Concursos Literarios

PREMIO NADAL DE NOVELA 2022 (España)


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PREMIO NADAL DE NOVELA 2022 (España)

30:09:2021

Género:  Novela

Premio:  18.000 € y edición

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante:  Ediciones Destino

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:  30:09:2021

 

BASES

 

BASES DEL PREMIO NADAL DE NOVELA 2022

1. Podrán optar al Premio Nadal de Novela las novelas inéditas escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. El autor de la obra garantizará la autoría y originalidad de la novela presentada al Premio, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que no corresponde a un autor fallecido.

2. Cada autor podrá presentar una sola obra, que tendrá una extensión mínima de 50.000 palabras.

3. La cuantía del Premio será de 18.000 euros, cuantía que será asimismo considerada como anticipo por la cesión de los derechos de edición de la obra. El ganador se compromete a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua castellana, de derechos de edición que Ediciones Destino, un sello de Editorial Planeta S.A. (en adelante Destino), le presentará con sujeción a los términos y condiciones indicados en la condición 13 de estas bases, y Destino se compromete a publicar la obra en el curso de un año desde la concesión del Premio.

4. El Premio será otorgado por votación de un jurado de cinco miembros cuyos nombres se harán públicos durante el mes de diciembre de 2021. Destino se reserva el derecho de modificar dicho jurado. Las deliberaciones del jurado serán secretas y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Sin perjuicio del contenido del fallo definitivo del concurso, Destino no responde de las opiniones manifestadas por el jurado o por cualesquiera de sus miembros, antes o después de la emisión de aquél, en relación con cualesquiera de las obras presentadas.

www.escritores.org
5. En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.

6. Durante el período de noventa (90) días hábiles a contar desde el fallo del Premio, Ediciones Destino tendrá un derecho de opción preferente para la suscripción de contratos de edición con cualquiera de las obras presentadas y no premiadas que considere de su interés.

7. Se presentará una copia del original en formato digital —archivo Word o PDF—, que se hará llegar vía correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En el archivo debe constar el nombre del autor, el documento nacional de identidad o el pasaporte, el domicilio, el correo electrónico y el teléfono de contacto. En caso de obras con seudónimo, los originales deberán mandarse igualmente por correo electrónico, pero los datos personales del autor deberán ser enviados en un sobre cerrado —indicando en la parte exterior del sobre el título y el seudónimo con los que se ha presentado al Premio— a la sede de la editorial, a la atención de Premio Nadal 2022 (Ediciones Destino) a Avenida Diagonal, 662-664, 08034, Barcelona. La presentación de la obra al Premio bajo seudónimo se efectúa a los solos efectos del desarrollo del concurso hasta su fallo.

En cualquier caso, el autor que presente una obra al Premio deberá remitirla junto con una declaración firmada en la que deberán constar, necesariamente, todos y cada uno de los siguientes extremos:
(I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;
(II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;
(III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al Premio;
(IV) Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y
(V) Fecha de la declaración y firma original.

El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a Destino por cuantos daños y/o perjuicios pudiera ésta sufrir como consecuencia de la inexactitud o falta de veracidad de cualesquiera de las manifestaciones indicadas anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.

8. El plazo de admisión de originales termina el 30 de septiembre de 2021.

9. Ninguno de los originales presentados al Premio dentro del plazo y en la forma debida podrá ser retirado antes de hacerse público el fallo del jurado. La presentación al Premio implica para el concursante la aceptación íntegra e incondicional de estas bases, así como el consentimiento irrevocable del autor a la divulgación de la obra presentada en caso de resultar premiada.

10. Adjudicado el Premio, todos los documentos digitales de las obras no premiadas serán destruidos.

11. Ediciones Destino no mantendrá correspondencia ni comunicación alguna con los autores que se presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.

12. El fallo del jurado del Premio Nadal de Novela 2022 se hará público el 6 de enero de 2022, fallo que será inapelable.

13. El otorgamiento del Premio supone que el autor de la obra galardonada cede en exclusiva a Destino para todos los países y lenguas del mundo, y por todo el período de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual, todos los derechos de explotación —en cualquier formato o soporte y canal conocidos en el momento del otorgamiento del premio— sobre esa obra, incluyendo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.

Destino podrá efectuar la explotación de los derechos sobre la obra galardonada directamente por sí misma o suscribir, con cualquier otra compañía de su grupo empresarial o con terceros, en exclusiva o no, los acuerdos que resulten precisos para posibilitar la mejor explotación y ejecución de aquéllos y en las diversas modalidades, tanto en España como en el extranjero.

El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato o contratos de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre las obras premiadas, y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dichas cesiones.

Destino podrá efectuar una primera edición de la novela galardonada con la tirada de ejemplares que libremente decida. Las ediciones sucesivas que sigan a la primera se efectuarán con las tiradas que libremente decida el editor. La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderáúnica y exclusivamente al editor.

El autor no devengará por ningún concepto otra cantidad distinta que la percibida como premio, que tendrá a efectos del contrato el carácter de anticipo, hasta su total amortización.

Una vez amortizado el anticipo, Destino satisfará al autor por la venta de ejemplares el diez por ciento (10%) en las ediciones tipo tapa dura o flexible y/o rústica, el seis por ciento (6%) en las ediciones de bolsillo y el cinco por ciento (5%) en las restantes modalidades. Estos porcentajes se calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA de los ejemplares vendidos de las distintas ediciones. En el caso de que la explotación de los derechos se lleve a cabo por medio de terceros, la remuneración de los autores será el sesenta por ciento (60%) de los ingresos netos que obtenga Destino. En el caso de la publicación de la obra en formato de libro electrónico y audiolibro, el autor recibirá, en concepto de regalía, el veinticinco por ciento (25%) sobre ingreso neto del editor, es decir, ingreso después de aplicar los descuentos al distribuidor.

14. Destino se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido galardonadas, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del Premio Nadal de Novela. El autor se obliga frente a Destino, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder, en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.

15. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes renuncian al foro propio que pudiera corresponderles y acuerdan someter el conflicto planteado a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España).

 

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PREMIO NADAL DE NOVELA 2023 (España)


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PREMIO NADAL DE NOVELA 2023 (España)

30:09:2022

Género:  Novela

Premio:   30.000 € y edición

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:   Ediciones Destino

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:09:2022

 

BASES

 

BASES DEL PREMIO NADAL DE NOVELA 2023

1. Podrán optar al Premio Nadal de Novela las novelas inéditas escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. El autor de la obra garantizará la autoría y originalidad de la novela presentada al Premio, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que no corresponde a un autor fallecido.

2. Cada autor podrá presentar una sola obra, que tendrá una extensión mínima de 50.000 palabras.

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3. La cuantía del Premio será de 30.000 euros, cuantía que será asimismo considerada como anticipo por la cesión de los derechos de edición de la obra. El ganador se compromete a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua castellana, de derechos de edición que Ediciones Destino, un sello de Editorial Planeta S.A. (en adelante Destino), le presentará con sujeción a los términos y condiciones indicados en la condición 13 de estas bases, y Destino se compromete a publicar la obra en el curso de un año desde la concesión del Premio.

4. El Premio será otorgado por votación de un jurado de cinco miembros cuyos nombres se harán públicos durante el mes de diciembre de 2022. Destino se reserva el derecho de modificar dicho jurado. Las deliberaciones del jurado serán secretas y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Sin perjuicio del contenido del fallo definitivo del concurso, Destino no responde de las opiniones manifestadas por el jurado o por cualesquiera de sus miembros, antes o después de la emisión de aquél, en relación con cualesquiera de las obras presentadas.

5. En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.

6. Durante el período de noventa (90) días hábiles a contar desde el fallo del Premio, Ediciones Destino tendrá un derecho de opción preferente para la suscripción de contratos de edición con cualquiera de las obras presentadas y no premiadas que considere de su interés.

7. Se presentará una copia del original en formato digital —archivo Word o PDF—, que se hará llegar vía correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En el archivo debe constar el nombre del autor, el documento nacional de identidad o el pasaporte, el domicilio, el correo electrónico y el teléfono de contacto. En caso de obras con seudónimo, los originales deberán mandarse igualmente por correo electrónico, pero los datos personales del autor deberán ser enviados en un sobre cerrado —indicando en la parte exterior del sobre el título y el seudónimo con los que se ha presentado al Premio— a la sede de la editorial, a la atención de Premio Nadal 2023 (Ediciones Destino) a Avenida Diagonal, 662-664, 08034, Barcelona. La presentación de la obra al Premio bajo seudónimo se efectúa a los solos efectos del desarrollo del concurso hasta su fallo.

En cualquier caso, el autor que presente una obra al Premio deberá remitirla junto con una declaración firmada en la que deberán constar, necesariamente, todos y cada uno de los siguientes extremos:
(I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;
(II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;
(III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al Premio;
(IV) Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y
(V) Fecha de la declaración y firma original.

El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a Destino por cuantos daños y/o perjuicios pudiera ésta sufrir como consecuencia de la inexactitud o falta de veracidad de cualesquiera de las manifestaciones indicadas anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.

8. El plazo de admisión de originales termina el 30 de septiembre de 2022.

9. Ninguno de los originales presentados al Premio dentro del plazo y en la forma debida podrá ser retirado antes de hacerse público el fallo del jurado. La presentación al Premio implica para el concursante la aceptación íntegra e incondicional de estas bases, así como el consentimiento irrevocable del autor a la divulgación de la obra presentada en caso de resultar premiada.

10. Adjudicado el Premio, todos los documentos digitales de las obras no premiadas serán destruidos.

11. Ediciones Destino no mantendrá correspondencia ni comunicación alguna con los autores que se presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.

12. El fallo del jurado del Premio Nadal de Novela 2023 se hará público el 6 de enero de 2023, fallo que será inapelable.

13. El otorgamiento del Premio supone que el autor de la obra galardonada cede en exclusiva a Destino para todos los países y lenguas del mundo, y por todo el período de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual, todos los derechos de explotación —en cualquier formato o soporte y canal conocidos en el momento del otorgamiento del premio— sobre esa obra, incluyendo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.

Destino podrá efectuar la explotación de los derechos sobre la obra galardonada directamente por sí misma o suscribir, con cualquier otra compañía de su grupo empresarial o con terceros, en exclusiva o no, los acuerdos que resulten precisos para posibilitar la mejor explotación y ejecución de aquéllos y en las diversas modalidades, tanto en España como en el extranjero.

El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato o contratos de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre las obras premiadas, y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dichas cesiones.

Destino podrá efectuar una primera edición de la novela galardonada con la tirada de ejemplares que libremente decida. Las ediciones sucesivas que sigan a la primera se efectuarán con las tiradas que libremente decida el editor. La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderáúnica y exclusivamente al editor.

El autor no devengará por ningún concepto otra cantidad distinta que la percibida como premio, que tendrá a efectos del contrato el carácter de anticipo, hasta su total amortización.

Una vez amortizado el anticipo, Destino satisfará al autor por la venta de ejemplares el diez por ciento (10%) en las ediciones tipo tapa dura o flexible y/o rústica, el seis por ciento (6%) en las ediciones de bolsillo y el cinco por ciento (5%) en las restantes modalidades. Estos porcentajes se calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA de los ejemplares vendidos de las distintas ediciones. En el caso de que la explotación de los derechos se lleve a cabo por medio de terceros, la remuneración de los autores será el sesenta por ciento (60%) de los ingresos netos que obtenga Destino. En el caso de la publicación de la obra en formato de libro electrónico y audiolibro, el autor recibirá, en concepto de regalía, el veinticinco (25%) por ciento por las primeras 5.000 descargas, el treinta (30%) por ciento de la descarga 5.001 a la 25.000, el treinta y cinco (35%) por ciento de la descarga 25.001 a la 50.000 y el cuarenta (40%) por ciento a partir de la descarga 50.001 sobre ingreso neto del editor, es decir, ingreso después de aplicar los descuentos al distribuidor.

14. Destino se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido galardonadas, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del Premio Nadal de Novela. El autor se obliga frente a Destino, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder, en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.

15. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes renuncian al foro propio que pudiera corresponderles y acuerdan someter el conflicto planteado a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España).

 
 

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PREMIO NADAL DE NOVELA 2025 (España)


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PREMIO NADAL DE NOVELA 2025 (España)

30:09:2024

Género:  Novela

Premio:  30.000 euros y edición

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante:  Ediciones Destino

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:09:2024

 

BASES

 

1. Podrán optar al Premio Nadal de Novela 2025 todos los escritores, mayores de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, que presenten novelas originales, inéditas y escritas en lengua castellana. No podrá presentarse obra alguna que concurra simultáneamente a otro premio, ni las obras de aquellos que hubiesen fallecido antes de anunciarse la convocatoria, ni tampoco obras escritas por autores que hayan sido galardonados con el Premio Nadal anteriormente. El autor de la obra garantizará la autoría y originalidad de la novela presentada al Premio, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que no corresponde a un autor fallecido.

2. Cada autor podrá presentar una sola obra, que tendrá una extensión mínima de 50.000 palabras, en Times New Roman o Arial de cuerpo 12, a doble interlineado.

3. Se otorgará, como ganadora, un premio de treinta mil (30.000) Euros a la novela que se considere con mayores merecimientos. La dotación económica de la novela ganadora se corresponde con el reconocimiento al mérito literario de su obra. No obstante, tal y como se detalla en la cláusula 12 siguiente, la obtención del premio conlleva la aceptación de la cesión de derechos de explotación, reproducción, distribución y comunicación pública en exclusiva a EDITORIAL PLANETA, S. A. (en adelante y a efectos del presente Premio y las presentes bases, “DESTINO”).

4. El Premio será otorgado por votación de un jurado de cinco miembros cuyos nombres se harán públicos durante el mes de diciembre de 2024.

DESTINO se reserva el derecho de modificar dicho jurado. Las deliberaciones del jurado serán secretas y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Sin perjuicio del contenido del fallo definitivo del concurso, DESTINO no responde de las opiniones manifestadas por el jurado o por cualesquiera de sus miembros, antes o después de la emisión de aquel, en relación con cualesquiera de las obras presentadas.

5. En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.

6. La presentación de una novela al concurso implica necesariamente la aceptación íntegra, irrevocable e incondicional de las presentes bases por parte del optante, así como: Premio Nadal de Novela 2025

1. La obligación de su autor a no retirar la obra del concurso y el consentimiento del optante a la divulgación de la obra presentada en caso de resultar premiada.

2. La garantía por parte del optante, con total indemnidad para DESTINO, de la autoría y la originalidad de la obra presentada, y de que esta no es copia ni modificación total o parcial de ninguna otra obra propia o ajena.

3. La garantía por parte del optante, con total indemnidad para DESTINO, del carácter inédito en todo el mundo de la obra presentada y de la titularidad en exclusiva y sin carga ni limitación alguna de todos los derechos de explotación sobre la misma y frente a terceros, sin hallarse sometida a ningún otro concurso pendiente de resolución.

7. Se presentará una copia del original en formato digital —archivo Word o PDF—, que se hará llegar vía correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En el archivo debe constar el nombre del autor, el documento nacional de identidad o el pasaporte, el domicilio, el correo electrónico y el teléfono de contacto. En caso de obras con seudónimo, los originales deberán mandarse igualmente por correo electrónico, pero los datos personales del autor deberán ser enviados en un sobre cerrado — indicando en la parte exterior del sobre el título y el seudónimo con los que se ha presentado al Premio— a la sede de la editorial, a la atención de Premio Nadal 2025 (Ediciones Destino) a Avenida Diagonal, 662-664, 08034, Barcelona. La presentación de la obra al Premio bajo seudónimo se efectúa a los solos efectos del desarrollo del concurso hasta su fallo.

En cualquier caso, el autor que presente una obra al Premio deberá remitirla junto con una declaración firmada en la que deberán constar, necesariamente, todos y cada uno de los siguientes extremos:

(I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, de que su creación no es resultado de la utilización de sistemas, herramientas o técnicas derivadas o vinculadas con la Inteligencia Artificial, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;

(II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;

(III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al

Premio;

(IV) Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y

(V) Fecha de la declaración y firma original.

El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a DESTINO por cuantos daños y/o perjuicios pudiera esta sufrir como consecuencia de la inexactitud o falta de veracidad de cualesquiera de las manifestaciones indicadas anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.

8. El plazo de admisión de originales termina el 30 de septiembre de 2024.

9. Adjudicado el Premio, todos los documentos digitales de las obras no premiadas serán destruidos.

10. DESTINO no mantendrá correspondencia ni comunicación alguna con los autores que se presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.

11. El fallo del jurado del Premio Nadal de Novela 2025 se hará público el 6 de enero de 2025, fallo que será inapelable.

12. El pago del premio implica el reconocimiento y aceptación del autor de la cesión en exclusiva, por un período de quince (15) años desde la firma del contrato, de los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública mediante puesta a disposición de la obra en exclusiva por DESTINO, en todas las lenguas y en todo el mundo, y bajo cualquier modalidad de edición, incluyendo, a título meramente indicativo, tapa dura, rústica, ediciones económicas o de bolsillo, e-book, audiolibro, etc., así como el derecho para la explotación de la obra, por sí mismo o por terceras sociedades, a través del canal club, en forma de libro o digital, y el derecho de transformación de la obra para su traducción a otras lenguas y para la adaptación de la obra a las distintas modalidades audiovisuales hoy existentes, con contraprestaciones porcentuales distintas según la modalidad de que se trate.

El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre la obra premiada y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dicha cesión.

DESTINO podrá efectuar una primera edición de la obra ganadora en edición trade (rústica o tapa dura) con un mínimo de mil (1.000) ejemplares y un máximo de dos millones (2.000.000), con las reimpresiones que dentro de estos totales decida libremente el editor. Las sucesivas ediciones que sigan a la primera, en cualquier modalidad de edición, comprenderán un mínimo de cien (100) ejemplares y un máximo de un millón (1.000.000), sin límite de ediciones.

La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderán única y exclusivamente al editor.

DESTINO, no obstante, podrá realizar las reimpresiones que considere oportunas, sin sujeción al mínimo de mil (1.000) ejemplares establecido en los anteriores párrafos, para los supuestos de impresión bajo demanda o «print on demand» (POD) con la finalidad de asegurar la buena difusión comercial de la obra.

13. El ganador autoriza la utilización de su nombre e imagen con fines publicitarios y se compromete —al objeto de lograr la mayor difusión del Premio— a participar activa y personalmente en la presentación y promoción de su obra en aquellos actos que DESTINO considere adecuados, tanto en España como en el extranjero.

14. DESTINO se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido galardonadas, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del Premio Nadal de Novela. El autor se obliga frente a DESTINO, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder, en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.

15. Quedarán bajo la exclusiva responsabilidad del autor la inscripción de la obra presentada al Premio Nadal en el Registro de la Propiedad Intelectual, así como los efectos   de su no inscripción frente a terceros. Cada autor se obliga, además, a suscribir cuantos documentos sean necesarios para que los derechos cedidos a DESTINO sobre su obra queden inscritos en el Registro de la Propiedad Intelectual y en cualesquiera otros registros públicos nacionales, extranjeros o internacionales.

16. De conformidad con lo dispuesto en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos o RGPD) y con la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), los datos de carácter personal que faciliten los autores serán tratados por EDITORIAL PLANETA, S. A. U., con CIF A-08186249 y domicilio en Avenida Diagonal, 662, 08034, Barcelona (España), con las siguientes finalidades.

Como participante:

-Gestionar la participación del autor en el Premio;

-Gestionar los derechos y obligaciones de participación contenidos en las presentes bases;

-Verificar que el autor cumple con las condiciones de participación al Premio contenidas en las presentes bases.

En el caso de que el autor resulte ganador:

-Comunicarse con el autor ganador a los efectos de indicarle que su obra ha sido seleccionada ganadora;

-Gestionar las obligaciones fiscales derivadas de la entrega del premio;

-Proceder a la firma de documentación con el autor sobre los derechos de explotación de su obra según se expone en el apartado 12 de las presentes bases;

-Hacer uso del nombre e imagen del autor con fines publicitarios para la promoción de la obra tal y como se detalla en el apartado 13 de las presentes bases.

En el caso de que el autor no resulte ganador, si bien EDITORIAL PLANETA, S. A. U. optase por el derecho de opción preferente:

-Comunicarse con el autor con el fin de ejercer el derecho de opción preferente respecto a la obra presentada tal y como se detalla en el apartado 14 de las presentes bases.

La base legal para el tratamiento de los mencionados datos con las finalidades antes indicadas es la ejecución de las bases de la convocatoria, aceptadas libremente por el participante previamente, así como las obligaciones fiscales a las que EDITORIAL PLANETA, S. A. U. se encuentra sujeta.

Adicionalmente, y únicamente cuando los participantes hayan firmado el otorgamiento de su consentimiento para ello, EDITORIAL PLANETA, S. A. U. hará uso del nombre e imagen del autor con fines publicitarios para la promoción de la obra tal y como se detalla en el apartado 13 de las presentes bases.

Asimismo, cuando el participante haya prestado su consentimiento para ello, EDITORIAL PLANETA, S. A. U. tratará sus datos para remitirle comunicaciones comerciales personalizadas sobre nuestros productos y/o servicios o los de terceras empresas, elaborando para ello un perfil comercial. Dichas comunicaciones serán adecuadas a sus intereses, elaborando para ello un perfil en base tanto a la información facilitada por usted como a aquella otra derivada de sus hábitos de consumo y navegación.

Los datos proporcionados se conservarán hasta que se haga público el fallo del jurado, así como hasta noventa (90) días hábiles tras la publicación del fallo en caso de que EDITORIAL PLANETA, S. A. U. deseara ejercitar su derecho de opción preferente sobre alguna de las obras presentadas. Y en el caso de que haya dado su consentimiento para el uso de su imagen y/o para recibir comunicaciones comerciales, sus datos se conservarán hasta que revoque dicho consentimiento o ejerza alguno de sus derechos. Una vez transcurridos dichos plazos, los datos se conservarán bloqueados impidiendo su tratamiento, excepto para la puesta a disposición de los datos a los jueces y tribunales, el Ministerio Fiscal o las Administraciones Públicas competentes, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y solo por el plazo de prescripción de las mismas. Una vez transcurrido el indicado periodo de tiempo, los datos serán eliminados.

Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal como por ejemplo a la Hacienda Pública en relación con el premio del concurso.

Sin perjuicio de lo anterior, es posible que determinados proveedores puedan ayudarnos en la gestión de los datos personales, en cuyo caso dichos proveedores tratarán siempre los datos en nombre de EDITORIAL PLANETA, S. A. U., bajo un acuerdo de encargado de tratamiento, y nunca para sus propios intereses.   www.escritores.org

Los participantes tienen derecho a obtener confirmación sobre si se están tratando sus datos personales, por tanto, tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, acreditando su identidad, así como derecho a oponerse y a solicitar la limitación del tratamiento de sus datos y derecho a la portabilidad de sus datos. Los participantes podrán ejercitar sus derechos mediante comunicación dirigida a EDITORIAL PLANETA, S. A. U., Apartado de Correos 221 de Barcelona o remitiendo un email a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Los participantes tienen derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de Control, en el supuesto de que considere que se infringen sus derechos de protección de datos.

Los datos de contacto del Delegado de Protección de Datos de EDITORIAL PLANETA, S. A. U. son los siguientes: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

17. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes renuncian al foro propio que pudiera corresponderles y acuerdan someter el conflicto planteado a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España).






 

 
 

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PREMIO NADAL DE NOVELA 2024 (España)


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PREMIO NADAL DE NOVELA 2024 (España)

30:09:2023

Género:  Novela

Premio:  30.000 € y edición

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante:  Ediciones Destino

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:09:2023

 

BASES

 

 

1. Podrán optar al Premio Nadal de Novela 2024 todos los escritores, mayores de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, que presenten novelas originales, inéditas y escritas en lengua castellana. No podrá presentarse obra alguna que concurra simultáneamente a otro premio, ni las obras de aquellos que hubiesen fallecido antes de anunciarse la convocatoria, ni tampoco obras escritas por autores que hayan sido galardonados con el Premio Nadal anteriormente. El autor de la obra garantizará la autoría y originalidad de la novela presentada al Premio, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que no corresponde a un autor fallecido.

2. Cada autor podrá presentar una sola obra, que tendrá una extensión mínima de 50.000 palabras, en Times New Roman o Arial de cuerpo 12, a doble interlineado.

3. La dotación económica del Premio será de 30.000 euros, cuantía que será asimismo considerada como anticipo a cuenta por la cesión de los derechos de explotación de la obra. El ganador se compromete a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua castellana, de derechos de edición que Ediciones Destino, un sello de Editorial Planeta S.A. (en adelante DESTINO), le presentará con sujeción a los términos y condiciones indicados en la condición 12 de estas bases, y DESTINO se compromete a publicar la obra en el curso de un año desde la concesión del Premio.

4. El Premio será otorgado por votación de un jurado de cinco miembros cuyos nombres se harán públicos durante el mes de diciembre de 2023. DESTINO se reserva el derecho de modificar dicho jurado. Las deliberaciones del jurado serán secretas y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Sin perjuicio del contenido del fallo definitivo del concurso, DESTINO no responde de las opiniones manifestadas por el jurado o por cualesquiera de sus miembros, antes o después de la emisión de aquel, en relación con cualesquiera de las obras presentadas.

5. En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.

6. La presentación de una novela al concurso implica necesariamente la aceptación íntegra, irrevocable e incondicional de las presentes bases por parte del optante, así como:
1. La obligación de su autor a no retirar la obra del concurso y el consentimiento del optante a la divulgación de la obra presentada en caso de resultar premiada.
2. La garantía por parte del optante, con total indemnidad para DESTINO, de la autoría y la originalidad de la obra presentada, y de que esta no es copia ni modificación total o parcial de ninguna otra obra propia o ajena.
3. La garantía por parte del optante, con total indemnidad para DESTINO, del carácter inédito en todo el mundo de la obra presentada y de la titularidad en exclusiva y sin carga ni limitación alguna de todos los derechos de explotación sobre la misma y frente a terceros, sin hallarse sometida a ningún otro concurso
pendiente de resolución.

7. Se presentará una copia del original en formato digital —archivo Word o PDF—, que se hará llegar vía correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En el archivo debe constar el nombre del autor, el documento nacional de identidad o el pasaporte, el domicilio, el correo electrónico y el teléfono de contacto. En caso de obras con seudónimo, los originales deberán mandarse igualmente por correo electrónico, pero los datos personales del autor deberán ser enviados en un sobre cerrado — indicando en la parte exterior del sobre el título y el seudónimo con los que se ha presentado al Premio— a la sede de la editorial, a la atención de Premio Nadal 2024 (Ediciones Destino) a Avenida Diagonal, 662-664, 08034, Barcelona. La presentación de la obra al Premio bajo seudónimo se efectúa a los solos efectos del desarrollo del concurso hasta su fallo.

En cualquier caso, el autor que presente una obra al Premio deberá remitirla junto con una declaración firmada en la que deberán constar, necesariamente, todos y cada uno de los siguientes extremos:
(I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;
(II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;
(III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al Premio;
(IV) Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y
(V) Fecha de la declaración y firma original.

El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a DESTINO por cuantos daños y/o perjuicios pudiera esta sufrir como consecuencia de la inexactitud o falta de veracidad de cualesquiera de las manifestaciones indicadas anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.

8. El plazo de admisión de originales termina el 30 de septiembre de 2023.

9. Adjudicado el Premio, todos los documentos digitales de las obras no premiadas serán destruidos.

10. DESTINO no mantendrá correspondencia ni comunicación alguna con los autores que se

presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.

11. El fallo del jurado del Premio Nadal de Novela 2024 se hará público el 6 de enero de 2024, fallo que será inapelable.

12. El otorgamiento del Premio supone que el autor de la obra galardonada cede en exclusiva a Destino, por un periodo de quince (15) años desde la firma del contrato, de los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública mediante puesta a disposición de la obra, en todas las lenguas y en todo el mundo, y bajo cualquier modalidad de edición, incluyendo, a título meramente indicativo, tapa dura, rústica, ediciones económicas o de bolsillo, e-book, audiolibro, etc., así como el derecho para la explotación de la obra, por sí mismo o por terceras sociedades, a través del canal club, en forma de libro o digital, y el derecho de transformación de la obra para su traducción a otras lenguas y para la adaptación de la obra a las distintas modalidades audiovisuales hoy existentes, con contraprestaciones porcentuales distintas según la modalidad de que se trate.

DESTINO podrá efectuar la explotación de los derechos sobre la obra galardonada directamente por sí misma o suscribir, con cualquier otra compañía de su grupo empresarial o con terceros, en exclusiva o no, los acuerdos que resulten precisos para posibilitar la mejor explotación y ejecución de aquellos y en las diversas modalidades, tanto en España como en el extranjero.

El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato o contratos de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre las obras premiadas y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dichas cesiones.
DESTINO podrá efectuar una primera edición de la novela galardonada con la tirada de ejemplares que libremente decida. Las ediciones sucesivas que sigan a la primera se efectuarán con las tiradas que libremente decida el editor. La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderáúnica y exclusivamente al editor.

El autor no devengará por ningún concepto otra cantidad distinta que la percibida como premio, que tendrá a efectos del contrato el carácter de anticipo, hasta su total amortización.
Una vez amortizado el anticipo, Destino satisfará al autor por la venta de ejemplares el diez por ciento (10%) en las ediciones tipo tapa dura o flexible y/o rústica, el seis por ciento (6%) en las ediciones de bolsillo y el cinco por ciento (5%) en las restantes modalidades. Estos porcentajes se calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA de los ejemplares vendidos de las distintas ediciones. En el caso de la publicación de la obra en formato de libro electrónico y audiolibro, el autor recibirá, en concepto de regalía, el veinticinco (25%) por ciento sobre ingreso neto del editor. En el caso de que la explotación de los derechos se lleve a cabo por medio de terceros, la remuneración de los autores será el sesenta por ciento (60%) de los ingresos netos que obtenga DESTINO.

13. El ganador autoriza la utilización de su nombre e imagen con fines publicitarios y se compromete —al objeto de lograr la mayor difusión del Premio— a participar activa y personalmente en la presentación y promoción de su obra en aquellos actos que DESTINO considere adecuados, tanto en España como en el extranjero.

14. DESTINO se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido galardonadas, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del Premio Nadal de Novela. El autor se obliga frente a DESTINO, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder, en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.

15. Quedarán bajo la exclusiva responsabilidad del autor la inscripción de la obra presentada al Premio Nadal en el Registro de la Propiedad Intelectual, así como los efectos de su no inscripción frente a terceros. Cada autor se obliga, además, a suscribir cuantos documentos sean necesarios para que los derechos cedidos a DESTINO sobre su obra queden inscritos en el Registro de la Propiedad Intelectual y en cualesquiera otros registros públicos nacionales, extranjeros o internacionales.

16. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril de 2016, los datos de carácter personal que faciliten los autores serán tratados con la finalidad de gestionar su participación en el Premio, siendo la base legitimadora del tratamiento el interés legítimo de las partes en facilitar la presentación de las novelas de los autores al Premio conforme a las presentes bases.

Los datos proporcionados se conservarán hasta que se haga público el fallo del jurado. Una vez comunicado el fallo del jurado, los datos se conservarán bloqueados impidiendo su tratamiento, excepto para la puesta a disposición de los datos a los jueces y tribunales, el Ministerio Fiscal o las Administraciones Públicas competentes, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y solo por el plazo de prescripción de las mismas. Una vez transcurrido el indicado periodo de tiempo, los datos serán eliminados.www.escritores.org

Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal.

Los interesados tienen derecho a obtener confirmación sobre si se están tratando sus datos personales, por tanto, tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, acreditando su identidad, así como derecho a oponerse y a solicitar la limitación del tratamiento de sus datos y derecho a la portabilidad de sus datos. Los interesados podrán ejercitar sus derechos mediante comunicación dirigida a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Los datos no serán objeto de transferencias internacionales.

Los interesados tienen derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de Control, en el supuesto de que considere que se infringen sus derechos de protección de datos.

Los datos de contacto de los Delegados de Protección de Datos de Editorial Planeta, S.A. son los siguientes: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

17. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes renuncian al foro propio que pudiera corresponderles y acuerdan someter el conflicto planteado a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España).

 

 
 

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PREMIO NARRATIVA GRÁFICA FNFLL 2021 (Chile)


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PREMIO NARRATIVA GRÁFICA FNFLL 2021 (Chile)

25:06:2021

Género: Narrativa gráfica, obra publicada

Premio:  $ 4.330.000

Abierto a: personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad de Chile, y mayores de edad

Entidad convocante:  Subsecretaría de las Culturas y las Artes y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura

País de la entidad convocante:  Chile

Fecha de cierre:  25:06:2021

 

BASES

 

BASES DE CONVOCATORIA PÚBLICA
PREMIO NARRATIVA GRÁFICA
CONVOCATORIA 2021

www.escritores.org

1. CONVOCATORIA
La Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en adelante “la SUBSECRETARÍA” y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, en adelante “el Consejo”, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° letra j) de la Ley N° 19.227 que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura y en su Reglamento, y con el objeto complementar las medidas que buscan implementar la Política Nacional del Libro y la Lectura, promoviendo la creación, impulsando la difusión y apoyando la industria narrativa gráfica, convocan a concurso público para otorgar el Premio Narrativa Gráfica, destinado a distinguir a aquellas obras que plasman una historia a través de la fusión entre dibujo y guion, creando una comunión entre ambos lenguajes.
Los beneficiados por los premios deberán realizar una actividad de difusión en establecimientos escolares de educación pública y/o en las comunidades próximas a ellos, conforme a lo establecido en la Ley N° 21.289, que aprueba el presupuesto del sector público año 2021. Los beneficiados podrán efectuar esta actividad en el marco de los programas de Educación Artística que ejecuta la SUBSECRETARÍA para lo cual deberán tomar contacto con el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura.

2. PREMIOS
Se distinguirá al autor(es) de la obra con una suma única de dinero equivalente a $4.330.000.- (cuatro millones trescientos treinta mil pesos chilenos).
El premio señalado, se entregará al autor(a) de la obra o a quien sea designado como representante en caso que la obra tenga más de un(a) autor(a), certificado por un mandato especial emitido ante notario, por los autores.
Ten presente que para efectos de recibir el Premio, como ganador deberás acreditar que tu cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile se encuentra vigente, en caso que no conste su vigencia en los antecedentes entregados en la postulación.
El Consejo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 4° letra h) de la Ley N° 19.227 adquirirá el 20% de los ejemplares de la primera edición de la obra premiada, con un límite de 100 ejemplares. Los libros se comprarán en un plazo no superior a 2 años, según disponibilidad presupuestaria.
Esta compra no se llevará a efecto en caso que la obra haya sido seleccionada o adquirida en el Programa de Adquisición de Libros de Autores Chilenos.
En caso de fallecimiento del ganador/a, el premio será entregado a la sucesión que legalmente corresponda.

3. REQUISITOS PARA POSTULAR
• Podrás postular obras en idioma español o en las lenguas de los pueblos originarios, siempre que éstas se presenten en una edición bilingüe (español-pueblos originarios).
• Podrás postular obras dirigidas a cualquier tipo de público.
• Podrán participar obras que hayan sido publicadas en los últimos dos años, es decir los años 2019 y 2020, por autores chilenos o residentes en Chile con cédula de identidad vigente otorgada por el Servicio de Registro Civil.
• La obra que postules debe contar con ISBN (International Standard Book Number) y debe haber sido publicada originalmente en Chile o simultáneamente publicada en el extranjero. Si la obra fue publicada en el extranjero, antes que en Chile, la postulación será declarada inadmisible.
• En caso que la obra que postules posea más de un autor, deberás acompañar un certificado con la autorización el resto de los involucrados en la realización de la obra.
• Las obras que postules deben poseer una trama que sea desarrollada en profundidad a lo largo de la publicación, teniendo un comienzo y un final identificables.

Se deja expresa constancia que no podrás postular:
• Tiras cómicas, antologías, compilaciones, fanzines, revistas, novelas ilustradas, o publicaciones periódicas.
Ten presente que las postulaciones que no cumplan con los requisitos antes señalados serán declaradas fuera de convocatoria.

4. POSTULANTES Y AUTORES
Las obras podrán ser postuladas por sus autores(as) en forma personal.
Los autores de las obras postuladas deberán ser personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile; y mayores de edad de conformidad con la legislación chilena.

5. INCOMPATIBILIDADES APLICABLES A LOS(AS) POSTULANTES Y AUTORES DE LA OBRA
No podrán participar en esta convocatoria como autores de las obras, las autoridades del Ministerio y los(as) trabajadores(as) de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (contratados bajo el régimen de planta, contrata y Código del Trabajo). De la misma forma son incompatibles para postular los(as) trabajadores(as) de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio contratados bajo el régimen de honorarios, siempre y cuando sus contratos a honorarios prohíban su participación en convocatorias pública, quienes ejerzan la labor de jurados de este premio y las personas que se encuentren impedidas de postular por afectarles alguna causal de incompatibilidad administrativa contemplada en el artículo 56° del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Como orientación, tienen la calidad de autoridades del Ministerio los integrantes del Consejo de Fomento de la Música Nacional, del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, del Consejo Nacional del Libro y la Lectura, del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Si durante el periodo de presentación de postulaciones cesa la incompatibilidad que te afecta para presentar tu postulación, estarás habilitado para postular, pudiendo presentar tu postulación mientras esté abierto el periodo de recepción de postulaciones, siempre y cuando no hayas postulado con antelación al cese de tu incompatibilidad. Como Subsecretaría revisaremos, durante todo el proceso que no te encuentres en alguna situación de incompatibilidad. Te recomendamos tener precaución con lo anterior, ya que tu proyecto quedará fuera de convocatoria en caso que no lo cumplas.
Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstención que les compete a las autoridades, funcionarios y trabajadores del Ministerio que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley Nº 19.880, respecto de alguno de los postulantes.
La circunstancia que te encuentres en situación de incompatibilidad para ser beneficiario(a) del Fondo será certificada por la Secretaría del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, en adelante la “Secretaría” o la “Secretaría del Fondo”.

6. PERÍODO DE CONVOCATORIA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
La presente Convocatoria estará abierta por un plazo de 30 días hábiles (de lunes a viernes sin contar los feriados) desde la publicación de las bases en el sitio web premiosliterarios.cultura.gob.cl, teniendo como hora límite las 17:00 horas de Santiago de Chile del último día hábil para postular.
Podrás presentar tu postulación de conformidad con lo establecido en las presentes bases, hasta la fecha de cierre de la Convocatoria. No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo.
El Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes certificará en la respectiva página web donde estarán publicadas las bases, la fecha de inicio y de término de la convocatoria de conformidad con lo precedentemente señalado.
Sólo podrás postular a través de la página web premiosliterarios.cultura.gob.cl.
No se aceptarán postulaciones presenciales o por correo certificado.

7. NOTIFICACIONES DE LA CONVOCATORIA
Deberás indicar en la Ficha de Postulación, el medio preferente de notificación de las distintas etapas de la Convocatoria, esto es, para la declaración de inadmisibilidad, selección, los recursos interpuestos y la declaración de fuera de bases. Para esto, podrás señalar como forma de notificación el envío del respectivo acto administrativo a través de tu correo electrónico o mediante carta certificada. En caso que nada indiques, entenderemos que optas por notificación por carta certificada. Estamos preocupados en asegurarte la debida comunicación de los resultados de tu postulación, por lo que si optas por notificación vía correo electrónico deberás indicar dos direcciones distintas, pero debes tener presente que es tu responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepción y revisar de manera constante tu bandeja de correos spam, ya que no depende de nosotros el asegurarte que nuestros correos no sean derivados a dicha bandeja.
Asimismo, si optas por notificación vía carta certificada, deberás indicar tu domicilio, debiendo informarnos de cualquier cambio del mismo, ya que mientras no nos avises te seguiremos notificando a tu antiguo domicilio.
Considera que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá efectuada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos de tu domicilio; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el día hábil siguiente a su válido envío por parte de la Subsecretaría.
Te solicitamos preferir la forma de notificación vía correo electrónico debido a la contingencia nacional e internacional provocada por el virus COVID-19.

8. CONSTATACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS BASES
La constatación del cumplimiento de los requisitos de postulación será realizada por la Secretaría del Fondo durante toda la convocatoria.
Si constatamos algún incumplimiento por parte de tu postulación, ésta quedará inmediatamente fuera de convocatoria. Dicha circunstancia operará a través de:
• La Secretaría del Fondo, si se comprueba antes de la selección de tu postulación, lo que formalizaremos a través del respectivo acto administrativo dictado por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes o por quien ejerza sus funciones. Dicho acto administrativo te lo notificaremos según te lo indicamos en el punto anterior.
• La autoridad competente, si fuera con posterioridad a la selección de tu postulación, a través de la dictación de la respectiva resolución administrativa, previa audiencia del/la interesado/a, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880.
En caso que tu postulación sea declarada fuera de convocatoria, conforme al artículo 59 de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, tienes derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos: (i) recurso de reposición ante quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria.
El plazo de presentación con que cuentas para presentar el recurso es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de tu notificación de la resolución. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

9. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA Y DEBER DE VERACIDAD
Para nosotros es importante que sepas que por la sola presentación de postulaciones a esta convocatoria declaras que conoces y aceptas el contenido íntegro de las presentes bases. Además deberás dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, específicamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecución de actividades.
Considera también que al momento de presentar tu postulación, declaras bajo juramento que toda la información contenida en ella es verídica y das fe de su autenticidad.
Ten presente que nos reservamos el derecho de verificar dicha información y en caso que constatemos que contiene elementos falsos, deberemos declarar fuera de convocatoria tu postulación.

10. DE LA POSTULACIÓN
Las postulaciones deberán ser realizadas cumpliendo las siguientes formalidades:
Ten presente que la Ficha de Postulación es el formato exclusivo y canal válido disponible para la formulación de tu postulación, permitiendo una elaboración ordenada al proveer los campos necesarios para que como postulante expongas los detalles de tu postulación. El llenado de todos los campos de la Ficha de Postulación será obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como voluntarios.
Postulación digital
a) Debes ingresar a la página premiosliterarios.cultura.gob.cl.
b) Luego, registrarte como postulante en la página premiosliterarios.cultura.gob.cl
c) Posteriormente debes seleccionar el premio.
d) A continuación, debes completar la Ficha de Postulación según requisitos y condiciones establecidas en la misma y en las presentes bases. En caso de que la obra tenga dos o más autores(as), la ficha deberá contemplar los datos de todos ellos.
e) Debes adjuntar en archivo digital la fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del autor(es) de la obra otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. En el caso de postulantes de nacionalidad chilena se podrá adjuntar copia del pasaporte.
f) Además, debes adjuntar copia del comprobante de depósito legal dado por la Biblioteca Nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°19.733; y
g) Finalmente, deberás validar y enviar la postulación.
Luego del primer envío (Ficha de Postulación), deberás enviar por correo certificado tres (3) ejemplares del título postulado en la Secretaría del Fondo, ubicada en Ahumada 48, piso 5, Santiago o en la sede de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio correspondiente. Esta entrega material deberás realizarla dentro del plazo de recepción establecido en el numeral 6. Respecto del material enviado por correo certificado, se considerará como fecha de presentación, la fecha de envío estampada en el sobre por la oficina de correos respectiva. Tu postulación se entenderá completada con el envío a través de la plataforma digital, más el envío del número respectivo de ejemplares del título postulado.

11. ADMISIBILIDAD
Examen de admisibilidad
Una vez que se cierre el periodo de postulación, revisaremos que tu postulación cumpla con los siguientes requisitos de admisibilidad:
• Que tu postulación se haya efectuado en la forma establecida en las presentes Bases;
• Que como postulante y autor de la obra no estés afecto a alguna situación de incompatibilidad;
• Que tu postulación se haya efectuado dentro del plazo señalado y en los lugares indicados en el numeral 6 de estas Bases.
• Que tu postulación adjunte los antecedentes obligatorios y cumpla con las formalidades señaladas en el numeral 10 de estas Bases.
• Que la obra que hayas postulado cuente con ISBN (International Standard Book Number) y haya sido publicada originalmente en Chile o simultáneamente publicada en el extranjero, de acuerdo a lo indicado en el número 3 de estas Bases.

Declaración de inadmisibilidad
En caso que tu postulación no cumpla con alguno de los requisitos de admisibilidad, deberemos declararlo inadmisible a través de una resolución administrativa que dictará la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes, la cual te notificaremos según te lo indicamos en el punto 8 de las presentes bases. Para revisar los mecanismos administrativos con los cuales cuentas en caso que estimes que existió un error en la declaración de inadmisibilidad de tu postulación, por favor revisa lo que se señala en el punto que viene a continuación.
En caso que acojamos un recurso que hayas presentado en contra de la declaración de inadmisibilidad de tu proyecto, no te preocupes, porque tu postulación será incluida dentro del proceso de la convocatoria por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes para ser evaluada junto con las demás postulaciones admisibles de la convocatoria, en forma simultánea.

Recursos Administrativos
En caso que tu postulación sea declarada inadmisible, conforme al artículo 59 de la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, tienes derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos:
• recurso de reposición ante la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria;
• recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el/la superior/a jerárquico/a de la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y
• recurso jerárquico ante el/la superior jerárquico/a de la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria.
El plazo de presentación con que cuentas para presentar el recurso es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de tu notificación de la resolución. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

12. DE LA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Las postulaciones admisibles serán oportunamente puestas a disposición de la instancia de evaluación y selección por parte de la Secretaría del Fondo, esto es, por un Jurado, el cual estará integrado por 3 personas designadas por el Consejo. Esto no impide que la postulación no pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento de la Convocatoria.
El Jurado deberá emitir su pronunciamiento dentro del plazo de noventa días hábiles contados desde que se hubieren constituido.
El Jurado al momento de definir el premio considerará los siguientes principios:
• Guion: Corresponde a la evaluación del trabajo narrativo de la obra presentada, si la historia es coherente con lo gráfico y si ésta se desarrolla de principio a fin, tal como lo estipula el numeral 1 de las presentes Bases;
• Arte: Busca destacar la creatividad visual y estética con la que el proyecto es presentado. Desde este punto, se evaluará cómo lo gráfico comulga con lo narrativo, pasando por las aristas que conjugan un proyecto visual de calidad; y
• Edición: Corresponde a la evaluación técnica de la postulación, si éste cumple con una propuesta editorial novedosa, atractiva, acorde a lo que el formato de narrativa gráfica exige.
En las sesiones de evaluación y selección se requerirá un quórum de mayoría absoluta de los miembros del Jurado para sesionar y de mayoría absoluta de los presentes para adoptar acuerdos. Sus decisiones deberán contener los fundamentos de la evaluación y selección. Al finalizar la etapa de selección se levantará un acta que incluirá la individualización del ganador. Esta tendrá validez con la firma de todos los integrantes del Jurado que asistieron a la respectiva sesión. Las decisiones que adopten los Jurados serán inapelables y deberán ser aprobadas por el Consejo, expresándose en una resolución que la Subsecretaría dictará para tal efecto.
El Jurado podrá declarar desierto el concurso por motivos fundados, no existiendo obligación de indemnizar a los(as) concursantes.
Los autores de las obras ganadoras de este Premio, deberán cumplir con lo establecido en las presentes bases, en relación a las incompatibilidades que les son aplicables de acuerdo al numeral 5 de las mismas, y los requisitos para ser concursante. Para comprobar dicha circunstancia, una vez aprobada por el Consejo la selección, la Secretaría deberá verificar el cumplimiento de los requisitos señalados, respecto de cada ganador. En caso de existir algún incumplimiento, se procederá con la lista de espera señalada a continuación, en caso que ésta exista.

13. LISTA DE ESPERA
El Jurado podrá determinar un segundo ganador alternativo que quedará en lista de espera para el caso que exista alguna vacancia o que alguna incompatibilidad o incumplimiento de las Bases afecte al ganador/a.

14. PUBLICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
El ganador se publicará en la página web institucional premiosliterarios.cultura.gob.cl , indicando su nombre. Dicha publicación se realizará en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de la tramitación total del acto administrativo que selecciona. Asimismo, la Subsecretaría notificará el resultado de la convocatoria dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la dictación de la resolución respectiva, al ganador, de acuerdo a la forma señalada en el numeral 7 de las presentes bases.

15. PERSONAS A CARGO DE LA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Las personas a cargo de la evaluación y selección de postulaciones realizarán dicha labor con absoluta transparencia, independencia y prescindencia de factores externos que puedan restarle imparcialidad. Además, estarán obligadas a guardar la debida confidencialidad sobre las postulaciones que les corresponda conocer.
Estas personas, en relación a aquellas postulaciones realizadas por personas hábiles y respecto a la convocatoria en que les tocare intervenir, estarán sujetos(as) a las normas de probidad y abstención establecidas en los artículos 52 y 53 de la ley N° 18.575 y en el artículo 12 de la ley N° 19.880, respectivamente. En este sentido, no podrán tomar parte en la discusión de asuntos en los que él/ella, su cónyuge, su conviviente civil, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estén interesados. Se entiende que existe dicho interés cuando su resolución afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas. En consecuencia, no podrán tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados con ninguno de los postulantes de la presente convocatoria. Tampoco podrán haber participado, a título remunerado o gratuito, en la elaboración anterior a la postulación a evaluar y seleccionar.
Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que le reste imparcialidad derivado de la existencia de algún interés directo o indirecto en la postulación de una persona hábil, el involucrado deberá informarlo a la Secretaría del Fondo y a los demás integrantes del órgano, absteniéndose de conocer del asunto, de todo lo cual se deberá dejar constancia en el acta respectiva. En caso que tu postulación contravenga las normas de probidad, deberá ser dejada fuera de la convocatoria.

16. AUTORIZACIÓN DEL POSTULANTE
Como postulante autorizas –una vez cerrado el proceso de evaluación- a incorporar a la base de datos de la Secretaría del Fondo, tu dirección postal, teléfono y correo electrónico, con el objeto de registrarte como destinatario de información de interés para la comunidad literaria nacional.

17. PUBLICIDAD DE LAS POSTULACIONES
La publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regirá de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública.

18. UTILIZACIÓN DE LIBROS ENTREGADOS EN LA POSTULACIÓN
Se deja expresa constancia que los libros entregados en tu postulación, sean o no obras ganadoras,
no serán devueltos y serán utilizados por la SUBSECRETARÍA para fines promocionales de la lectura.

19. ORIENTACIÓN E INFORMACIÓN
Tus consultas en relación a las bases podrás realizarlas a través de los mecanismos que te informaremos oportunamente a través de la página web premiosliterarios.cultura.gob.cl (correo electrónico, call center u otros).
Es muy importante que sepas que la información que se entregue a través de dichos mecanismos es sólo de carácter referencial, ya que para todos los efectos son las bases las que regulan todos los aspectos necesarios para que puedas presentar tu postulación de manera adecuada.
En relación a la orientación e información que se entregue a los postulantes a través de los referidos mecanismos ésta es de carácter referencial, debiendo tener presente el postulante que las presentes bases son las que regulan todos los aspectos necesarios para la adecuada postulación.

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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