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PREMIO LITERARIO "CIUTAT D'ONDA" DE NOVELA 2025 (España)
31:08:2025
Género: Novela
Premio: 20.000 euros
Abierto a: mayores de edad, residentes en España
Entidad convocante: Ayuntamiento de Onda
País de la entidad convocante: España
Participación por medios electrónicos: Sí
Fecha de cierre: 31:08:2025
PREMIO LITERARIO "CIUTAT D'ONDA" DE NOVELA 2025
1ª Objeto de la convocatoria.
El Ayuntamiento de Onda, según consta en persigue, entre otras metas, el impulso de la vida cultural en la población a través de la organización y planificación de una variada agenda de actos y, además, la dinamización, diversificación y promoción de la oferta turística del municipio y de su término municipal.
Por todo lo expuesto, el objeto de las presentes bases será fomentar la participación y el éxito del premio entre las personas participantes. Para lo cual el Ayuntamiento concederá un único premio a la obra escogida como ganadora por un jurado especializado. Este objeto contribuirá a lograr los objetivos operativos del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Onda, concretamente, aquellos relacionados con el Plan Parcial de Cultura desarrollado en el art. 13 del citado Plan
2ª Participantes
Podrán participar las personas físicas de cualquier nacionalidad, residentes en España, mayores de edad que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Podrán presentarse obras originales e inéditas escritas en castellano. No podrá presentarse obra alguna premiada en algún otro concurso, ni las publicadas en otro soporte físico y/o digital, ni las sujetas a algún compromiso de edición.
No podrán presentarse obras generadas o corregidas, total o parcialmente, por inteligencia artificial. Se aplicará un dispositivo estándar para detectar cualquier mediación de programas de IA.
La temática de las novelas será libre, aunque la acción debe transcurrir, en parte, en Onda, siendo esta ciudad elemento trascendental de la novela, como lo son los personajes o la trama.
3ª. Presentación de las obras.
Los manuscritos se presentarán en un archivo de formato Word y su extensión será, como mínimo, de 100.000 palabras y, como máximo, de 150.000 palabras. Los manuscritos se presentarán con las siguientes características:
- Tipo de letra Garamond.
- Tamaño de letra 12 pt.
- Interlineado 1,15.
- Párrafo justificado.
- Sin formato especial.
- Páginas numeradas.
Los escritores/as que deseen optar al premio entregarán los originales por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con petición de recepción del mismo correo.
En la cubierta de la obra deberá constar el título y un seudónimo del autor. En el mismo correo se enviará otro documento en formato pdf, cuyo nombre coincidirá con el seudónimo, en el cual el autor indicará su nombre, apellidos, DNI, correo postal, correo electrónico y teléfono y una declaración firmada que incluirá:
I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, de que, así como que su creación no es resultado de la utilización de sistemas, herramientas o técnicas derivadas o vinculadas con la Inteligencia Artificial, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;
II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;
III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al Premio;
IV) Manifestación expresa de la aceptación irrevocable por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y
V) Fecha de la declaración y firma.
Dicho documento permanecerá invariablemente cerrado, a excepción del correspondiente a la novela que obtenga el Premio Literario Ciutat d’Onda.
4ª. Duración del concurso.
La admisión de originales comenzará el día siguiente al de la publicación de las presentes bases y de su extracto según consta en la Base 11, y finalizará el 31 de agosto del año dos mil veinticinco.
5ª. Crédito presupuestario de la convocatoria.
El presupuesto para esta convocatoria va a cargo de la aplicación presupuestaria 330 48001 del presupuesto general, por un importe de 20.000,00 euros (la consiguiente retención del IRPF repercutirá en la persona ganadora) para el ejercicio 2026.
La concesión del premio objeto de estas bases se realizará en el ejercicio inmediatamente posterior al del inicio de la tramitación del expediente administrativo, por lo que la adjudicación se someterá a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio correspondiente.
6ª. Jurado del concurso.
El jurado del II Premio literario Ciutat d’Onda constará de cinco miembros, compuesto por expertos del área de Bibliotecas del Ayuntamiento de Onda y de los ámbitos literarios, culturales y académicos.
La composición del Jurado que habrá de discernir el Premio Literario Ciutat d’Onda, se hará pública antes del fallo del Premio.
7ª. Información complementaria.
El concurso no podrá ser declarado desierto ni distribuirse el premio entre dos o más concursantes.
Toda novela presentada al concurso dentro del plazo antedicho, lleva implícito el compromiso del autor/a respectivo a no retirarla antes de hacerse público el fallo del Jurado.
La obra premiada será publicada por el Ayuntamiento de Onda, a través de una editorial especializada, que se encargará de la distribución comercial. No se percibirán derechos de autor en la primera edición, los cuales se consideran satisfechos con la cuantía del premio.
El Premio literario Ciutat d’Onda se limitará a entregar recibos de las obras debidamente presentadas al concurso dentro del plazo señalado. No se mantendrá correspondencia ni ninguna comunicación con los autores/as que se presenten ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.
La participación en este premio implica de forma automática la plena y total aceptación, sin reservas, de las presentes bases. Para cualquier diferencia que hubiere de ser dirimida por vía judicial, las partes renuncian al propio fuero y se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Castellón.
8ª. Premio.
Se otorgará un premio único de 20.000,00 euros, (veinte mil euros, el IRPF del cual repercutirá en la persona ganadora del premio) a la novela que, por unanimidad o en su defecto por mayoría de votos del Jurado, se considere con mayores merecimientos. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por la persona ganadora.
Además, el autor/a recibirá una escultura conmemorativa de su participación en el certamen, realizada por un artista ondense de prestigio.
El Ayuntamiento de Onda contactará telefónicamente con la persona ganadora para informarle del fallo del jurado.
Como condición necesaria para el abono del premio, la persona ganadora aportará la siguiente documentación:
- Ficha de mantenimiento de terceros (comunicación de la cuenta bancaria) si es necesario.
- Certificados de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda Local. O será el Ayuntamiento de Onda, por su parte, quien recoja y adjunte al expediente dicha información -habiéndose dado en la solicitud la no oposición expresa por parte del beneficiario para que el Ayuntamiento consulte la información relativa al cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda Local, en los términos que prevén los artículos 18 y 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones.
- Asimismo, el Ayuntamiento de Onda podrá solicitar a la persona ganadora la presentación de la declaración responsable de cumplimiento de las condiciones que evitan el reintegro de la cantidad concedida en premio según se recoge en el art. 37.1 de la Ley General de Subvenciones.
- La comprobación posterior de no reunir los requisitos por el ganador y su obra establecidos por las presentes bases será causa de exclusión automática del mismo. En este caso, se requerirá la documentación al autor de la segunda obra seleccionada por el jurado.
9ª. Entrega de premios.
El fallo del Jurado, inapelable, se hará público en diciembre de 2025 en el transcurso de una gala organizada ex profeso.
El autor/a de la obra ganadora se compromete a asistir a la mencionada gala, así como a autorizar la utilización de su nombre e imagen con fines publicitarios y se compromete —al objeto de lograr la mayor difusión del Premio— a participar activa y personalmente en la presentación y promoción de su obra en aquellos actos que la editorial considere adecuados.
10ª. Justificación.
La justificación del ganador del premio se efectuará a través de un informe del departamento de Biblioteca y se elevará la propuesta a la Junta de Gobierno Local para su aprobación, en el plazo de un mes a partir de la celebración de la gala de entrega del premio.
11ª. Publicación.
Estas Bases se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y, su anuncio, en el tablón de anuncios municipal; el extracto de las mismas se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Ayuntamiento de Onda. www.onda.es.
13ª. Régimen jurídico aplicable.
- Los artículos 21, 22, 25 y 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y otras disposiciones en materia de régimen local.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
- El título II del Reglamento de servicios de las corporaciones locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
- Los artículos 9.2, 22.2, 28, 30 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Los artículos 55, 65, 66 y 67 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- La Resolución de 9 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el contenido y periodicidad de la información a suministrar a la nueva Base de datos Nacional de Subvenciones.
- Resolución de 15 de junio 2020 de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.