XVI CERTAMEN DEL PREMIO DE NOVELA CIUDAD DE MÁLAGA 2022 (España)



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XVI CERTAMEN DEL PREMIO DE NOVELA CIUDAD DE MÁLAGA 2022 (España)

26:07:2022

Género:  Novela

Premio:   18.000 € y edición

Abierto a:  mayores de 18 años

Entidad convocante:  Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  26:07:2022

 

BASES

 

 

Fecha de solicitud: Del 18 de mayo al 26 de julio de 2022

CONVOCATORIA DEL XVI CERTAMEN DEL "PREMIO DE NOVELA DE MÁLAGA 2022"

www.escritores.org

El Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, en colaboración con la Editorial Galaxia Gutenberg convoca la edición del XVI Premio Málaga de Novela.

1. OBJETO

Esta convocatoria tiene por objeto premiar una novela original, inédita y no premiada anteriormente, como vehículo para promocionar la literatura y, en particular, la novela, vinculándola al nombre de la ciudad de Málaga.

Podrán optar a este premio las novelas inéditas escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. El autor/a de la novela garantizará la autoría y originalidad de la obra presentada, así como no tener comprometidos con terceros los derechos de edición sobre la misma.

Esta convocatoria se publicaráíntegramente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BNDS): http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index , según lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

2. BENEFICIARIOS Y CAUSAS DE EXCLUSIÓN

Los requisitos para participar y las causas de exclusión son las siguientes:

1.-Podrán concurrir a este premio todas aquellas personas mayores de 18 años, escritores de cualquier nacionalidad, residentes en España o en el extranjero, siempre que la novela presentada esté escrita en castellano, sea original, inédito y no se haya premiado en otros certámenes. Asimismo, las novelas tienen que reunir los requisitos que se establecen en el punto anterior.

La presentación a este Premio Literario supone la aceptación y cumplimiento de estos requisitos y de la totalidad de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria.

- Se excluirán los autores galardonados en anteriores ediciones.

- El interesado podrá participar con una única novela, quedando excluido el participante del concurso en caso contrario.

- No se admiten, traducciones ni adaptaciones de ningún tipo, haciéndose responsable los autores de los posibles plagios o transgresiones de la legalidad vigente en que pudiera incurrir.

- No podrán obtener la condición de beneficiarios de los premios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria aquellas personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Málaga, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.

- Quedan excluidos los participantes cuyo pseudónimo contenga elementos identificativos de su nombre y que permita identificar a su autor.

- También será causa de exclusión la presentación extemporánea (fuera de plazo) referida tanto a la solicitud de participación como la obra participante.

- La no aportación de la documentación fiscal requerida al efecto, así como, la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos
por la Ley, será causa de exclusión.

3. DOTACIÓN DEL PREMIO

La cuantía del premio será de 18.000,00 € para un único ganador. El citado premio estará sujeto a las retenciones oportunas.

A tal efecto existe consignación presupuestaria suficiente imputable a la partida 01.3349.48100 PAM 4100 del presupuesto de 2022.

La novela ganadora será publicada y distribuida por la Editorial Galaxia Gutenberg, renunciando el ganador a los derechos de autor en la primera edición del libro. Durante un año desde la concesión del premio tendrá derecho de opción preferente para la suscripción del contrato de edición de la novela ganadora, suscribiendo el autor del mismo el correspondiente contrato con dicha firma editorial.

El premio podrá ser declarado desierto si el Jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.

4. PRESENTACIÓN DE LA OBRA Y DOCUMENTACIÓN

Los escritores que opten al XVI Premio Málaga de Novela tendrán que seguir las indicaciones y aportar la información que se detalla a continuación:

Las novelas se presentarán preferentemente través de la sede electrónica municipal en la sección dedicada a los premios literarios del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga cuya dirección es:

acortar.link/n8aWfI

En esta página se cumplimentará la solicitud (Anexo I) y se adjuntará un archivo en formato pdf (Adobe Systems Incorporated) que contenga la novela escrita a doble espacio utilizando letra Arial tamaño 12 y con una extensión mínima de 160 páginas y un máximo de 300 páginas.

En la primera página de la obra se reproducirá su título original en letras mayúsculas así como el seudónimo del autor/a. En ningún caso se podrá establecer ningún otro dato informativo del autor/a de la obra, prevaleciendo en todo momento su anonimato, de forma que, dicho seudónimo no se corresponda con abreviaturas, acrónimos o juego de palabras, que sean fácilmente identificables con sus datos personales, especialmente los relativos a nombres y apellidos, en caso contrario quedaría excluida su participación.

Se admitirá la presentación de un solo original por cada autor/a.

En caso de presentación presencial, la obra se presentará junto con la solicitud de participación, debidamente cumplimentada y firmada, entre cuyos datos se incluyen título de la obra y pseudónimo, a través de un dispositivo de almacenamiento externo tipo pen drive o similar en cualquiera de las ubicaciones previstas en el artículo
16.4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme al cual:

"Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1;

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca;

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero;

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros;

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes".

La solicitud de participación deberá dirigirse al Edificio del Archivo Municipal, Alameda Principal nº 23, C.P: 29001, Málaga; en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del concurso: "XVI CERTAMEN DEL "PREMIO DE NOVELA DE MÁLAGA 2022".

La novela participante encabezado con el título del mismo y seudónimo, debidamente paginado, en perfectas condiciones de legibilidad y sin la firma del autor/a o dato que revele la identidad de éste. A este respecto, el participante elegirá el seudónimo que preserve en todo momento su anonimato, de forma que, dicho seudónimo no se corresponda con abreviaturas, acrónimos o juegos de palabras, que sean fácilmente identificables con sus datos personales, especialmente los relativos al nombre y apellidos

El envío de la documentación por cualquier otro medio que no sean los legalmente habilitados, fuera de plazo, siendo defectuosa, faltando parte de la información o cualquiera de los ficheros que obligatoriamente han de ser adjuntados será causa automática de exclusión sin comunicación alguna al interesado.

Los participantes, tras su inscripción, facultan expresamente al Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga para que, una vez emitido el fallo del Jurado, se compruebe el requisito establecido en esta convocatoria, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social y la Gestión Tributaria Municipal.

En el caso de que los interesados no faculten al Ayuntamiento a la consulta de dichos datos, se comprometerán a aportar justificante de estar al corriente de dichas obligaciones tributarias en el plazo máximo de 10 días hábiles.

También una vez emitido el fallo del Jurado, si el autor/a premiado no es nacional español y/o no es residente fiscal en España, tendrá que aportar el certificado de residencia emitido por la autoridad fiscal de su país a fin de evitar la doble imposición internacional en materia de retenciones tributarias.

La comprobación posterior de no reunir los requisitos por el ganador/a establecidos por la Ley será causa de exclusión automática del mismo. En este caso, se requerirá la documentación al segundo autor de la obra seleccionada por el jurado.

5. PLAZO

La solicitud de participación con los ficheros adjuntos descritos en esta convocatoria, será enviada en el plazo de cincuenta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOP).

Una vez recibidas las solicitudes de participación junto con las obras participantes, se publicará un anuncio, tanto en la sede electrónica como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Málaga, el cual contendrá las solicitudes admitidas, las susceptibles de ser subsanadas por los interesados y aquellas solicitudes excluidas por no ser subsanable el error en que incurren.

A estos efectos, se considerarán causas de exclusión las contenidas en el punto 2 de la presente convocatoria.

Por otra parte, serán considerados como defectos subsanables aquellos que hagan referencia a algún tipo de error u omisión en la cumplimentación de los datos requeridos en la solicitud, así como, la ausencia de firma en dicha solicitud o, en su caso, no estar debidamente acreditada la representación.

En aquellos casos en que el defecto sea subsanable, el interesado dispondrá de un plazo improrrogable de 10 días para subsanar.

Una vez transcurrido dicho plazo, se publicará un nuevo anuncio con el listado definitivo de participantes y de excluidos.

6. PREMIOS Y CUANTÍA

La cuantía del premio será de 18.000,00€ para un único ganador. El citado premio estará sujeto a las retenciones oportunas. Este premio será indivisible.

A tal efecto existe consignación presupuestaria suficiente imputable a la partida 01.3349.48100 PAM 4100 del presupuesto de 2022.

De conformidad con lo regulado en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, la concesión de este premio queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión de los premios.

7. CONSTITUCION DEL JURADO Y FALLO

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Dirección General de Cultura y la resolución o concesión del premio corresponde a la Teniente Alcalde Delegada de Cultura.

La novela ganadora será seleccionada por un jurado integrado por:

Por profesionales de reconocido prestigio provenientes de los distintos sectores que componen el mundo de las letras, nombrados por Resolución de la Teniente Alcalde Delegada de Cultura, siendo desempeñadas las funciones de Secretaría en funcionarios, técnicos de administración general, adscritos al Área de Cultura, nombrados igualmente en la referida Resolución.

Dicho nombramiento se realizará con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria en el BOP.

Las deliberaciones del Jurado son secretas. No se establecerá comunicación alguna con ningún participante. En ningún caso podrá otorgarse el premio a dos novelas ex aequo, es decir no habrá posibilidad de empate y otorgar el premio a dos concursantes por estimarse que las dos novelas son de la mayor calidad.

Asimismo, se constituirá un pre-jurado, compuesto por un máximo de 3 miembros, que será igualmente nombrado mediante la resolución anteriormente indicada.

El nombramiento del Jurado y Pre-jurado se realizará con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria en el BOP, resolución que será publicada en el Tablón de Edictos Municipal y en la sede electrónica.

Una vez recepcionadas las solicitudes de participación, tanto las presentadas telemáticamente como las presentadas por la vía del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se remitirán al pre-jurado, por parte de su secretario, las novelas que hayan sido admitidos por cumplir los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no hayan incurrido en ningún supuesto de exclusión.

A continuación, las obras preseleccionadas serán remitidas, por el Secretario, al jurado para seleccionar de entre ellos el ganador.

El jurado propondrá la novela ganadora al órgano que otorga el Premio, que es la Teniente-Alcalde Delegada de Cultura, previamente a la propuesta de resolución del órgano competente. Como ha quedado expuesto en esta convocatoria, el Excmo. Ayuntamiento de Málaga comprobará, o el beneficiario deberá acreditar, que su autor reúne los requisitos legales establecidos para la concesión del premio.

Tanto el Jurado como el Pre-jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración: originalidad, belleza literaria y buen uso y corrección del idioma.

Las deliberaciones del jurado son secretas y no establecerá comunicación alguna con ningún participante.

Los miembros del jurado o el ganador no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral sino en el momento que el Ayuntamiento de Málaga lo haga público mediante acto solemne, que coincidirá, preferentemente, con el día en que sea otorgado por la Tte. Alcalde Delegada de Cultura.

El ganador deberá entregar un documento de "Aportación de datos bancarios", el cual se facilitará en su momento por el órgano gestor, en el que conste el dato de titularidad de la cuenta bancaria del ganador. Dicho documento deberá ser debidamente cumplimentado y firmado, así como validado por la entidad bancaria.

Si el ganador no fuese español y/o no residente en fiscal en España, tendrá que aportar el certificado de residencia emitido por la autoridad fiscal de su país a fin de evitar la doble imposición internacional en materia de retenciones tributarias.

La no aportación de esta documentación fiscal requerida al efecto, así como la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la Ley, será causa de exclusión automática del mismo.

El jurado es un órgano de carácter propositivo, y como tal, su fallo tendrá carácter de propuesta, no creando derecho alguno a favor del premiado propuesto hasta el otorgamiento del premio mediante Resolución de la Teniente de Alcalde Delegada de Cultura.

Contra la resolución de la Tte. Alcalde del área de Cultura se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acuerdo, conforme al artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme al artículo 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

8. ACEPTACIÓN DE LA CONVOCATORIA POR LOS INTERESADOS Y DETERMINACIÓN DEL FUERO.

La presentación a este certamen literario no genera derecho alguno a sus participantes hasta que haya sido otorgado el premio por Resolución de la Tte. Alcalde Delegada del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

Los efectos de todos los actos de trámite dictados en este Premio Literario se entenderán condicionados a que al emitirse la resolución de concesión, mediante el fallo del Jurado y su posterior ratificación por la Tte. Alcalde Delegada del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, subsistan las mismas circunstancias de hecho y de derecho existentes en el momento en que fueron producidos dichos actos.

La presentación a este concurso supone la aceptación de la presente convocatoria, y de las normas recogidas en las bases de ejecución del presupuesto vigente, en particular la base 34, así como el compromiso del autor de no retirar la obra antes del fallo, aceptar el premio si le fuera concedido, o reintegrarlo si no se cumplen los requisitos que se establece en la convocatoria, así como suscribir cuantos documentos fueran necesarios para el cumplimiento de esta convocatoria.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, los datos facilitados pasarán a formar parte de la actividad de tratamiento de premios y subvenciones, responsabilidad del Área de Cultura, con la finalidad de gestión y tramitación de las convocatorias de premios, concursos y subvenciones. El participante tendrá derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, y otros derechos como se explica en la información adicional disponente en:

malaga.eu/lopd/cultura-subvenciones20200422.pdf

El área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga y el jurado resolverán las cuestiones no previstas en la presente convocatoria, disponiendo de capacidad de interpretación a cuantos efectos proceda.

La participación en el premio supone la autorización expresa al Ayuntamiento de Málaga para dar publicidad al premio en los diferentes medios de comunicación, pudiendo aparecer los nombres e imagen del premiado.

El Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga, podrá publicar como consideren oportuno la novela premiada y no devolverán originales ni mantendrán correspondencia con los autores.

Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial, las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y tribunales de Málaga.

No se devolverán los trabajos presentados, procediéndose a la destrucción de los no premiados o finalistas.

9. RÉGIMEN JURÍDICO.

Esta convocatoria se regirá por las presentes bases, por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local 7/1985, de 2 de abril; la Ley del Procedimiento administrativo común 39/2015, de 1 de octubre.

En todo caso será de aplicación a la presente convocatoria lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga del año 2022, concretamente lo dispuesto en la Base 34.

 

Fuente / Anexo

 







 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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Alejandro Morellón participando, Alberto Olmos como jurado. A ver quién gana...

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