Concursos Literarios

 

 

 

XXXII PREMIO TIFLOS DE CUENTO (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

XXXII PREMIO TIFLOS DE CUENTO (España)

24:09:2021

Género:  Cuento

Premio:   10.000 €, diploma y edición

Abierto a:  mayores de 18 años, sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante:  ONCE

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  24:09:2021

 

BASES

 

1. Podrán concurrir los escritores de cualquier país, mayores de 18 años, siempre que presenten sus trabajos en lengua castellana. www.escritores.org
Aquellas personas ciegas o con discapacidad visual grave que quieran optar a los Premios Especiales relacionados en el punto 5, deben acreditar convenientemente esta circunstancia, según se establece en estas bases.
Para que se considere que una persona es ciega o que tiene discapacidad visual grave, debe cumplir, al menos, una de las siguientes condiciones:
a) Tener una agudeza visual en ambos ojos igual o inferior a 0,1, obtenida con la mejor corrección óptica posible.
b) Disponer de un campo visual en ambos ojos disminuido a 10 grados o menos.

2. Los textos deben ser originales e inéditos en su totalidad, es decir, no publicados y no premiados en otros concursos, así como libres en su temática, estilo y tratamiento, y deben estar concluidos antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria (1 de junio de 2021), circunstancias que los autores garantizarán de manera expresa con la firma de la declaración jurada incluida en la plica física o electrónica.

3. Se considerarán "no premiados en otros concursos" los textos que, aun habiendo sido galardonados parcialmente o en su totalidad con otro premio, este haya sido rechazado por su autor y se lo haya comunicado a la entidad otorgadora de manera fehaciente. En este caso, cuando el autor presente la obra a los Premios TIFLOS, deberá poner de manifiesto esta circunstancia y acreditar que renunció al premio del otro concurso mediante un correo electrónico dirigido a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

www.escritores.org
Si antes, simultáneamente o con posterioridad a su presentación en los Premios TIFLOS, el autor hubiese presentado la obra a otro concurso cuyo fallo todavía no conociera, en caso de obtener en aquel un premio antes de que se hiciera público el fallo de los Premios TIFLOS, deberá notificarlo urgentemente a la ONCE a través de un escrito firmado, al objeto de retirar el trabajo, pudiendo asimismo adelantar esta comunicación por teléfono o a través del correo electrónico anteriormente indicado, salvo que notifique por escrito a la ONCE que ha renunciado a aquel premio conforme a lo dispuesto en este apartado.

4. En todo caso, cualquier obra presentada a los Premios TIFLOS que resulte no ser obra original e inédita, no haya sido concluida antes de la fecha de la convocatoria, o haya sido premiada en otro concurso o certamen quedará automáticamente descalificada, y, de haber resultado premiada, la ONCE podrá retirarle el premio a su autor.

5. Se establecen los siguientes premios, no divisibles:
- Premio TIFLOS de Poesía: 10.000 euros, diploma y edición impresa por la Editorial Edhasa/Castalia.
- Premio TIFLOS de Cuento: 10.000 euros, diploma y edición impresa por la Editorial Edhasa/Castalia.
- Premio TIFLOS de Novela: 17.000 euros, diploma y edición impresa por la Editorial Edhasa/Castalia.

Asimismo, sin ser acumulativos, los escritores ciegos o con discapacidad visual grave acreditada podrán obtener los siguientes premios, no divisibles:
- Premio Especial de Poesía, de Cuento y de Novela: 5.000 euros y diploma para cada género.
- Accésit, cuando la calidad de la obra lo justifique y a propuesta del jurado, para un único trabajo de entre todos los presentados por escritores ciegos o con discapacidad visual grave: 2.500 euros y diploma.

6. Los ganadores no podrán optar a este premio en el mismo género hasta que no hayan transcurrido dos convocatorias desde aquella en la que resultaron galardonados.

7. La ONCE se compromete a divulgar gratuitamente la información de los premios en las publicaciones que edita.

8. Los premios estarán sujetos a la legislación fiscal que les sea aplicable.

9. Los trabajos han de ir firmados bajo seudónimo y acompañados de plica. Preferentemente se empleará el formato electrónico para la presentación de los ejemplares, a través del formulario en línea habilitado en la página web once.es/servicios-sociales/cultura-y-ocio/creacion-literaria/premios-tiflos/formulario-para-premios-tiflo. Asimismo, también se aceptarán trabajos en soporte electrónico (USB, CD...). Los trabajos tendrán una extensión de entre 500 y 1.000 versos en poesía, entre 500 y 1.000 líneas en prosa, entre 90 y 120 páginas para el género de cuento -entendido como colección de cuentos- y entre 175 y 300 páginas para el género de novela.

Los archivos electrónicos tendrán un tamaño DINA4. El texto irá a doble espacio y con 3 cm de margen a izquierda, derecha, arriba y abajo; en una fuente Arial de 12 puntos y con un máximo de 24 líneas por hoja.

10. El envío de los trabajos se realizará preferentemente de forma electrónica, a través del formulario web habilitado para tal efecto en once.es/servicios-sociales/cultura-y-ocio/creacion-literaria/premios-tiflos/formulario-para-premios-tiflo. El trabajo se podrá enviar también en soporte electrónico (CD, USB...) por correo estándar, acompañado de la plica correspondiente en papel y de los archivos que se indican en el punto 12. No se admitirá la remisión de obras impresas en papel.

11. La plica electrónica incluirá la aceptación de los requisitos expuestos en las bases, así como la posibilidad de adjuntar la documentación necesaria para la participación en los premios.

Cuando la plica se remita por correo estándar, en formato físico, se cumplimentará el formulario Word que se adjunta como Anexo I de este Oficio-Circular, que estará disponible para su descarga en la página web de la ONCE en la que se publica la convocatoria de este concurso. En este caso, la plica deberá incluir una copia de su DNI, NIE o pasaporte. Las personas ciegas o con discapacidad visual grave deben incluir, además, una copia del documento que acredite el cumplimiento de este requisito, como, por ejemplo, el carnet de afiliación a la ONCE. La plica incluye una declaración jurada y un documento de consentimiento para el tratamiento de los datos personales que deberá ir fechada y firmada por el autor (Anexo I).
La documentación identificativa requerida se incluirá durante la cumplimentación de la plica electrónica o como fotocopias adjuntas a la plica si esta se envía por correo estándar. La Organización se reserva el derecho a comprobar con la documentación original la concurrencia de la condición de persona con ceguera o discapacidad visual grave del concursante. La falsedad de cualquier dato aportado en la documentación relacionada anteriormente, determinará la eliminación del concursante.

12. Si el envío se realiza por correo estándar, las obras se remitirán en soporte electrónico, debidamente protegidas a la Dirección General de la ONCE (Dirección de Promoción Cultural, Atención al Mayor, Juventud, Ocio y Deporte), calle del Prado, 24; 28014 Madrid (España). Figurará, además, en el exterior del sobre el texto "Premios Literarios TIFLOS" y el género al que se concurre. En su interior se incluirá la obra y, en un sobre cerrado, la plica impresa a partir del archivo Word descargable. En el exterior del sobre de la plica figurará el mismo seudónimo y el título del trabajo presentado, así como el género (poesía, cuento, novela) al que se opta y, si lo fuera, su condición de persona ciega o con discapacidad visual grave.

13. El concurso consta de una "preselección" y de una "fase final". La preselección la realizará un comité de selección nombrado por la ONCE, quien valorará cuáles, de entre los trabajos presentados, pasarán a la fase final.

El jurado deliberará y concederá los premios a partir de los trabajos seleccionados para la fase final.

14. No se facilitará información alguna sobre la clasificación de los trabajos o el desarrollo del concurso.

15. La ONCE no explotará las obras que resulten premiadas en la presente convocatoria. Estas obras serán editadas y distribuidas, de acuerdo con los autores, por la editorial Edhasa/Castalia. La edición, distribución y venta de las obras premiadas se llevará a cabo por parte de la editorial, y los derechos económicos que se devenguen serán percibidos exclusivamente por el autor, en las condiciones que la editorial y los autores pacten en los correspondientes contratos de edición. Los trabajos premiados son, pues, propiedad de sus autores, si bien la ONCE podrá transcribir al sistema braille o realizar una grabación sonora de aquellas obras premiadas no publicadas con el fin de darlas a conocer entre sus afiliados.

16. Los originales que no resulten premiados no serán devueltos y serán eliminados conjuntamente con la documentación incluida en la plica.

17. El jurado, cuya composición se hará pública oportunamente, estará integrado por destacadas personalidades de las letras españolas, y presidido por la ONCE. Cuando este se constituya, el Consejo General de la ONCE estará representado por uno de sus miembros.

18. El jurado dará a conocer su fallo inapelable no más tarde del mes de abril de 2022, pudiendo declarar desierto cualquiera de estos premios. El acto de entrega tendrá lugar antes del 30 de junio de 2022 en Madrid.

19. El hecho de concurrir a esta convocatoria implica la aceptación de la totalidad de las presentes bases, sobre las que no se producirán aclaraciones que impliquen correspondencia particular entre la organización y los participantes.

20. Respecto a la protección de datos, los participantes en cualquiera de las modalidades de estos Premios TIFLOS que envíen su trabajo desde el formulario web deberán dar su consentimiento para el tratamiento de los datos aportados incluido en las cláusulas de aceptación del formulario, mientras que los participantes que envíen sus trabajos en formato físico deberán incluir en la plica un ejemplar firmado del consentimiento expreso para el tratamiento de sus datos personales (incluido en el Anexo I). Estos datos serán totalmente confidenciales y solo serán objeto de tratamiento en el caso de resultar premiado el trabajo al que acompañan.

21. Los trabajos deberán remitirse antes del mediodía (12:00 h., hora peninsular española) del día 24 de septiembre de 2021 a través del formulario web habilitado para el concurso o a la Dirección General de la ONCE para los envíos por correo estándar.




©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


XXIV PREMIO TIFLOS DE PERIODISMO (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

XXIV PREMIO TIFLOS DE PERIODISMO (España)

28:01:2022

Género:  Periodismo

Premio:   9.000 €

Abierto a:  trabajos publicados o emitidos en medios de comunicación del Estado español entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021

Entidad convocante:  ONCE

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  28:01:2022

 

BASES

1. El Premio se otorgará a los trabajos publicados en medios de comunicación del Estado español que, en opinión del jurado, mejor exalten los valores relacionados con la integración de las personas con discapacidad y la supresión de barreras físicas y mentales que, en determinadas ocasiones impone la sociedad. Asimismo, se valorarán especialmente los trabajos que se refieran a la superación individual o colectiva de estas barreras.

No podrán presentarse a estos premios aquellos profesionales que presten sus servicios en medios o soportes de comunicación que dependan de modo directo o indirecto de la ONCE, Fundación ONCE e ILUNION.   www.escritores.org

2. Los trabajos podrán presentarse en cualquier lengua oficial del Estado, teniendo en cuenta que los que se presenten en una lengua distinta al castellano deben aportar la correspondiente traducción, para facilitar la labor del jurado.

3. El Premio Tiflos de Periodismo tendrá cuatro modalidades: prensa escrita, radio, televisión y periodismo digital. El mismo trabajo no podrá optar a dos categorías.

4. Se concederá un premio indivisible de 9.000 euros para cada una de las cuatro modalidades citadas en el punto anterior.

5. Los premios estarán sujetos a la legislación fiscal que les sea aplicable.

6. Los trabajos no tendrán extensión ni formato predeterminados y serán un máximo de cuatro en cada categoría. En caso de enviarlos por correo postal se remitirán al Consejo General de la ONCE, Dirección de Comunicación e Imagen, calle de La Coruña, 18, 28020 Madrid, haciendo constar en el sobre que se dirigen a los "PREMIOS TIFLOS DE PERIODISMO". Igualmente, en el interior se hará constar el nombre, domicilio, teléfono, fax (en el caso de que lo tuviera) y correo electrónico, así como el medio y la fecha en los que ha sido publicado o emitido el trabajo concursante.

Los trabajos de televisión pueden enviarse en formato DVD o mediante enlace a alguna plataforma digital del medio. Los de prensa digital, mediante un enlace al trabajo presentado. Los trabajos de radio, se pueden enviar mediante enlace a alguna plataforma digital del medio o grabado en USB en formato mp3. Los de prensa se pueden remitir en formato PDF. Para estas opciones, se utilizará el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando en el Asunto PREMIOS TIFLOS DE PERIODISMO. En todos los casos se incluirá un archivo con el nombre, domicilio, teléfono, fax (en el caso de que lo tuviera) y correo electrónico, así como el medio y la fecha en los que ha sido publicado o emitido el trabajo concursante.

7. La fecha de recepción de los trabajos, que deberán haber sido publicados o emitidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, finalizará el viernes 28 de enero de 2022.

8. La composición del jurado se hará pública oportunamente, y estará integrado por destacadas personalidades del periodismo y un representante de la ONCE, dando a conocer su fallo inapelable no más tarde del último día hábil del mes de junio de 2021. La entrega de los premios tendrá lugar en Madrid.

9. En relación con la protección de datos, los participantes en cualquiera de las modalidades de estos Premios TIFLOS de Periodismo deberán incluir en su candidatura un ejemplar firmado del consentimiento expreso para el tratamiento de sus datos personales (incluido en el Anexo II).

10. Las copias de los trabajos presentados a concurso que no resulten premiados serán destruidas.

11. El hecho de concurrir a esta convocatoria implica la aceptación de la totalidad de las presentes bases, sobre las que no se producirán aclaraciones que impliquen correspondencia particular entre el jurado y los participantes.

 

 


©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

PREMIO DE TEATRO "JOSÉ LUIS CUERDA" 2021 (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

PREMIO DE TEATRO "JOSÉ LUIS CUERDA" 2021 (España)

30:09:2021

Género:  Teatro

Premio:  6.000 €

Abierto a:  compañías profesionales legalmente constituidas y con domicilio fiscal en España

Entidad convocante: Ayuntamiento de Albacete

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:09:2021

 

BASES

BASES Y CONVOCATORIA PREMIO DE TEATRO "JOSÉ LUIS CUERDA"

El Excmo. Ayuntamiento de Albacete a través de la Concejalía de Cultura, convoca el PREMIO DE TEATRO "JOSÉ LUIS CUERDA", con arreglo a las siguientes bases:

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Esta convocatoria tiene por objeto premiar un texto de una obra teatral con la finalidad de rendir homenaje a la figura de José Luis Cuerda y que posteriormente será representada. Dicha representación correrá por cuenta del ganador, autor o autora o colectivo de la obra premiada.

www.escritores.org
2. DESTINATARIOS.

Podrán concurrir a este premio las compañías profesionales legalmente constituidas y con domicilio fiscal en España.

El autor o autores de la obra premiada conservarán la propiedad intelectual y material de la obra, permitiendo a los promotores de este certamen su libre disposición sobre la misma, en favor de la difusión y la cultura.

3. TEMÁTICA

Las obras deberán tratar una única temática basada en la obra y/o vida de José Luis Cuerda.

4. PREMIOS

El premio que se otorgará a la obra ganadora, consistirá en una aportación económica de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Albacete por valor de 6.000 €, cuantía sujeta a la correspondiente retención, además de proporcionar las instalaciones municipales para el estreno de la obra.

El premio podrá ser declarado desierto si el Jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria y/o artística.

5. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN:

a) Las obras presentadas serán originales, escritas en castellano, inéditas y que no se hayan premiado en otros certámenes ni estrenadas en otro concurso literario y consistirán en una obra de teatro.
La modificación, sin autorización de la organización, de alguna de las partes, tanto omisiones como añadidos sobre el texto enviado, así como las supresiones o cambios en el reparto de la obra, que no estén justificados, podrán ser causa de descalificación.

b) Tendrán una duración mínima de 60 minutos y máxima de 90 minutos, no pudiendo ser de duración inferior ni superior; motivo por el que podría ser desestimada su participación en el certamen, incluso una vez seleccionada, si se comprueba que no se adapta a este requisito.

c) La obra se ceñirá al formato de texto dramático, pudiendo abordar los distintos géneros, estilos y formas discursivas teatrales, siempre que la temática se ciña a la obra y/o vida de José Luis Cuerda.

d) Para poder participar en esta convocatoria, además de presentar el texto escrito de la obra, deberá enviar el soporte visual de la propuesta escénica.

6. PRESENTACIÓN DE LA OBRA Y DOCUMENTACIÓN

El original de la obra se presentaráúnicamente en formato digital pdf.

Los participantes deberán enviar un correo electrónico a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando en el asunto: "Premio de teatro José Luis Cuerda", adjuntando:

- 1. Un documento en formato pdf que el autor presenta a concurso y que será denominado: "TEXTO ESCRITO DE LA OBRA". Este archivo deberá contener, en el siguiente orden: el título de la obra, seudónimo y el texto de la misma. No se aceptarán como seudónimos los nombres artísticos ni alias difundidos, por ejemplo en medios digitales, que permitan identificar al autor.

- 2. Un enlace a la página o plataforma en la que se pueda visualizar la propuesta escénica de la obra.

- 3. Un documento denominado "PLICA", al que se adjuntará debidamente cumplimentado el Anexo I que será facilitado por el Ayuntamiento junto con las bases de la convocatoria y que solamente se abrirá por parte de la organización si la obra resulta ganadora.

El envío de la obra por cualquier otro medio no indicado en estas bases, fuera de plazo, siendo defectuosa, faltando parte de la información o cualquiera de los ficheros que obligatoriamente han de ser adjuntados, será causa automática de exclusión.

El incumplimiento de estas reglas implicará la descalificación.

El plazo de presentación será desde el día 1 hasta el 30 de septiembre del 2021.

7. JURADO: COMPOSICIÓN Y FALLO.

El Jurado estará compuesto por destacadas personalidades pertenecientes al mundo de las artes escénicas y cuya composición será hecha pública al dar a conocer el fallo.

Criterios de valoración:

- La calidad artística de la obra.

- Originalidad y creatividad, tanto del texto literario como de la puesta en escena.

- Claridad y coherencia. Que la obra tenga un mensaje claro. Que sus escenas, situaciones, personajes, propuesta escenográfica, etc. sean comprensibles para todos los públicos, conocedor o no de la obra y vida de José Luis Cuerda.

Si el Jurado estima que la calidad de los trabajos recibidos no es la adecuada, el premio podrá ser declarado desierto.

La obra premiada se estrenará en el espacio, fecha y condiciones que establecerá la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento. La representación correrá por cuenta del autor o compañía de la obra premiada, con libertad para utilizar el equipo técnico y los actores de que pueda disponer, a tenor del texto.

El fallo del jurado, que será inapelable, se producirá en un plazo máximo de 1 mes desde la finalización del plazo de presentación de las obras, y será comunicado a los interesados por correo electrónico.

En caso de que la Compañía o Grupo premiada quiera renunciar a su representación y por tanto a su participación en el concurso, habrá de comunicarlo a la organización antes de 48 h, después de la notificación de que su obra ha sido seleccionada. Si en dicho plazo no hubiera contestación, el jurado puede otorgar el Premio a la siguiente obra clasificada.

Toda cuestión no prevista en la convocatoria será resuelta por el jurado en su momento.

Normativa legal: En todo lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y disposiciones concordantes de aplicación.

La participación en este concurso implica la total aceptación y conformidad con lo dispuesto en las bases y del fallo del jurado que será inapelable.

El Ayuntamiento se reserva el derecho de tomar iniciativa no reflejadas en las bases, siempre que contribuyan al mejor desarrollo del concurso y no afecten sustancialmente a la esencia del mismo.

 

Fuente y Anexo: albacete.sedipualba.es/firma/documento.aspx?csv=AEAANTFHFMQAX9Q3ZLPT

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

X PREMIO DE NARRATIVA INFANTIL Y JUVENIL DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

X PREMIO DE NARRATIVA INFANTIL Y JUVENIL DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA (España)

03:09:2021

Género:  Infantil y juvenil

Premio:   3.000 €, edición y 40 ejemplares

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Diputación de Córdoba

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  03:09:2021

 

BASES

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL X PREMIO DE NARRATIVA INFANTIL Y JUVENIL DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA

www.escritores.org
La Diputación de Córdoba, en ejecución del Plan Estratégico de subvenciones de la Diputación de Córdoba 2020-2023, a través de su Delegación de Cultura, convoca el X Premio de Narrativa Infantil y Juvenil, contribuyendo a conseguir el Objetivo de Desarrollo Sostenible 11.4 de los incorporados en la Agenda 2030 de Naciones Unidas.

PRIMERA.- Podrán presentarse a este concurso narradores de cualquier nacionalidad, siempre que sus obras sean inéditas, no hayan sido premiadas en otros certámenes y se presenten escritas en lengua castellana, con una extensión mínima de 75 páginas y máxima de 100 páginas. Cada autor sólo podrá presentar un manuscrito de temática libre. Quedan excluidos de esta convocatoria los/as autores/as premiados/as en ediciones anteriores. Asimismo, los participantes quedan obligados a someterse a las actuaciones de comprobación de la Administración.

SEGUNDA.- Los originales se presentarán numerados y a dos espacios, en letra Times New Roman o Arial tamaño 12 y sin firma, bajo lema escrito en la cabecera de la portada junto con el título de la obra presentada.

TERCERA.- Los trabajos se presentarán en formato PDF inferior a 5MB a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba (dipucordoba.es/tramites). No se admiten trabajos presentados por correo electrónico ni en soporte papel. La firma y presentación de la solicitud incluirá la declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 del noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con el artículo 26 del Reglamento de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Los/as solicitantes deben presentar la siguiente documentación:
a) Instancia dirigida al Presidente de la Diputación de Córdoba, según modelo que se adjunta en las presentes bases. (Anexo I).
b) Modelo de consentimiento de Protección de Datos (Anexo II).
c) Fotocopia del DNI, así como certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y Tesorería de la Seguridad Social (TGSS) no siendo necesaria la aportación de dicha documentación por parte de los beneficiarios, si no se rechaza en la solicitud, realizando la verificación de estos datos por el Departamento de Cultura a través de la Plataforma de Intermediación. Sólo en caso de rechazo deberá aportar dicha certificación en "otra documentación"
d) Breve currículum vitae.
e) Obra a presentar al Premio con las indicaciones reflejadas en estas Bases.

CUARTA.- El plazo de recepción se iniciará al día siguiente de la publicación de estas bases en el B.O.P. de Córdoba y finalizará tres meses después. No serán admitidos aquellos trabajos que se reciban fuera de plazo.

Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará, en el Tablón de Edictos de la Diputación de Córdoba, relación de trabajos presentados por lema.

QUINTA.- Se establece un premio de TRES MIL EUROS (3.000,00 €), cantidad que se imputará a la aplicación 293.3341.48102 del presupuesto para el ejercicio 2021. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle. El premio cubre los derechos de autor de la primera edición, que será de 400 ejemplares, de acuerdo con el artículo 46.1 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que la Diputación de Córdoba adquiere los derechos a los que se refiere la Base Décima, entregándole al autor cuarenta ejemplares.

SEXTA.- Las obras seleccionadas por el Prejurado, nombrado por la Diputada de Cultura, serán propuestas al Jurado para el fallo del Premio. No obstante los miembros del Jurado tendrán acceso al conjunto de las obras presentadas, si lo estimasen oportuno. El Prejurado estará formado por destacadas personalidades del ámbito de la cultura, la docencia y la creación literaria y con experiencia suficiente para poder hacer una primera evaluación de los trabajos presentados.

SÉPTIMA.- El Jurado designado por la Diputada de Cultura estará formado por personas de relevancia especialistas en Narrativa Infantil y Juvenil. Actuará como Secretario con voz, pero sin voto el/la Jefe/a del Departamento de Cultura de la Diputación de Córdoba.

OCTAVA.- El jurado emitirá su fallo inapelable en el plazo máximo de seis meses, desde la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOP. Si las obras presentadas no alcanzaran la calidad necesaria el premio sería declarado desierto. El jurado se rige exclusivamente por criterios de calidad, innovación literaria u otras aportaciones dignas de destacarse en el ámbito de la poesía.

El fallo del jurado se comunicará al ganador/a personalmente y será publicado en la Web de la Delegación de Cultura, B.O.P y la Base de datos Nacional de Subvenciones.

NOVENA.- No se mantendrá correspondencia con los autores de los trabajos presentados.Únicamente para cuestiones técnicas en relación al trámite de inscripción al Premio, los interesados pueden contactar con el Departamento de Administración Electrónica a través del siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

DÉCIMA.- La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.

DÉCIMOPRIMERA.- Plazo máximo de resolución.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, computado a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba.

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

DÉCIMOSEGUNDA.- Los derechos de la obra ganadora quedarán en propiedad de la Diputación de Córdoba, durante el periodo máximo permitido por el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y así se hará constar en el preceptivo contrato de edición, procediéndose a su publicación durante el ejercicio de 2022, haciéndose constar en la publicación que se trata del X Premio de Narrativa Infantil y Juvenil Diputación de Córdoba correspondiente al año 2021. Dicha publicación podrá ser realizada en coedición con una Editorial especializada. El autor recibirá, junto con la dotación económica mencionada, 40 ejemplares de la obra.

DÉCIMOTERCERA.- Si con posterioridad a la concesión del premio se tuviese conocimiento de anomalía o incumplimiento de las bases, procederá su revocación por parte de la Diputación Provincial de Córdoba, previa consulta con el Jurado, siendo no obstante obligación inexcusable del beneficiario/a del Premio para poder percibirlo encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Diputación de Córdoba, con el Estado y la Seguridad Social.

DECIMOCUARTA.- Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba.

La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará por mediante Decreto de la Vicepresidenta Primera y Delegada de Asistencia Económica a los Municipios y Mancomunidades (Decreto de la Presidencia de 4 dic 2020 (BOP Nº10 de 18/01/2021).

Para lo no previsto en las Bases de la Convocatoria serán de aplicación:

• La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

• El Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

• La Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

• Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Córdoba 2021.

• Ordenanza reguladora de la actividad subvencional. Criterios de graduación u potestad sancionadora en la materia, de la Diputación Provincial de Córdoba, publicada en el
B.O.P. nº 29 de 22 de febrero de 2020.

 

Fuente y Anexos: infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/567057

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

XIII PREMIO LITERARIO BIZKAIDATZ "ESTA HISTORIA LA ESCRIBES TÚ" 2021 (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

XIII PREMIO LITERARIO BIZKAIDATZ "ESTA HISTORIA LA ESCRIBES TÚ" 2021 (España)

30:09:2021

Género:  Relato

Premio:  2.000 €, diploma acreditativo y publicación

Abierto a:  mayores de 16 años, nacido en el Territorio Histórico de Bizkaia o estar empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia o haber estado empadronadas con anterioridad a la publicación del decreto foral

Entidad convocante: Departamento Foral de Euskera, Cultura y Deporte

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:09:2021

 

BASES

 

 

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DEL XIII PREMIO LITERARIO BIZKAIDATZ 2021 «ESTA HISTORIA LA ESCRIBES TU/JARRAITZEKO PREST? ORAIN ZURE TXANDA DA»

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
www.escritores.org

Base 1.—Objeto del concurso literario

1. Podrán presentarse a este concurso relatos literarios que continúen con los inicios propuestos por un escritor o escritora actual, que se adapten al comienzo elegido, a sus personajes y a las situaciones que se plantean en los mismos.
Un tribunal constituido al efecto valorará los trabajos presentados y propondrá los relatos ganadores, a los cuales se les otorgará un premio económico y/o diploma acreditativo.

2. En la presente convocatoria los inicios de los relatos que deberán seguir las personas participantes son los siguientes:
a) En la modalidad de euskera, el inicio del relato con título «Zutunik eta makurtuta» de la escritora Alaine Agirre Garmendia.
b) En la modalidad de castellano, el inicio del relato con título «Una sorpresa de ocho patas» del escritor Mikel Santiago Garaikoetxea.

3. Cada concursante podrá presentar cuantos trabajos desee.
Las personas autoras que participen podrán presentarse indistintamente al relato en euskera y/o al de castellano, sin perjuicio de que si así lo estimase el jurado, una misma persona pudiera ganar en ambos apartados. Si se elige el inicio de relato en euskera deberá continuarse en euskera, si se elige el inicio de relato en castellano, deberá continuarse en castellano.

4. Los relatos tendrán una extensión mínima de 12 páginas o caras y máxima de 15, escritos en fuente de letra «Times» o «Arial», en hojas DINA4, cuerpo 12, a doble interlineado, con un mínimo de 24 líneas y máximo de 32 líneas por página y un mínimo de 70 caracteres por línea, salvo las excepciones lógicas derivadas de la aplicación de algunos signos ortográficos.

5. Los relatos presentados a este concurso están obligados a respetar la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y demás disposiciones legales vigentes.

Base 2.—Personas beneficiarias

1. Podrán presentarse al concurso literario aquellas personas físicas autoras que lo deseen mayores de 16 años, con un trabajo original y no publicado total o parcialmente, siempre que cumplan con lo establecido en el artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral. Se deberán tener 16 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Además, las personas autoras participantes habrán de cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos: Haber nacido en el Territorio Histórico de Bizkaia o estar empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la publicación de este Decreto Foral, o haber estado empadronadas durante un período mínimo de un año en el Territorio Histórico de Bizkaia con anterioridad a la publicación de este Decreto Foral.

3. Las personas ganadoras del primer o segundo premio en cualquiera de las dos ediciones inmediatamente anteriores a la actual convocatoria únicamente podrán participar en la presente convocatoria de XIII BizkaIdatz 2021 en la modalidad (euskera o castellano) en que no hubieran sido premiadas.

4. Quedarán excluidas de la convocatoria regulada por el presente Decreto, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, aquellas personas sancionadas en firme en vía administrativa, laboral o penal por vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, así como quienes incumplan las obligaciones establecidas en el Título III de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres o en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

 

TÍTULO II
RÉGIMEN JURÍDICO

Base 3.—Normativa aplicable

Para todos aquellos aspectos no previstos en el presente Decreto Foral serán aplicables la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral; el Reglamento de Subvenciones aprobado por el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica; el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Base 4.—Infracciones y sanciones

En lo referente a infracciones y sanciones se aplicará lo establecido en el Título IV de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, y en el Título IV del Reglamento de desarrollo de la misma.

 

TÍTULO III
PROCEDIMIENTO

Base 5.—Lugar y plazo de presentación de las solicitudes

1. Las solicitudes se podrán presentar en mano o por correo postal en la oficina de registro y atención ciudadana - Laguntza (calle Diputación, 7, 48008-Bilbao, planta baja del Edificio de la Biblioteca Foral de Bizkaia), o en la forma que determina el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán presentarse solicitudes a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia: ebizkaia.eus/es/inicio.
En el catálogo de trámites de la sede electrónica se encuentra la ficha resumen del presente Decreto Foral.
Las solicitudes de personas menores de edad deberán ser presentadas por quienes ejerzan su patria potestad u ostenten su representación legal. En el caso de que resulten ganadoras de alguno de los premios a todos los efectos serán éstas, y no las personas menores, las beneficiarias de la cantidad económica a percibir. En cualquier caso, los requisitos de las personas beneficiarias señalados en la Base 2 habrán de concurrir en la persona menor de edad.
La persona menor en el tiempo de la solicitud que alcanzase la mayoría de edad antes de la tramitación del pago del premio será la beneficiaria del mismo.

2. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del presente Decreto Foral en el «Boletín Oficial de Bizkaia» hasta las 13:30 horas del día 30 de septiembre de 2021.

 

Base 6.—Documentación a adjuntar con las solicitudes

1. Las solicitudes presenciales se deberán presentar en el modelo oficial que se adjunta como formulario I (modelo BI-1), junto con el formulario II (modelo BI-2), todos debidamente cumplimentados; ambos formularios se adjuntan al presente Decreto Foral, y están accesibles a través de la página-web bizkaia.eus/kulturadirulaguntzak

2. En el supuesto de presentación a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, las solicitudes deberán ajustarse a los modelos oficiales disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede https://www.ebizkaia.eus/es/inicio

3. En ambos casos, la solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
a) Cuatro copias del relato escrito por la persona participante en el caso de presentación presencial.
Si las solicitudes se presentaran a través de la Sede Electrónica, será suficiente adjuntar una copia.
Los ejemplares de la obra no irán firmados, estarán numerados en todas las páginas e indicarán el título del relato, sin identificación del autor o autora.
b) Datos de titularidad de la cuenta bancaria.Únicamente en los casos de alta o modificación, o en caso de que la persona solicitante se oponga a que esta Administración compruebe dichos datos bancarios por sus propios medios, ficha de domiciliación bancaria debidamente cumplimentada, en el modelo oficial que se adjunta como formulario III modelo E5, y disponible también a través de la página-web bizkaia.eus/kulturadirulaguntzak
c) Certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
d) Certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
e) Certificado de empadronamiento en Bizkaia. Las personas que, en la fecha de publicación de este Decreto Foral, no estén empadronadas en algún municipio del Territorio Histórico de Bizkaia pero que lo estuvieron con anterioridad, deberán indicar en qué municipio estuvieron empadronadas.
El Servicio de Patrimonio Cultural del Departamento Foral de Euskera, Cultura y Deporte, mediante los sistemas de Intermediación de datos disponibles, a través del Nodo de interoperabilidad de Bizkaia, realizará las comprobaciones y consultas pertinentes de los datos de las personas interesadas y sus representantes, en su caso, necesarias para la tramitación administrativa del presente decreto que obren en poder de las Administraciones Públicas, salvo oposición expresa de las mismas, en cuyo caso, además de indicar los motivos de su oposición, deberán aportarse los datos o documentos correspondientes, todo ello al amparo del artículo 28.2 de la Ley 39/2015.
En todo caso, si por causas técnicas la interoperabilidad no fuera posible el Servicio de Patrimonio Cultural podrá requerir datos o documentos necesarios para la tramitación.
f) La representación, legal o voluntaria, deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho.

4. Los datos de identidad de la persona firmante de la solicitud serán verificados mediante los sistemas de Intermediación de datos disponibles, a través del Nodo de interoperabilidad de Bizkaia.

5. Cualquier acceso a dichos datos se realizará de conformidad con lo previsto al respecto en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y su normativa de desarrollo, así como, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Base 7.—Subsanación o mejora de las solicitudes

1. Si las solicitudes no se formalizaran completamente o faltara alguno de los documentos exigidos por el presente Decreto Foral, se requerirá a la solicitante para que en el plazo de diez (10) días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, archivándose la misma, previa la correspondiente resolución.

2. En todo caso, el Departamento Foral de Euskera, Cultura y Deporte podrá solicitar cuanta información complementaria considere necesaria para la adecuada comprensión y evaluación de las solicitudes presentadas.

Base 8.—Procedimiento de concesión

La concesión de los premios se realizará mediante el sistema de concurrencia competitiva, esto es, mediante la constitución de un tribunal calificador que procederá a la comparación de los relatos presentados, a fin de establecer una prelación entre las mismas, atendiendo a los criterios de valoración fijados en la base 9.

Base 9.—Criterios de valoración de los relatos

1. El tribunal calificador designado a los efectos de esta convocatoria valorará las solicitudes presentadas en plazo, otorgándose los premios a aquellos relatos que, a juicio del mismo, obtengan mayor puntuación, sobre un máximo de 10 puntos, conforme a los siguientes criterios y puntos:
a) Continuidad y unidad con el relato propuesto: hasta 4 puntos.
b) Calidad literaria: hasta 3 puntos.
c) Creatividad en el desarrollo de la historia: hasta 3 puntos.

2. El premio podrá ser declarado desierto si ninguno de los relatos presentados reúne, según criterio del tribunal, los requisitos exigidos para su selección o si su valoración resulta insuficiente.

3. El Tribunal calificador tiene potestad para excluir aquellos relatos que no respeten la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero, en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y demás disposiciones legales vigentes.

Base 10.—Asesoramiento

El Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación Foral de Bizkaia prestará el apoyo técnico o asesoría necesaria ante cualquier duda o consulta referida al presente Decreto Foral, a cuyos efectos se encuentra disponible en bizkaia.eus/laguntzaileOndarea

Base 11.—Tribunal calificador

1. Para el análisis y la evaluación de los relatos presentados, se constituirá un tribunal calificador cuyas personas integrantes serán designadas por la Diputada de Euskera, Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Bizkaia, mediante Orden Foral. A tal efecto se cumplirá lo establecido en el artículo 44 de la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

2. El tribunal calificador, habida cuenta de los criterios para la adjudicación de los premios, presentará la propuesta de resolución a la Diputada Foral de Euskera, Cultura y Deporte, con el fin de que se dicte la resolución definitiva.

Base 12.—Resolución

1. No se prevé en esta convocatoria, a efectos de lo dispuesto por el artículo 22.4 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, la resolución, en primer lugar, a través de una propuesta de resolución provisional tras la que se conceda trámite de audiencia a las personas interesadas, puesto que no figurarán en el procedimiento ni serán tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las personas interesadas.

2. Previo a la resolución de la convocatoria, el Servicio de Patrimonio Cultural comprobará que las personas propuestas como ganadoras se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social y que no son deudoras por reintegro de subvención. Si como consecuencia de tal comprobación resultare que incumple cualquiera de tales obligaciones, será requerida para que en el plazo de 10 días regularice tal situación con advertencia de que, en otro caso, su solicitud será dada por desistida, previa la correspondiente resolución.

3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses, a contar desde la finalización del plazo de entrega. La resolución será dictada por la Diputada Foral del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte, a propuesta de la resolución del Tribunal Calificador.
Si transcurrido dicho plazo no mediara resolución expresa y notificación de la misma, se entenderá que ha sido desestimada, sin perjuicio de que con posterioridad sea resuelta de forma expresa.

4. La orden foral por la que se resuelva la presente convocatoria será notificada mediante correo certificado a las personas interesadas que hayan presentado solicitud a los efectos de esta convocatoria, salvo a aquéllas que hayan presentado su solicitud a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, a quienes se les notificará mediante el sistema de comparecencia en dicha sede.
Contendrá expresa mención a que la misma agota la vía administrativa, y podrá ser recurrida por la persona interesada, interponiendo contra ella, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ilma. Sra. Diputada Foral de Euskera, Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Bizkaia, en el plazo de un (1) mes a partir del día siguiente al de su notificación o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, contados de igual forma.

5. La relación de personas premiadas será publicada mediante anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

Base 13.—Premios

Las obras ganadoras estarán dotadas con los siguientes premios:
— Primer premio en euskera: 2.000 euros y diploma acreditativo.
— Primer premio en castellano: 2.000 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en euskera: 750 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en castellano: 750 euros y diploma acreditativo.
— Tercer premio en euskera: 250 euros y diploma acreditativo.
— Tercer premio en castellano: 250 euros y diploma acreditativo.
A las cantidades económicas mencionadas en el apartado anterior se les practicarán las retenciones fiscales legalmente establecidas.
Las obras ganadoras se publicarán en una edición al efecto.

 

TÍTULO IV
GESTIÓN DEL PREMIO

Base 14.—Entrega del premio
Los premios se entregarán a las personas ganadoras en un acto que tendrá lugar según las circunstancias sociosanitarias del momento, respecto del cual se informará oportunamente a las y los ganadores.

Base 15.—Pago del premio

1. Si en el plazo de diez días hábiles tras la fecha de notificación de la orden foral que resuelve la presente convocatoria la persona ganadora no renuncia expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ésta queda aceptada, y el Servicio de Patrimonio Cultural procederá a tramitar el abono de la misma ante el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas, no exigiéndose para ello garantía alguna a las beneficiarias.

2. Previo al pago del premio, se comprobará que las personas ganadoras se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y que no son deudoras por reintegro de subvención.
Si como consecuencia de la comprobación efectuada resulta que alguna de ellas incumple algunas de las obligaciones señaladas, será requerida para que en el plazo de 10 días regularice tal situación con la advertencia de que, en caso contrario, perdería el derecho al cobro del premio.

Base 16.—Devolución a iniciativa de la perceptora

1. De conformidad con lo previsto por el artículo 76 del Decreto Foral 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, la persona premiada podrá proceder a la devolución voluntaria del premio concedido por la Diputación Foral de Bizkaia sin el previo requerimiento de esta última.
En este supuesto, la Diputación Foral de Bizkaia calculará los intereses de demora hasta el momento de la devolución efectiva del premio, conforme a lo dispuesto en el referido artículo 76, y según lo establecido en el artículo 34 de la Norma Foral 5/2005.

2. La devolución del premio a instancia de la propia persona premiada se deberá realizar mediante la correspondiente carta de pago que, a su requerimiento, le será tramitada en las dependencias del Servicio de Patrimonio Cultural. En dicha carta de pago se consignará el importe a devolver (principal e intereses de demora), código del modelo y motivo del ingreso haciéndose además referencia al premio, a devolver.

3. Una vez practicado el ingreso del importe por la persona premiada en una entidad financiera, habrá de remitirse copia de la misma o justificante del respectivo ingreso al Servicio de Patrimonio Cultural del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte.

Base 17.—Propiedad intelectual

La Diputación Foral de Bizkaia se reservará en exclusiva durante un plazo de cinco años a contar desde la fecha de abono del premio, los derechos de reproducción, distribución y venta de las obras premiadas sin pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio, constituyendo éste la única y total remuneración.

Base 18.—Obligaciones de las personas premiadas

1. Las personas premiadas deberán asistir personalmente, o mediante representante en caso de resultarles imposible, al acto de entrega de premios que tenga lugar según las circunstancias sociosanitarias del momento.

2. En todo material editado y en toda comparecencia pública realizada con posterioridad a la concesión, deberá hacerse constar el patrocinio de la Diputación Foral de Bizkaia; se utilizarán, para ello, obligatoriamente los elementos establecidos en la imagen corporativa de la Diputación Foral de Bizkaia, incluyendo junto al logotipo la siguiente frase literal:
«Ekintza honek Bizkaiko Foru Aldundiaren laguntza jaso du» o bien
«Bizkaiko Foru Aldundiak babestutako ekintza/Actividad subvencionada por la Diputación Foral de Bizkaia».

3. En todo caso, la persona premiada queda obligada al cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral y en el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, anteriormente citada.

Base 19.—Reintegro

Procederá el reintegro del premio recibido y los intereses de demora correspondientes, cuando se incumplan alguna o algunas de las obligaciones establecidas en las bases precedentes o de las previstas en el artículo 33 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, y en su Reglamento de desarrollo.

Base 20.—Partida presupuestaria

Los premios regulados en este Decreto Foral, por importe total de seis mil (6.000,00) euros, se imputarán a la partida presupuestaria 0404 G/332101/46200 proyecto 2011/0033 del ejercicio 2021.
Si una vez resueltas todas las solicitudes no se alcanzara el límite presupuestario máximo, se procederá a tramitar la anulación de la autorización de gasto por el importe sobrante.

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

Te puede interesar

CursosCursosCursos de formación, escritura creativa.
Concursos LiterariosConcursos Literarios España y Latinoamérica
librosLibros Publicita tus libros
BiografíasBiografíasBiografías de escritores.
Recursos para escritoresRecursosRecursos para escritores
¿buscas editor?Publicar¿Deseas publicar?
AsesoríaAsesoríaAsesoría literaria. Informes, Correcciones

Cursos

banner cursos escritores org v

Asesoría

banner escritores asesoria v2

Datos de contacto

Escritores.org

CIF:  B61195087

  • Email: info@escritores.org
  • Web: www.escritores.org
  • © 1996 - 2025