¿Hablamos de tu libro? Las diez claves legales en el contrato de edición
León Fernando del Canto / Huffington Post
Día 23/04/2014
Has completado tu novela, ensayo o poema y estás listo para publicarlo. Tu obra literaria es original y sí, enhorabuena, eres legalmente un autor incluso antes de publicar.
Los Derechos de Autor
Tu obra literaria estará protegida en España por los llamados derechos de autor, regulados por la Ley de Propiedad Intelectual y protegidos internacionalmente por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (WIPO). Los derechos de autor protegen tu obra literaria, consolidando tus derechos a obtener ciertos beneficios por tu trabajo intelectual y regulan la forma en que tu obra formará parte de la Cultura con mayúscula. Te asistirán dos tipos de derechos:
I. Derechos morales: Son derechos que te corresponden como autor y que sólo tú puedes ejercitar, son irrenunciables e intransferibles. Los más importantes son los derechos al reconocimiento de tu autoría y el derecho que te ampara para mantener y decidir sobre la integridad de tu obra.
II. Derechos de explotación: Son los derechos que protegen tu remuneración por la obra. Puedes cederlos a cambio de una remuneración y su duración también es limitada.
Hay que partir de la base que todos, absolutamente todos los derechos de explotación son tuyos, pertenecen al autor.
Y cuando cedas estos derechos a cambio de una remuneración, tendrás que considerar ciertas complejidades y asesorarte adecuadamente. Nombrar o no un representante depende de ti, y no voy a ser yo como abogado quien te insista. De cualquier forma, tú tienes la responsabilidad última sobre tus derechos, tu patrimonio literario.
Las 10 claves del contrato de Edición
Es importante que negocies ciertos límites a tu cesión de derechos, aunque ello sea complicado para un autor novel, poniendo atención a las siguientes diez claves.