicando si optan también a la categoría local y la subcategoría correspondiente).

• EN SU INTERIOR, incluirá ANEXO II, en el que constan los datos personales del autor/a y representante en el caso de que sea menor de edad; declaración de la autoría de la obra , originalidad, titularidad de los derechos, hallarse el trabajo libre de cargas y limitaciones de explotación; y por la que declara que conoce y acepta las bases que rigen este certamen, así como declaración responsable, de la capacidad de obrar, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la agencia tributaria y frente a la seguridad social y con el Ayuntamiento, de no encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones públicas, conforme establecen los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones, y de aceptar lo estipulado en las bases, autorización para obtener los certificados de hallarse al corriente en obligaciones tributarias y SS.SS., y para que el servicio municipal de Padrón del Ayuntamiento, compruebe el empadronamiento para la categoría juvenil local y autorización del padre/madre/tutor, en el supuesto de que los participantes sean menores de edad.

A la que se acompañará DNI, Pasaporte o NIE (del autor/a y padre/madre/tutor legal en su caso) y Certificado de empadronamiento, en el caso de los autores y autoras que opten al premio de la Categoría local y no hayan autorizado al Ayuntamiento a consultar tales datos.

Este sobre solo será abierto por el Secretario del Jurado, una vez, se haya producido la selección y el veredicto del mismo y, en el supuesto de que haya resultado premiado el relato correspondiente.

C. PLAZO

La presentación de solicitudes será durante los 50 DÍAS NATURALES SIGUIENTES a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, una vez se haya publicado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en adelante BDNS el texto de la convocatoria y restante información, conforme a lo establecido en e l artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y previa publicación íntegra de las bases en la página Web del Ayuntamiento de L´Eliana, www.leliana.es./es/page/subvenciones, y en el tablón de anuncios.

4.3.- SUBSANACIÓN.-

De conformidad con el artículo 68 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, si al proceder a la apertura de plicas de los trabajos ganadores resultara que el sobre cerrado no incluyera la documentación solicitada en la base 4.2.B de esta convocatoria, se requerirá a los/las ganadores/as que los subsanen en el plazo de 10 días, con la indicación de que, en caso de no hacerlo, se considerará como desistida su opción al premio previa resolución dictada a este efecto en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley, procediéndose por tanto al archivo sin más trámite.

QUINTA.- INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO y DESARROLLO DEL CERTAMEN 5.1.- INSTRUCCIÓN
La instrucción del procedimiento corresponde al área de cultura del Ayuntamiento de l’Eliana.

El procedimiento se iniciará al día siguiente de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de participación en el Certamen.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud en el certamen.

5.2.- DESARROLLO DEL CERTAMEN

Las obras presentadas serán objeto de una selección previa, que se efectuará durante el mes de SEPTIEMBRE –OCTUBRE de 2020 que se llevará a cabo por las comisiones de valoración que se constituyan al efecto según el siguiente apartado.

Cada comisión de valoración, operará de forma autónoma e independiente al resto y tras la lectura y valoración de los trabajos que concurran en las obras que tienen que evaluar, serán c onvocadas las

Comisiones detalladas en los apartados A y B de la base 6.1 la TERCERA SEMANA DEL MES DE OCTUBRE DE 2020; al efecto de que, de conformidad con lo establecido en estas bases eleven su decisión mediante la correspondiente acta extendida al efecto, al Jurado del certamen, en la cual se hará constar:

• la selección de quince relatos por categoría, en la modalidad de castellano.

• la selección de cinco relatos por categoría, en la modalidad de valenciano.

En el caso de que un autor/a local resulte seleccionado por decisión de los componentes de las comisiones de valoración de los apartados A y B de la base 6.1 siguiente, por parte del Secretario del Jurado se informará a los miembros de la comisión de evaluación C para que desestimen su valoración como mejor trabajo juvenil por autor /a local.

Tras lo cual, la Comisión detallada en el apartado C de la Base 6.1 será convocada la ÚLTIMA SEMANA DEL MES DE OCTUBRE DE 2020, al efecto de que, de conformidad con lo establecido en estas bases y previa lectura y valoración de las obras presentadas elevaran su decisión mediante la correspondiente acta extendida al efecto, al Jurado del certamen, en la cual se hará constar:

• la selección de veinte relatos, de los cuales quince de ellos, corresponden a la modalidad en
castellano y cinco, a la modalidad en valenciano;

La referida selección será de los relatos que a juicio de cada Comisión, consideran que tienen que ser valorados por el jurado del certamen, como órgano competente para dictaminar el veredicto del certamen y la resolución de la convocatoria.

El Jurado, a la vista de la propuesta de cada una de la Comisiones, de la que quedará constancia en las actas que extenderán a tal fin, según se establece en los apartados precedentes, y previo análisis y valoración de todas las obras/relatos PRESELECCIONADOS propuestos y presentados por las personas participantes, procederá a la selección de acuerdo con los criterios establecidos en estas bases, para lo cual, será convocado a tal efecto, en la T ERCERA SEMANA DEL MES DE NOVIEMBRE de 2020 en el Centro Sociocultural Municipal, de lo cual, se extenderá la correspondiente acta y formulará su propuesta con los ganadores del concurso para cada una de las categorías, según la base 6 a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento la Eliana. Pudiendo cualquiera de las categorías declararse desierta por el jurado, si este considera que no se ha presentado ninguna obra con la suficiente calidad para merecerlo.

El veredicto del Jurado se hará público la PRIMERA SEMANA DICIEMBRE de 2020 y vendrá anunciado en la Agenda Cultural del mes de Diciembre del Ayuntamiento de l’Eliana, el acto público de entrega de los premios a los seleccionados, que tendrá lugar en el del Centro Sociocultural de l’Eliana.

Sera requisito imprescindible que los/las autores/as premiados/as, para percibir el premio, se personen en el acto de público de entrega de los mismos, entendiendo en caso contrario que renuncian al premio en metálico, aunque figurarán como ganadores del certamen, en la categoría que corresponda.

SEXTA.- EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

6.1 COMISIÓN DE VALORACIÓN

Para la selección y valoración previa de las obras, se constituirán tres Comisiones de Valoración, cada una de las cuales, estarán integradas como mínimo por tres personas de reconocido prestigio en el mundo de la literatura y/o la edición local que serán designados por Resolución de la Alcaldía Presidencia, que se hará pública en el transcurso del procedimiento.

Se constituirán las siguientes Comisiones:

A. COMISIÓN DE VALORACIÓN DE LAS OBRAS QUE CONCURRAN A LA CATEGORÍA PRIMERA y JUVENIL EN CASTELLANO

B. COMISIÓN DE VALORACIÓN DE LAS OBRAS QUE CONCURRAN A LA CATEGORÍA PRIMERA Y JUVENIL EN VALENCIANO

C. COMISIÓN DE VALORACIÓN DE LAS OBRAS QUE CONCURRAN A LA CATEGORÍA LOCAL JUVENIL EN CASTELLANO Y VALENCIANO

El funcionamiento de dicha Comisión deberá adaptarse a lo establecido en la presente convocatoria y de manera subsidiaria a las reglas contenidas en los artículos 15 al 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión de Valoración, previo estudio, de las solicitudes presentadas, evaluará las mismas y de acuerdo con lo establecido en estas Bases, y extenderá la correspondiente acta con las obras que a su juicio deben ser objeto de selección por el Jurado del Concurso.

6.2.-COMPOSICIÓN DEL JURADO

El jurado, elegirá las obras ganadoras en cada una de las categorías tras la preselección efectuada por las Comisiones de valoración constituidas al efecto, y quedará compuesto por:

• Presidenta: Concejal Delegada de Educación e Infancia, Políticas de formación y Cultura
• Vocal1: Miquel Moliner , Funcionario Interino del Ayuntamiento y profesor de la EPA.
• Vocal 2: Magdalena Álvarez, Funcionaria Ayuntamiento.
• Vocal 3: Inmaculada del Baño Garcia , Psicóloga Municipal.
• Vocal 4: Mª Enriqueta Cervera, Funcionaria Ayuntamiento.
• Secretario/secretaria, un funcionario-a municipal designado por el secretario municipal: Marcos Guiñon Juan, Funcionario interino del Ayuntamiento.

El Jurado, podrá seleccionar los autores premiados o declarar desierto el Certamen en la correspondiente categoría. En caso de empate, en la votación del jurado, actuará el presidente con su voto de calidad. Así mismo, en el supuesto de que alguno/a miembro del jurado no pudiera asistir, el Ayuntamiento procederá a designar el/la sede/a sustituto/a, con la especialidad correspondiente.

El veredicto del Jurado será inapelable y con autoridad tanto para resolver sobre el certamen como para solucionar cualquier incidencia no prevista en estas bases, aceptándolo expresamente las personas interesadas, por el simple hecho de participar.

El jurado, tras la lectura y valoración de los trabajos elevará la correspondiente acta-propuesta del veredicto o fallo, al que se refiere el artículo 24.4 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones estableciendo el trabajo ganador en cada una de las categorías, modalidades lingüíscas y subcategorías y lo remitirá al órgano instructor del procedimiento quien emitirá un informe en el que conste que, de la información que obra en su poder, se desprende que el beneficiario del premio, reúne todos los requisitos necesarios para acceder al mismo y elevará el fallo vinculante del Concurso al órgano competente para la resolución del procedimiento.

6.3.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OBRAS
Los criterios de Valoración que, para la Selección de las obras las Comisiones y el Jurado tendrán en cuenta, serán los siguientes:

CRITERIOS / PUNTUACION
TECNICA LITERARIA Y ESTILO 0 A 10 puntos
CREATIVIDAD Y ORIGINALIDAD DE LA OBRA 0 A 10 puntos
GRAMÁTICA, CORRECCIÓN TEXTO Y PRESENTACIÓN 0 a 10 puntos

Cada obra se puntuará de acuerdo a estos criterios y puntuaciones, pudiendo obtener cada obra una puntuación máxima de 30 puntos.

SÉPTIMA.-RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE

El órgano competente para resolver el certamen correspondiente a la presente convocatoria es la Alcaldía- Presidencia de la Corporación, que dictará la correspondiente resolución motivada a la vista de la propuesta de premiados por el Jurado del certamen y del Informe Incorporado al expediente, con indicación de las personas premiadas y del importe.

La resolución será notificada a las personas interesadas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 40 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y será expuesta al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en los paneles informativos del Centro Sociocultural y en la página web municipal www.leliana.es./es/page/subvenciones

Dicha resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de su notificación, o impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la fecha de su notificación, sin perjuicio de que se utilice cualquier otro que considere oportuno.

OCTAVA.- IMPORTE Y PAGO DE LOS PREMIOS Y JUSTIFICACIÓN

Resuelta la concesión de los premios de cada una de las categorías y modalidades, por la Alcaldía se ordenará el pago previa realización de los trámites reglamentarios necesarios.

El abono de los premios se realizará mediante transferencia bancaria, de acuerdo con los datos aportados por los beneficiarios en la ficha de mantenimiento de terceros que presente al efecto.

Los premios se entienden justificados con la presentación de las obras y la decisión adoptada por el Jurado que se plasmará en un acta, así como con la concesión de los mismos en la fecha en que se efectúe el acto público de presentación de las obras ganadoras.

NOVENA.-RENUNCIA

Los autores de las obra, podrán, en cualquier momento, renunciar a su participación en el concurso. Renuncia, que deberá comunicarse de manera escrita y expresa.

DECIMA.- DEVOLUCIÓN DE LAS OBRAS

Los relatos no premiados, esto es el contenido del sobre A), podrán ser retirados por las personas autoras, previa acreditación de su personalidad, o previa autorización a un tercero debidamente efectuada, en el plazo comprendido entre el 11 de enero hasta el 12 de febrero de 2021, en las oficinas administrativas del Centro Sociocultural, en horario, de las 9:00h a las 14:00h, de lunes a viernes.

Si transcurrido este plazo los/las participantes- interesados/as, no han recogido los relatos presentados se considerará que han sido cedidos en este Ayuntamiento, no haciéndose responsable esta Administración Local, de las pérdidas o daños que puedan sufrir .

DECIMA PRIMERA.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E IMAGEN

Con la participación en el presente concurso, los autores de las obras ganadoras, tras la resolución del mismo y entrega de los premios:

• De conformidad con lo que prevé la Ley de propiedad intelectual, los autores seleccionados, o en su caso, los padres o los tutores legales de los autores de los trabajos seleccionados, sin perjuicio de los derechos morales que les corresponden, c eden al Ayuntamiento de l’Eliana, los
derechos de explotación sobre las obras.

• Estos derechos comprenden el uso de as obras seleccionadas sin finalidades lucrativas. Reservándose el Ayuntamiento, el derecho de reproducción en el futuro, publicarlas y/o distribuirlas, para lo cual, queda expresamente autorizado por todos/se los autores/as que han tomado parte en este Certamen, sin necesidad de ninguna autorización expresa adicional.

• Así pues, las obras ganadoras serán publicadas en edición de 250 ejemplares dentro de la Edición anual que efectúa el Ayuntamiento de l’Eliana para conmemoración del CERTAMEN ESCRITS A LA TARDOR VILA DE L’ELIANA.

DECIMO SEGUNDA.- AUTORIZACIÓN DE MENORES

- Será imprescindible la autorización de padres, madres o tutores, que faculten al Ayuntamiento a la adquisición de los derechos de la propiedad intelectual, y a publicar la información y las imágenes que los autores aportan.

Por eso los menores de edad habrán de incluir una autorización de sus padres o tutores legales según el formulario que se adjunta, en ANEXO II.

DECIMO TERCERA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en este certamen supone la aceptación total de las presentes bases, y de los derechos y obligaciones que de las mismas se derivan, así como las decisiones acordadas por el jurado, pudiendo quedar excluido/a todo aquel participante que incumpla las mismas.

- Cualquier incidencia no prevista en estas normas, será resuelta por el jurado, siempre en beneficio del certamen, sin que contra su decisión proceda ninguna reclamación.

DECIMO CUARTA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

- Los datos de carácter personal que se recaben serán objeto de protección de conformidad con lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. En cumplimiento de lo dispuesto en la misma, los datos personales facilitados para esta convocatoria se utilizarán exclusivamente para la gestión del premio y podrán ser incorporados a los ficheros que conforman las bases de datos del Ayuntamiento de L’Eliana y no se cederán a ningún tercero excepto por obligaciones legales y a aquellas administraciones públicas que fueran las destinatarias del tratamiento. Pudiendo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, y oposición ante el Registro General del Ayuntamiento de l’Eliana

DÉCIMO QUINTA.- PUBLICIDAD

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 17 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Ayuntamiento remitirá las Bases en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, undefined quien lo remitirá al BOP y publicarán un extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de la provincia; las bases completas se publicarán en la Web municipal
www.leliana.es./es/page/subvenciones, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en el tablón informativo del Centro Sociocultural, debiendo remitir igualmente a la BDNS la información relativa a los premiados.

DECIMO SEXTA.-OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:
Los beneficiarios de esta subvención tendrán las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y las demás que resulten de la aplicación de estas bases.

DECIMO SÉPTIMA.- INCUMPLIMIENTO

Si se comprueba el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en estas bases por parte del autor o de la obra, se procederá a la exclusión del concurso.
En caso que el incumplimiento afecte al ganador y se verifique una vez otorgado el premio, éste deberá de proceder al reintegro del mismo, asumiendo las eventuales reclamaciones que se pudieran producir en concepto de daños y perjuicios por parte de otros autores, entidades, etc.

DÉCIMO OCTAVA.- RÉGIMEN JURÍDICO

Para todos los extremos no previstos en estas Bases y convocatoria, será aplicable la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; RD. 887/2006, de Reglamento de la Ley 38/2003; Real Decreto Legislativo 2/2004, de Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y restante normativa de desarrollo del mismo; Ley 19/2013, de Transparencia, de 9 de diciembre de 2013; Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera; Ley 7/1985, de 02 de abril, RBRL, en la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local; Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de L’Eliana (BOP nº 63, de 05/04/2016), ; Presupuesto Municipal vigente este Ayuntamiento y Bases de Ejecución del mismo; y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015 , de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

DÉCIMO SÉPTIMA.- RECURSOS

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el acto, o bien, directamente el recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación de conformidad con lo previsto en los artículo 10.1.a) y 46.1) de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se utilice cualquier otro que considere oportuno.



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CONCURSO ESCRIBIR EN TIEMPO DE PANDEMIA 2020 (Argentina)


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CONCURSO ESCRIBIR EN TIEMPO DE PANDEMIA 2020 (Argentina)

30:08:2020

Género:  Relato

Premio:   $ 3.000, certificado y publicación

Abierto a:  personas residentes en la Provincia de Jujuy

Entidad convocante:  Fundación Observatorio Mafalda

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  30:08:2020

 

BASES

 

Género: Relato
Premio: Tres mil, dos mil y mil pesos respectivamente a las 3 mejores obras. Certificado y publicación a las obras que cumpla con las bases y condiciones
Entidad convocante: Fundación Observatorio Mafalda
Fecha de cierre: 30/08/2020

 

BASES

Bases y condiciones Concurso Literario ESCRIBIR EN TIEMPO DE PANDEMIA

OBJETIVO

El objetivo del concurso es fomentar la escritura y abrir un canal para visibilizar y dar testimonio sobre la excepcional situación que atraviesa el mundo ante la pandemia desatada por la Covid-19. Se trata, por ello, de un concurso literario enfocado en esta temática, cuyo género solo estará condicionado por la extensión mínima y máxima que estas bases establecen.

PARTICIPACIÓN

El presente concurso es abierto, de inscripción gratuita y podrán participar de él personas residentes en la Provincia de Jujuy. Los trabajos deben ser originales e inéditos, por lo que no deben haber sido publicados, ni formar parte de obras previas. Solo se aceptará una obra por persona y deberá estar escrita en español. La redacción podrá presentarse

en cualquier formato literario. No se aceptarán obras que indiquen directamente leyendas o marcas que puedan interpretarse —a juicio del jurado— como publicidad, y todas deberán responder sin excepción al tema central del presente concurso.

PRESENTACIÓN

El texto se presentará escrito en castellano y con las siguientes características: Fuente: Times New Roman o similar. Estilo de fuente: normal. Margen: normal. Tamaño de fuente: 12. Interlineado: 1,5. Formato Word. Extensión: mínima: 8000 caracteres con espacios, máxima: 18.000 caracteres con espacios.

Para la inscripción al concurso será necesario completar todos los campos del formulario de inscripción que figuran en: forms.gle/rDB2xeCGe9oYQ2o4A
Una vez completados los campos de inscripción, y tal como allí mismo se indica, deberán enviar una copia en formato digital, preferentemente PDF, a la dirección de correo electrónico publicada en el apartado CONTACTO, firmada al pie con el seudónimo que haya escogido a los efectos de esta presentación. En el correo, por otro lado, se consignará el nombre, apellido, número de documento del postulante o de la postulante y título de la obra.

CONTACTO E INFORMACIÓN

Tanto las presentaciones como las consultas deberán realizarse enviando un correo electrónico a: escribirentiemposdepandemia@gmail.com

PLAZOS

La apertura oficial del concurso y fecha a partir de la cual podrán enviar las obras pertinentes será desde el lunes 3 de agosto y hasta el domingo 30 de agosto de 2020, inclusive.

PROCESO DE SELECCIÓN

Para juzgar la obra literaria se tomará en cuenta la claridad del mensaje, la originalidad y la fuerza testimonial. La calidad literaria no será elemento excluyente en el proceso de selección. Habrá tres ganadores, los cuales serán premiados con las sumas de tres mil, dos mil y mil pesos de manera respectiva según el orden de mérito, y sus obras encabezarán la publicación digital.

JURADO

El fallo del jurado se hará público y será inapelable. El jurado se integrará a propuesta de las autoridades de la Fundación. Las deliberaciones de los jurados serán secretas y se resolverán por mayoría simple.

RECONOCIMIENTOS Y PUBLICACIÓN

La Fundación Observatorio Mafalda reconocerá, mediante un certificado emitido por las autoridades de la misma, a quienes participen del Concurso. Todas las obras que cumplan con los requisitos del concurso serán incluidos en una publicación digital producida integralmente por la Fundación Observatorio Mafalda.

AUTORIZACIONES

Tanto las obras que reciban el reconocimiento ya mencionado, como las que sean seleccionadas para su publicación, podrán ser utilizadas en las actividades y proyectos de promoción cultural, tales como reproducción, impresión, publicación, exposición y toda difusión que la Fundación Observatorio Mafalda considere pertinente, mencionándose oportunamente, y en caso de creerlo conveniente, dependiendo del tipo de presentación, el nombre del autor y título de la obra, sin que esto genere derecho de retribución y/o compensación económica alguna a favor del autor de éstas. La Fundación adquiere el compromiso de identificar la autoría del relato cuando sea reproducido por parte de la propia entidad, en cualquier soporte. El presente concurso se hace bajo la normativa de la Ley 11723 de Propiedad Intelectual, sus actualizaciones, jurisprudencia y convenios internacionales vigentes en Argentina. Los participantes cuyas obras resulten publicadas autorizan también, sin límite de tiempo, a difundir sus nombres e imágenes en los medios y formas que la Fundación considere conveniente sin derecho a retribución alguna. Los participantes manifiestan saber que sus obras serán susceptibles de ser descargadas

por otros usuarios, por lo que renuncian a cualquier tipo de reclamo contra la Fundación Observatorio Mafalda, derivado de la difusión de las mismas o cualquier tipo de uso que pudieran o darle a las mismas estos terceros.

ACEPTACIÓN

La participación de este concurso implica la aceptación sin reservas de estas bases y condiciones, así como también de los procedimientos o sistemas establecidos por la Fundación Observatorio Mafalda, para la ejecución del presente concurso. Todo caso no previsto por estas bases y condiciones será resuelto por la Fundación, que se exime expresamente de toda responsabilidad causada por cualquier daño o perjuicio sufrido o causado por el/la participante.

 

Fuente: elsubmarinojujuy.com.ar



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