Concursos Literarios

 

 

 


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XVIII PREMIO DIEGO DÍAZ HIERRO DE INVESTIGACIÓN 2018 (España)

15:09:2018

Género: Investigación

Premio:   4.000 €

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Ayuntamiento de Huelva

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   15:09:2018

 

BASES

 
El Ayuntamiento de Huelva, con el propósito de rendir homenaje a la memoria de D. Diego Díaz Hierro, de fomentar la investigación sobre aspectos desconocidos o poco estudiados, relacionados con la historia, arqueología, arte, urbanismo, sociología, antropología, costumbres populares, folclore, lingüística y literatura referidos a la ciudad de Huelva y su entorno; y de ofrecer llegado el momento una obra permanente que sirva para dar a conocer tales aspectos, convoca el XVIII Premio "DIEGO DÍAZ HIERRO" DE INVESTIGACIÓN (año 2018), con arreglo a las siguientes bases:

PRIMERA: El premio será dotado con 4.000€, al que se le practicarán las retenciones fiscales que prevea la legislación vigente.

SEGUNDA: Podrán optar a este Premio cuantas personas lo deseen como autor individual o colectivo.

TERCERA: Los trabajos habrán de referirse a temas relacionados con la historia, arqueología, arte, urbanismo, sociología, antropología, costumbres populares, folclore, lingüística y literatura, referidos a la ciudad de Huelva y su entorno.

CUARTA: Sólo se admitirán los trabajos redactados en español. Habrán de presentarse en soporte electrónico y en procesador de texto Word. Se entregarán además, tres copias impresas en papel tamaño DIN A-4, con una extensión mínima de 150 folios, y un máximo de 400 escritos por anverso y reverso, incluidos apéndices, ilustraciones, gráficos y cualquier otro material. Normas de edición:

Tipo de letra Times New Román 12 Interlineado 1,5
Margen superior2,5 Margen inferior 2,5
Margen izquierdo 3 Margen derecho3
Notas y citas: tamaño de letra 10, interlineado 1

Los trabajos han de ser inéditos, no podrán haber sido plasmados en soporte tangible ni difundidos por internet, no haber sido galardonados en otros concursos antes de fallado el premio y no hallarse pendientes del fallo del Jurado en cualquier otro concurso. El material gráfico deberá ser original de los autores o contar con las autorizaciones pertinentes de reproducción.

QUINTA: Se presentarán en el Archivo Municipal de Huelva de lunes a viernes en horario de 9,00h a 14,00h acompañados de una plica que contendrá el nombre, la dirección, el NIF y un breve currículum vitae del autor, antes de las 14,00 horas del día 15 de septiembre de 2018. En su exterior se hará constar el lema bajo el que se presente el trabajo, el título del mismo, así como el nombre del Director  del trabajo  si lo  hubiere.  Los trabajos, sobres, etc., no contendrán ningún  elemento  que  permita  identificar  al autor.  Los que se envíen por correo certificado deberán llevar la siguiente dirección: ARCHIVO MUNICIPAL DE HUELVA. CASA COLÓN. PABELLÓN DE LEVANTE. Plaza del Punto, s/n. 21003 Huelva. PREMIO "DIEGO DÍAZ HIERRO" DE INVESTIGACIÓN y las mismas indicaciones que los presentados directamente.

SEXTA: Los trabajos que no resulten premiados se podrán retiraren e lplazo de tres meses a partir del fallo del Jurado en el local del Archivo Municipal. Si el autor desea que su trabajo le sea remitido, deberá solicitarlo, previa devolución del resguardo y se hará efectivo mediante empresa de transporte y a portes debidos.

El fallo del Jurado sólo se comunicará al ganador, se difundirá en la Web del Ayuntamiento de Huelva y en la prensa local.

SÉPTIMA: Los concursantes se considerarán sometidos  al  fallo  del  Jurado  Calificador que será inapelable y podrá declarar desierto el Premio, si así lo estimase oportuno, quedando facultados también para resolver cualquier  otra  incidencia  que  pudiera producirse y que no contraviniese a estas Bases.

OCTAVA: El Ayuntamiento de Huelva designará los miembros del Jurado, entre especialistas de las materias presentadas y aprobará su fallo.

NOVENA: El haber dirigido alguno de los trabajos presentados, será motivo de incompatibilidad para ser designado miembro del jurado.

DÉCIMA: Los autores de las obras premiadas ceden sus derechos de autor al Ayuntamiento de Huelva  durante  dos años a partir de su publicación,  para que éste pueda  reproducirlas  y difundirlas como considere conveniente, reservándose asimismo el derecho a publicar aquellas obras que, presentadas a concurso y no habiendo sido premiadas, pudieran interesarle, previo acuerdo con los respectivos autores.

UNDÉCIMA: El Ayuntamiento de Huelva se limitará a entregar recibo de las obras debidamente presentadas a concurso dentro del plazo señalado, sin comprometerse a sostener correspondencia alguna con los optantes a los Premios ni facilitar a éstos información sobre la clasificación de las obras.

DUODÉCIMA: La presentación a los Premios objeto de esta convocatoria supone la aceptación de sus bases, y el incumplimiento de las mismas la exclusión del concurso.


Fuente: www.huelva.es


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PREMIOS DE INVESTIGACIÓN "INSTITUTO DE ESTUDIOS RIOJANOS" 2018 (España)

01:10:2018

Género: Investigación

Premio:    6.000 €

Abierto a: investigadores que realicen su labor investigadora en La Rioja, o presenten un trabajo de investigación relacionado con La Rioja, o hayan nacido en La Rioja o tengan residencia administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Entidad convocante: Instituto de Estudios Riojanos

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   01:10:2018

 

BASES

 

La Constitución Española en su artículo 44.2 y el Estatuto de Autonomía de La Rioja en su artículo 8.Uno.24 establecen que los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación.

El Instituto de Estudios Riojanos tiene como fines generales la investigación, promoción, difusión y divulgación de la ciencia y cultura riojanas tal y como se dispone en la Ley 4/2006, de 19 de abril, por la que éste se constituye en Organismo Autónomo, y en el Decreto 56/2006, de 5 de octubre, por el que se aprueban sus Estatutos.

En este marco competencial y de acuerdo con los objetivos establecidos en la Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de La Rioja y con el V Plan Riojano de Investigación, Desarrollo e Innovación 2017-2020, el Instituto de Estudios Riojanos, a propuesta de su Consejo Asesor, considera que para la consecución de sus fines el instrumento más adecuado es la creación de estos premios de investigación, por su contribución al reconocimiento del mérito y el talento de los investigadores.

Por consiguiente, la finalidad de esta norma es potenciar la investigación en aquellos ámbitos relacionados con la Comunidad Autónoma de La Rioja, y para ello, en cumplimiento de los artículos 9 y 17 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente Orden contiene las bases reguladoras para la concesión de los premios de investigación 'Instituto de Estudios Riojanos', que se complementará con las resoluciones de convocatoria anual en las que figurarán los datos específicos correspondientes a cada una de ellas.

Esta Orden se ha elaborado teniendo en cuenta además de los preceptos citados, el contenido de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en concreto, su artículo 129, así, en la iniciativa y tramitación de esta Orden se han observado los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, e igualmente se han cumplido las prescripciones que para la tramitación de proyectos normativos prevén los Estatutos del Instituto de Estudios Riojanos y han sido emitidos los informes preceptivos.

En consecuencia, la Consejera de Desarrollo Económico e Innovación, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 30.3 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Rioja; 42 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros; 180.1 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja; y 5.1.1.h) del Decreto 27/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, dicta la siguiente

ORDEN

Artículo 1. Objeto.

Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras para la concesión anual, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación y eficacia, de los premios de investigación 'Instituto de Estudios Riojanos' que tienen por finalidad distinguir la investigación en las siguientes categorías:
a) Premio de investigación para investigadores hasta 35 años de edad inclusive.
b) Premio de investigación para investigadores a partir de 36 años de edad.

Artículo 2. Dotación de los premios.

La resolución de convocatoria fijará la cuantía anual de cada uno de estos premios en función de las disponibilidades presupuestarias, sin que en ningún caso la dotación mínima de cada uno de ellos sea inferior a 5.000 euros, cantidad sujeta a la correspondiente retención fiscal. Asimismo, y cuando lo prevea la convocatoria, podrán incluir la entrega de una placa conmemorativa.

En caso de que el trabajo premiado sea presentado por un colectivo de investigadores, la dotación económica del premio se distribuirá proporcionalmente a su participación entre todas las personas integrantes del grupo de trabajo.

Artículo 3. Requisitos de los candidatos.

1. Podrán ser candidatos los investigadores, personas físicas individuales, o de forma colectiva, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a) Realizar su labor investigadora en La Rioja.
b) Presentar un trabajo de investigación relacionado con La Rioja.
c) Haber nacido en La Rioja o tener residencia administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2. En el caso de que la candidatura se efectúe de forma colectiva, se acreditará expresamente la persona física responsable de la dirección del equipo, que será quien figure como solicitante en el modelo normalizado de solicitud, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, siendo su edad la que se tendrá en cuenta a los efectos de encuadrar el trabajo en una u otra categoría. Igualmente se acreditará el porcentaje de participación de cada integrante, en orden a establecer el oportuno reparto del premio.

3. No podrán acceder a estos premios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 4. Requisitos de los trabajos de investigación.

1. Los trabajos deberán ser originales, no premiados con anterioridad, ni haber sido presentados o presentarse a ninguna otra convocatoria de similares características mientras no se resuelva el procedimiento correspondiente al presente premio.

2. El trabajo podrá versar sobre cualquier área del conocimiento (ciencias naturales, sociales, económicas, jurídicas, filología, patrimonio histórico, cultura popular, etc) y la investigación podrá ser realizada desde cualquier perspectiva.

3. Cada solicitante podrá presentar un único trabajo, al que deberá acompañar una memoria en la que exprese de forma sucinta (máximo 500 palabras) su valoración acerca de la contribución de su obra al progreso del conocimiento, así como del interés, relevancia y creatividad de la misma.

Artículo 5. Presentación de solicitudes y trabajos de investigación.

1. El procedimiento se inicia con la publicación de la resolución de convocatoria. La solicitud deberá ajustarse al modelo normalizado que figura como Anexo I a esta Orden, que estará disponible en la citada sede electrónica y presentarse en el plazo fijado en dicha resolución, que en todo caso no podrá exceder de tres meses computados desde el día siguiente al de su publicación.

2. Las solicitudes podrán ser presentadas en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, en el registro auxiliar del Instituto de Estudios Riojanos o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de La Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos, así como en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja, (www.larioja.org).

Las entidades sin personalidad jurídica y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, están obligados a presentar la solicitud en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, (www.larioja.org).

El Registro Telemático emitirá un mensaje de confirmación de la recepción en el que constarán los datos que identifiquen al interesado, junto con la fecha y hora en que se produjo la recepción, el número de registro y un extracto del contenido. La falta de recepción del mensaje de confirmación, o en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que la recepción no ha tenido lugar y que deberá ser intentada en otro momento o realizarla utilizando otros medios.

3. Las solicitudes deberán ir acompañadas del trabajo de investigación, de no hacerlo así serán inadmitidas.

Artículo 6. Documentación complementaria a la solicitud.

1. Se deberán adjuntar con la solicitud los siguientes documentos:
a) Memoria a la que se refiere el artículo 4 apartado 3 de esta Orden.
b) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (Anexo II).
c) Declaración responsable de no tener deudas pendientes por reintegro de subvenciones en periodo ejecutivo (Anexo II).
d) Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo II).
e) Declaración responsable del beneficiario de que asume todas las obligaciones establecidas en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, así como en la Orden por la que se regulan las bases de este premio (Anexo II).
f) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser candidato al premio (Anexo III).
g) Declaración responsable de que el trabajo es original y no ha sido premiado con anterioridad, ni se ha presentado o se presentará a ninguna otra convocatoria de similares características mientras no se resuelva el procedimiento correspondiente al presente premio (Anexo III).
h) Breve currículum vitae (máximo 2 páginas). En caso de que fueran varios investigadores los autores del trabajo se incluirá el currículum de todos ellos (Anexo IV).
i) En los casos de equipos de investigadores, deberá aportarse también un documento firmado por todos ellos, en el que se haga constar expresamente la persona física responsable de la dirección del equipo, así como el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros (Anexo V).

2. Si la documentación presentada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.

Artículo 7. Notificaciones.

Todas las notificaciones del procedimiento se harán de forma telemática por lo que el interesado deberá darse de alta en la dirección web (www.larioja.org/notificaciones), o bien solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico ier@larioja.org para lo cual debe indicar qué dirección de correo electrónico pretende que se le asocie a la Dirección Electrónica Habilitada (DEH). No obstante, los interesados que no estén obligados a recibir notificaciones electrónicas, podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las mismas dejen de practicarse por este medio.

Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido, entendiéndose rechazadas cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

Artículo 8. Jurado.

1. El examen de los trabajos presentados y la propuesta de adjudicación del premio corresponderá a un jurado especial que tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: el Presidente del Instituto de Estudios Riojanos o persona en quien delegue, cuyo voto será dirimente en caso de empate en la votación.
b) Vocales con voz y voto:
- El Director General competente en materia de cultura.
- La Directora Académica del Instituto de Estudios Riojanos.
- Los Directores de Área del Instituto de Estudios Riojanos.
- Un profesor permanente de Universidad, o investigador de un Centro de Investigación, de materia afín a las de las áreas en las que se encuadren los trabajos, nombrado por el Instituto de Estudios Riojanos.
- El Rector de la Universidad de La Rioja o persona en quien delegue.

- El Rector de la UNED o persona en quien delegue.
- Un representante de los investigadores agregados del Instituto de Estudios Riojanos.
- Actuando como Secretario uno de los Directores de Área del Instituto.
c) Asesores, con voz pero sin voto: el Jurado podrá recabar el asesoramiento de expertos en aquellas materias específicas que considere necesario.

2. La decisión del Jurado tendrá lugar en el plazo de dos meses contados desde el último día del plazo de presentación, pudiendo proponer dejar desierto el premio, cuando considere que ninguno de los trabajos presentados reúne la calidad requerida.

3. El funcionamiento del jurado se regirá por las normas contenidas en la sección 3ª, del Capítulo II, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4. Los asistentes a las reuniones del Jurado tendrán derecho a las indemnizaciones por razón del servicio, asistencias, o indemnizaciones por desplazamientos y dietas que pudieran corresponderles conforme a la normativa vigente, estando clasificados a estos efectos en el grupo 21-Anexo I- del Decreto 42/2000, de 28 de julio, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 9. Criterios de evaluación.

En el proceso de evaluación, el jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración: interés y relevancia del estudio en particular para la Comunidad Autónoma de La Rioja; calidad científica del trabajo y su adecuación al Plan Riojano de Investigación, Desarrollo e Innovación vigente en el momento de la convocatoria; rigor metodológico, empleo de fuentes documentales y elaboración de conclusiones.

El Jurado, dentro de su discrecionalidad técnica, realizará una ponderación motivada de estos criterios, atendiendo al mismo peso relativo de los mismos, para efectuar la valoración de las solicitudes al formular su propuesta.

Artículo 10. Resolución.

1. La resolución del procedimiento de concesión del premio corresponde, de acuerdo con la propuesta emitida por el Jurado, a la Presidencia del Instituto de Estudios Riojanos y se publicará en la dirección web del Instituto, así como en el Boletín Oficial de La Rioja, surtiendo esta los efectos de notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Si transcurridos seis meses desde la publicación de la convocatoria no se hubiera dictado y notificado la correspondiente resolución de adjudicación, los candidatos podrán entender desestimada su candidatura, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la precitada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

3. Contra la citada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante la Presidencia del Instituto de Estudios Riojanos en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, en los términos de los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Igualmente, cabe interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el plazo de dos meses desde el día siguiente a dicha publicación, en los términos del artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.

Artículo 11. Trabajos no premiados.

Los trabajos que no resulten premiados podrán ser retirados por sus autores dentro del mes siguiente al de la publicación de la resolución de concesión. Transcurrido este tiempo se procederá a su destrucción.

Artículo 12. Entrega del premio.

La entrega del premio se realizará en un acto público que se convocará a tal efecto por la Presidencia del Instituto de Estudios Riojanos.

Artículo 13. Publicación de los trabajos premiados.

1. La concesión del premio no supone que el Instituto de Estudios Riojanos deba publicar el trabajo de investigación correspondiente, sin perjuicio de que el Consejo Académico pueda estudiar, dentro del plazo de un año, si la publicación procede o no. Los derechos de autor se entenderán incluidos en la dotación económica del premio. Transcurrido dicho plazo, su autor dispondrá libremente de la obra, si bien en caso de que sea editado deberá remitir un ejemplar a este Instituto y hacer constar en la edición el premio concedido.

2. En el caso de que no se publique el trabajo, este quedará en depósito en los fondos de la Biblioteca del Instituto de Estudios Riojanos, siendo necesario para su consulta por los investigadores el permiso del autor hasta transcurridos los cinco primeros años.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Se derogan las siguientes disposiciones normativas:
- Orden 19/2013, de 10 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de una ayuda para el estudio de temas alfareños.
- Orden 20/2013, de 10 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de una ayuda para el estudio de temas arnedanos.
- Orden 21/2013, de 10 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de una ayuda para el estudio del yacimiento de Contrebia Leucade.
- Orden 1/2016, de 11 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de la ayuda 'Rafael Azcona' para estudios relacionados con el cine y la fotografía en La Rioja.
Disposición final primera. Normativa de aplicación.
En lo no dispuesto en la presente Orden se estará a lo que se prevea en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del Régimen Jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en el resto de la normativa aplicable concordante, tanto estatal como autonómica sobre esta materia.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.


Fuente y Anexos: www.larioja.org/educacion/es/noticias-generales/premios-investigacion-instituto-estudios-riojanos

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VII PREMIO INTERNACIONAL HQÑ DE NOVELA ROMÁNTICA (España)

15:11:2018

Género: Novela

Premio:    2.000 € y edición

Abierto a: mayores de edad, sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante: HarperCollins

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   15:11:2018

 

BASES

 
HarperCollins brinda una oportunidad para todos los autores que escriben en español.

Convoca el VII Premio Internacional HQÑ de novela romántica para autores de habla hispana. El día 15 de agosto comienza el plazo para la presentación de manuscritos. Habrá un premio en metálico para el ganador de 2.000 euros y un premio en metálico de 1.000 euros para el finalista, además de la publicación de sus obras. A continuación podéis leer las bases completas.


BASES DEL VII PREMIO INTERNACIONAL

1.- Podrán optar al Premio aquellos autores, mayores de edad, cualquiera que sea su residencia o nacionalidad, que presenten novelas de temática romántica en cualquier categoría (contemporánea, histórica, erótica, paranormal, suspense, etc.) originales e inéditas, escritas en lengua española. Cada autor no podrá presentar más de una obra.

2.- Los manuscritos se presentarán bajo un título y deberán tener una extensión mínima de 100 páginas. Habrán de ser presentados en tamaño "DIN A-4", con tipografía "Times", cuerpo "12" e interlineado doble. En ningún caso la longitud de la obra será considerada como factor decisivo, ni a favor ni en contra, en su valoración.

3.- El envío de la obra se hará por correo electrónico, mediante archivo PDF, a la dirección electrónica premio2018@harpercollinsiberica.com

El autor deberá indicar en el campo "asunto" del correo electrónico "OBRA PARA PARTICIPACIÓN EN EL VII PREMIO HQÑ".

Así mismo, en un archivo separado, el autor deberá recoger las manifestaciones expuestas a continuación:

- que "la obra es original e inédita"
- que al optar al Premio, el concursante garantiza que la obra que presenta al Concurso es inédita (es decir, que no ha sido publicada en ningún formato, incluido el digital)
- que su autoría le corresponde en exclusiva
- que no es copia ni modificación de ninguna otra
- que la misma no concurre simultáneamente a ningún otro premio.

Deberá incluir el título de la obra y todos sus datos personales así como el país de residencia. Este archivo, que deberá llevar la firma escaneada del autor, se denominará “manifestaciones”

4.- Al final del texto del correo electrónico que remita el concursante, deberán figurar los siguientes datos personales del autor: Nombre, nacionalidad, número de documento de identidad o pasaporte, domicilio, teléfono, dirección de correo electrónico y una breve reseña biográfica. Y así mismo incluir, una breve sinopsis de la obra.

5.- Quedará bajo la exclusiva responsabilidad de los autores la inscripción de sus obras en el Registro de la Propiedad Intelectual, así como los efectos de su no inscripción frente a terceros.

6.- El plazo de admisión de las obras comenzará el 15 de agosto de 2018 y se cerrará el día 15 de noviembre de 2018. El Premio será fallado el día 14 de febrero de 2019. La publicación de la obra ganadora será el día 23 de abril de 2019.

7.- Se establece un primer premio con 2.000 euros y su publicación en formato papel y digital y un segundo premio dotado con 1.000 euros, además de su publicación. Las obras que resulten premiadas serán publicadas por "HARPERCOLLINS IBÉRICA, S.A." en cualquier formato que libremente decida esta, y en cualquiera de sus sellos o colecciones.

8.- El autor se obliga y compromete a no retirar su obra, una vez presentada, antes de hacerse público el fallo del Jurado, así como a aceptar todas las bases del premio.

9.- No se mantendrá con los autores correspondencia sobre este Concurso ni se facilitará información sobre la valoración de las obras.

10.- El Jurado estará compuesto por el Departamento Editorial de "HARPERCOLLINS IBÉRICA, S.A.", y tres autores de reconocido prestigio: J. de la Rosa, Amber Lake y Josephine Lys.

El fallo, inapelable, se hará público durante el 14 de febrero de 2019 a través de la página Web www.harpercollinsiberica.com.

El Premio podrá ser declarado desierto.

11.- Tanto los miembros del Jurado como las personas que intervengan en el desarrollo del premio tratarán confidencialmente toda la información relacionada con el mismo.

12.- Los ganadores del Premio cederán a "HARPERCOLLINS IBÉRICA, S.A.", mediante contrato de edición a celebrar con la editorial, los derechos exclusivos de publicación en cualquier formato, en cualquiera de sus sellos, traducción a otros idiomas y adaptación audiovisual de la obra en cualquier formato.

13.- El importe económico del Premio se considerará como anticipo de los derechos de autor. Sobre dicho importe se practicarán las retenciones que procedan según la legislación vigente.

14.- Todos los puntos o cuestiones no especificados en estas bases serán resueltos por el Jurado y por "HARPERCOLLINS IBÉRICA, S.A.".

15.- Las obras que no cumplan todos y cada uno de los requisitos contenidos en las presentes bases serán eliminadas automáticamente del Concurso.

16.- “HARPERCOLLINS IBERICA, S.A.” tendrá una opción preferente para publicar, en los doce meses siguientes al fallo del Premio, cualquier novela presentada al mismo, que no hubiera sido premiada, pero que sea considerada de interés, previa suscripción del correspondiente contrato de edición con su autor. En caso de recibir oferta por parte de otra editorial para la publicación del libro, el autor lo notificará a HarperCollins Ibérica, S.A.

17.- De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, sobre Protección de Datos de carácter Personal, se informa que los datos obtenidos se incorporarán a un fichero, responsabilidad de "HARPERCOLLINS IBÉRICA, S.A." y serán tratados conforme a la normativa vigente. Los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, modificación y oposición dirigiéndose a "HARPERCOLLINS IBÉRICA, S.A." en la c/ Núñez de Balboa nº 56, bajo D, 28001 Madrid


Fuente: www.harpercollinsiberica.com

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CONCURSO RELATOS DE MUJERES 2018 (España)

30:11:2018

Género: Relato

Premio:    2.000 €

Abierto a: mujeres

Entidad convocante: Concejalía delegada de Igualdad del Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   30:11:2018

 

BASES

 
Bases del concurso de relatos de mujeres 2018

Por Decreto de la concejalía delegada de Igualdad del Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, de fecha 23 de agosto de 2018, se aprueban las bases del concurso “RELATOS DE MUJERES 2018”, condicionando el otorgamiento de premios a la existencia del crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto Municipal de 2019.

Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que lo ha dictado (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o alternativamente, recurso contencioso–administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso–administrativo de Castellón dentro del plazo de dos meses (arts. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso – administrativa).
En ambos casos, el plazo se computa desde el día siguiente al de la publicación.

En cumplimiento del citado decreto, y a los efectos de efectuar la convocatoria pública, se publica el texto íntegro de las bases del concurso:

“BASES DEL CONCURSO “RELATOS DE MUJERES 2018”

TEMA DEL CONCURSO: Podrán participar todas aquellas mujeres que elaboren un relato, en el cual sea protagonista o participe en el mismo una mujer o grupo de mujeres.

REQUISITOS: Los trabajos se presentarán por duplicado, en castellano o valenciano. Deberán ser originales e inéditos. Páginas numeradas, con una extensión mínima de 10 folios y máxima de 40, por una sola cara. Preferentemente escritos en letra de imprenta Times New Roman tamaño 12, en tamaño Din-A4, mecanografiados a doble espacio. Deberán presentarse sin firma, sin lema y sin seudónimo, otorgando un título al trabajo.

- Los trabajos se presentarán en sobre cerrado, en el que figuraráúnicamente la siguiente anotación: “CONCURSO RELATOS DE MUJERES 2018”, sin firma y sin remitente en el sobre.

- Dentro de este sobre, se incluirá otro con los datos personales de la autora (nombre, apellidos, DNI, dirección, teléfono, etc., y todos aquellos datos que posibiliten su localización en caso de resultar ganadora).

PRESENTACIÓN: La presentación de los trabajos se realizará en el Servicio de Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, Paseo Ribalta 21 entresuelo A, y se podrá utilizar cualquiera de los medios de presentación y envío establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de presentación por correo ordinario, se deberá hacer mención en el dorso del sobre al lugar desde el que se remite el sobre junto a un código aleatorio de cuatro cifras, que identificaráúnicamente el remitente que lo genera. Ambos datos se anotarán en el libro de registro del Servicio de Igualdad de Oportunidades junto al número de orden de participación en el concurso que le corresponda.

En caso de presentación presencial, por el Servicio de Igualdad de Mujeres y Hombres, se hará entrega de un justificante de presentación del trabajo en el constará la fecha y el número de orden de participación en el concurso.

PLAZO: El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria de este concurso en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y finalizará el 30 de noviembre de 2018.

PREMIO: Se valorará tanto el desarrollo literario como el contenido y la utilización de un lenguaje inclusivo, estableciendo una dotación económica de dos premios: de 2.000,00 € para el primero y 1.000,00 € para el segundo. El otorgamiento de estos premios estará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

JURADO: El Ayuntamiento de Castellón de la Plana nombrará un Jurado que estará presidido por la concejala delegada de Igualdad, o concejal/a en quien delegue, actuando de Secretario el Secretario General de la Administración Municipal, o funcionario/a en quien delegue. La decisión del jurado que se constituirá al efecto, será inapelable y se dará a conocer antes del 30 de abril de 2019. El fallo del jurado se hará público en los medios de comunicación local, y se le comunicará de manera oficial a la/s persona/s ganadoras del concurso.

EDICIÓN: Esta Corporación Municipal se reserva el derecho de publicar el/los trabajo/s premiado/s, en primera edición, durante el plazo de un año y medio a partir de la fecha del veredicto del jurado. En caso de publicarse el/los trabajo/s premiado/s, a la/s autora/s le serán entregados de forma gratuita, 20 ejemplares.

- Si transcurrido el término de un año la autora galardonada pretendiera editar la obra premiada, habrá de figurar en lugar visible y destacado de la edición las circunstancias de haber sido objeto del premio “Relatos de Mujeres 2018” convocado por el Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

- Los trabajos que no resulten premiados podrán retirarse, previa acreditación, en el término de treinta días hábiles siguientes a la celebración de la entrega del premio.
OBLIGACIONES: La participación en este concurso supone la aceptación total de las presentes bases, y el incumplimiento de alguna de ellas anularía la participación en dicho concurso.

- En caso de reclamación o conflicto, serán competentes los tribunales con jurisdicción en la ciudad de Castellón de la Plana.” Castellón de la Plana, 24 de agosto de 2018.–La Jefa de Sección Acctal. de Servicios Sociales y Culturales, (documento firmado elec-
trónicamente).


Fuente: bop.dipcas.es

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


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XXXII PREMIO INTERNACIONAL MENÉNDEZ PELAYO 2018 (España)

15:10:2018

Género: Obra publicada

Premio:    20.000 € y Medalla de Honor

Abierto a: autores en lengua española o portuguesa a propuesta por las Universidades y Academias, así como otros Centros o Instituciones vinculados a la cultura literaria, humanística o científica

Entidad convocante: Universidad Internacional Menéndez Pelayo

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   15:10:2018

 

BASES

 
1. El Premio Internacional Menéndez Pelayo, instituido con carácter anual, se otorga para distinguir a personalidades destacadas en el ámbito de la creación literaria o científica cuya obra escrita presente una dimensión humanística capaz de evocar, en nuestros días, la de Menéndez Pelayo.

II. Podrán optar al Premio los autores en lengua española o portuguesa que hayan sido propuestos de acuerdo con estas bases, y no lo hayan recibido en anteriores convocatorias.

III. La propuesta de candidatura al Premio podrá ser realizada por las Universidades y Academias, así como otros Centros o Instituciones vinculados a la cultura literaria, humanística o científica. Las propuestas, convenientemente documentadas en cuanto a los méritos de los candidatos, deberán remitirse al Rectorado de la UIMP hasta el día 15 de octubre de 2018.

IV. El jurado estará formado por los siguientes miembros:
Presidente: el Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
Vocales:
- Un representante, de reconocido prestigio académico, de una universidad de Iberoamérica.
- El Director de la Real Academia Española o persona en quien delegue
- Un miembro del Patronato de la UIMP designado por el Secretario General de Universidades.
- El Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas o persona en quien delegue.
- Una persona galardonada con el Premio Internacional Menéndez Pelayo.
— El Presidente de Viesgo o persona en quien delegue.

Secretario: El Secretario General de la UIMP, que actuará como secretario del jurado con voz, pero sin voto.

V. El Presidente del jurado tendrá voto de calidad.

VI. El Premio podrá declararse desierto, en cuyo caso no será acumulable. No podrá fraccionarse ni concederse a título póstumo.

VII. El fallo del jurado, que será inapelable, se dará a conocer antes del 15 de diciembre de 2018. El acto solemne de entrega del Premio será, como es uso tradicional, un acto académico organizado por la Universidad.

VIII. El Premio consistirá en una dotación en metálico de veinte mil euros (20.000 €) —que se imputa al concepto 18 101 32 C 484 del presupuesto de gastos de esta Universidad para el ejercicio de 2018— y en la Medalla de Honor de la UIMP.

IX. Tanto la actuación del jurado como todos los demás aspectos de procedimiento se regirán por un reglamento interno, elaborado y aprobado por el Consejo de Gobierno de la UIMP a estos efectos. En cualquier caso, el procedimiento de concesión del Premio se rige por los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante la valoración de las candidaturas propuestas en función de la trayectoria científica o literaria del candidato, el grado de originalidad de su creación científica o literaria y la trascendencia de su obra en el mundo cultural, en especial, en Iberoamérica.


Fuente: www.uimp.es



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