XXII CERTAMEN DE DECLARACIONES DE AMOR "DIME QUE ME QUIERES" 2022 (España)



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XXII CERTAMEN DE DECLARACIONES DE AMOR "DIME QUE ME QUIERES" 2022 (España)

08:06:2022

Género:   Relato

Premio:   1.000 € y publicación

Abierto a:  personas de nacionalidad española, residentes en España o en el extranjero, o personas de cualquier otra nacionalidad que tengan fijada su residencia legal en España

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Málaga

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  08:06:2022

 

BASES

 

El plazo de participación es del 11 de abril hasta el 8 de junio ambos inclusive.
www.escritores.org

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DEL XXII CERTAMEN DE DECLARACIONES DE AMOR "DIME QUE ME QUIERES". AÑO 2022.

PRIMERA.- OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tienen por objeto regular los Premios del XXII CERTAMEN DE DECLARACIONES DE AMOR "DIME QUE ME QUIERES" 2022 del Área de Cultura, para el ejercicio de 2022, en régimen de concurrencia competitiva.

La finalidad del certamen es fomentar la lectura y escritura, el libro y las bibliotecas.

Esta convocatoria se publicaráíntegramente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), según lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa con entrada en vigor el 1 de enero de 2016.

SEGUNDA.-BENEFICIARIOS Y CAUSAS DE EXCLUSIÓN

Con el objetivo de fomentar la producción literaria malagueña se establecen dos modalidades de participación:

Local: personas residentes en Málaga y provincia y las personas nacidas en Málaga, cualquiera que sea su lugar de residencia.

Nacional: personas de nacionalidad española, residentes en España o en el extranjero, así como personas de cualquier otra nacionalidad, siempre que tengan fijada su residencia legal en España.

Requisitos para participar y causas de exclusión:

1- El interesado podrá participar por una única modalidad y con un único relato participante, siendo excluyente la participación en una modalidad respecto a la otra.
2- Las personas participantes han de ser mayores de 18 años y no haber sido premiadas con el Primer Premio en ediciones anteriores.
3- No podrán obtener la condición de beneficiarios de los premios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4- Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria aquellas personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Málaga, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
5- Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Art. 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6- Quedan excluidos los participantes que aporten las declaraciones mediante un seudónimo que contenga elementos identificativos de su nombre y que permita identificar a su autor.
7- Se excluirán aquellos relatos que hayan sido premiados o estén pendientes de obtener un fallo.
8- Se excluirán aquellas solicitudes de participación así como relatos participantes que se hayan presentado en forma extemporánea, esto es fuera de plazo.
9- La no aportación de la documentación fiscal requerida al efecto, así como, la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la Ley, será causa de exclusión automática del premio.

TERCERA.- REQUISITOS DE LAS DECLARACIONES, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

1. Los relatos deberán ser inéditos y redactados en español.

No haber sido premiados, ni hallarse pendientes de fallo en cualquier otro concurso.

Deberán tener una extensión mínima de cinco páginas y máxima de diez (a estos efectos no computará la hoja que, en su caso, constituya la portada). El relato se presentará en formato DIN A-4, con interlineado de 1,5, preferentemente en letra Times New Roman, tamaño 12 y por una sola cara.

2. Las Declaraciones de Amor se presentarán preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga conforme al trámite específicamente creado y publicado al efecto: sede.malaga.eu/es/tramitacion/detalle-del-tramite/index.html?id=424

La presentación consistirá:

Vía Telemática: se accederá a través del siguiente enlace: sede.malaga.eu/es/tramitacion/detalle-del-tramite/index.html?id=424

Deberá cumplimentarse adecuadamente la solicitud al efecto, entre cuyos datos se incluyen título de la obra y seudónimo.

A este respecto, el participante elegirá un seudónimo que preserve en todo momento su anonimato, de forma que, dicho seudónimo no se corresponda con abreviaturas, acrónimos o juego de palabras, que sean fácilmente identificables con sus datos personales, especialmente los relativos al nombre y apellidos.

A continuación, deberá incorporarse el relato participante, mediante archivo adjunto, el cual deberá nombrarse con el TÍTULO DE LA OBRA y SEUDÓNIMO (los mismos que los indicados en la solicitud), debiendo cumplir el archivo los requisitos de formato –pdf- y tamaño indicados al acceder al trámite.

El mencionado archivo no deberá contener ningún dato personal o identificativo del autor/a, quedando, en caso contrario, excluida su participación.

Otras vías de presentación:

Asimismo, podrán presentarse, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común, conforme al cual:

"Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes".

En caso de presentación presencial, la solicitud de participación (disponible en el enlace arriba indicado) debidamente cumplimentada, junto con el relato, deberá dirigirse a la Sección de Bibliotecas; Edf. Del Archivo Municipal; Alameda Principal 23; 29001, Málaga, en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del concurso: "DIME QUE ME QUIERES"; Certamen de declaraciones de amor, especificando la modalidad a la que se presenta (local o nacional).

El sobre cerrado deberá contener:

- Por una parte, la solicitud de participación debidamente cumplimentada y firmada, entre cuyos datos se incluyen título de la obra y seudónimo.
- Y, por otra, el relato participante encabezado con el título de la obra y seudónimo, debidamente paginado, sin grapar, sin coser, ni encuadernar, en perfectas condiciones de legibilidad y sin la firma del autor/a o dato que revele la identidad de éste.

A este respecto, el participante elegirá un seudónimo que preserve en todo momento su anonimato, de forma que, dicho seudónimo no se corresponda con abreviaturas, acrónimos o juego de palabras, que sean fácilmente identificables con sus datos personales, especialmente los relativos al nombre y apellidos.

3. El plazo de presentación de la solicitud de participación junto con el relato participante será de cuarenta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.

Una vez recibidas las solicitudes de participación junto con los relatos participantes, se publicará un anuncio, tanto en la sede electrónica como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Málaga, el cual contendrá las solicitudes admitidas, las solicitudes susceptibles de ser subsanadas por los interesados y aquellas solicitudes excluidas por no ser subsanable el error en que incurren.

A estos efectos, se considerarán causas de exclusión las contenidas en el punto 2 de las presente convocatoria.

Por otra parte, serán considerados como defectos subsanables aquellos que hagan referencia a algún tipo de error u omisión en la cumplimentación de los datos requeridos en la solicitud, así como, la ausencia de firma en dicha solicitud o, en su caso, no estar debidamente acreditada la representación.

En aquellos casos en que el defecto sea subsanable, el interesado dispondrá de un plazo improrrogable de 10 días hábiles para subsanar a partir de la publicación del anuncio.

Una vez transcurrido dicho plazo, se publicará un nuevo anuncio con el listado definitivo de participantes y de excluidos.

CUARTA.- PREMIOS Y CUANTÍA

Se otorgarán los siguientes premios:

UN PRIMER PREMIO a la obra ganadora en la modalidad nacional: 1.000 euros. UN PRIMER PREMIO a la obra ganadora en la modalidad local: 1.000 euros.

Los premios estarán sujetos a las retenciones legales vigentes (IRPF).

Se publicarán los 5 primeros trabajos seleccionados de cada modalidad. Se otorgará trofeo conmemorativo.

QUINTA.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

El importe de los créditos presupuestarios que han de financiar la presente convocatoria, asciende a la cuantía total máxima de dos mil euros (2.000,00 €), con cargo a la partida 01.3321.48100 P.A.M. 4035 del Presupuesto para el ejercicio 2022 del Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga.

De conformidad con lo regulado en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, la concesión de este premio queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión de los premios.

SEXTA.- JURADO Y CRITERIOS DE VALORACIÓN

El jurado estará formado por un presidente/a que dispondrá, en caso de empate, de voto de calidad y 3 vocales provenientes de los distintos sectores que componen el mundo de las letras. Las funciones de Secretaría recaerán en un funcionario, técnico de administración general, adscrito al Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga.

La determinación de los miembros del jurado se dicta mediante Resolución de la Teniente de Alcalde delegada del Área de Cultura, conforme a las indicaciones realizadas por el Interventor General. Esta resolución será publicada en el Tablón de Edictos Municipal y en la Sede Electrónica Municipal.

Una vez recepcionadas las solicitudes de participación, tanto las presentadas telemáticamente como las presentadas por la vía del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se remitirán al jurado, por parte de su secretario, únicamente las obras cuyas solicitudes se hayan admitido por cumplir los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no hayan incurrido en ningún supuesto de exclusión, respetando en todo momento el anonimato de los autores.

En la evaluación de las obras presentadas por los solicitantes, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración: originalidad, belleza literaria y buen uso y corrección del idioma.

Las deliberaciones del Jurado son secretas y su fallo será inapelable. El Jurado elegirá una sola obra ganadora y cuatro finalistas por cada modalidad.

A continuación se procederá a comprobar, de forma inmediata, que los premiados reúnen los requisitos legales para la concesión del premio. Para ello, la solicitud de participación conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (tanto en el ámbito estatal como local) y con la Seguridad Social. Cuando el participante hubiera denegado expresamente el consentimiento en la solicitud de participación deberá aportar las certificaciones antes referidas.

Constatado el cumplimiento de los requisitos, el Ayuntamiento de Málaga comunicará personalmente a las personas premiadas y finalistas el fallo del jurado a través del medio de notificación elegido en su solicitud de participación. Así mismo, se publicará un Anuncio con los ganadores y finalistas en la página Web del Ayuntamiento de Málaga y a través de los diferentes medios de comunicación (tablón de edictos y sede electrónica), conforme a lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Los miembros del Jurado o las personas ganadoras del Premio y finalistas no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral antes del momento en que el Ayuntamiento de Málaga lo haga público.

Los premios podrán quedar desiertos a juicio del Jurado.

Los ganadores del primer premio de cada modalidad deberán entregar un documento de "Aportación de datos bancarios", (el cual se facilitará, en su momento, por el órgano gestor), en el que conste el dato de titularidad de la cuenta bancaria de la persona premiada. Este documento deberá ser debidamente cumplimentado y firmado así como validado por la entidad bancaria.

Si el autor premiado no es español y /o no es residente fiscal en España, tendrá que aportar el certificado de residencia emitido por la autoridad fiscal de su país a fin de evitar la doble imposición internacional en materia de retenciones tributarias.

La no aportación de esta documentación fiscal requerida al efecto, así como, la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la Ley, será causa de exclusión automática del mismo.

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Dirección General de Cultura, y la de resolución o concesión del premio corresponde a la Teniente de Alcalde delegada del Área de Cultura.

El fallo del jurado no creará derecho a favor del premiado propuesto, hasta que el premio sea decretado por Resolución de la Teniente de Alcalde delegada del Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga.

Contra la resolución de la Tte. Alcalde del Área de Cultura se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acuerdo, conforme al artículo 123 y 124 de la Ley del procedimiento administrativo común 39/2015, o bien recurso contencioso administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme al artículo 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativo.

SÉPTIMA.- ENTREGA DE PREMIOS

La entrega de premios a los MEJORES RELATOS DE AMOR tendrá lugar, junto con la presentación de la publicación que recoge las obras de los ganadores y finalistas de este Certamen, en acto oficial.

El día y la hora se darán a conocer con suficiente antelación. Todo ello se realizará siempre y cuando no se den circunstancias que lo impidan provocadas por la pandemia del COVID-19.

OCTAVA.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos facilitados pasarán a formar parte de la actividad de tratamiento de gestión de bibliotecas, responsabilidad del Área de Cultura, con la finalidad de gestionar y controlar los servicios bibliotecarios, donaciones y premios. Existirá, en todo momento, derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos facilitados.

La participación en este concurso supone la aceptación íntegra de las presentes Bases, de las que el Jurado tendrá la capacidad de interpretación a cuantos efectos proceda.

Las obras ganadoras y finalistas quedarán en propiedad del Ayuntamiento de Málaga, pudiendo disponer de la misma para uso y reproducciones de cualquier tipo que precisen, sin limitación alguna y sin que el autor pueda efectuar ningún tipo de reclamación.

La participación en el certamen supone la autorización expresa al Ayuntamiento de Málaga para dar publicidad al premio en los diferentes medios de comunicación, pudiendo aparecer los nombres e imagen tanto de los aspirantes como de los premiados.

No se devolverán los trabajos presentados, procediéndose a la destrucción de los no premiados o finalistas.

NOVENA.- RÉGIMEN JURÍDICO

Esta convocatoria se regirá por las presentes Bases, por la Ley 38/ 2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga para cada ejercicio (base de ejecución 34ª del presupuesto 2022); La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.



 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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