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XXVII PREMIO INTERNACIONAL DE RELATOS CORTOS JOSÉ NOGALES 2021 (España)
30:10:2021
Género: Relato
Premio: 6.000 €
Abierto a: escritores/as nacionales y extranjeros/as
Entidad convocante: Diputación de Huelva
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 30:10:2021
BASES
1. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la regulación del XXVII Premio Internacional de Relatos Cortos José Nogales, que tienen como objetivo promover e incentivar la producción literaria en el ámbito de la narrativa, conforme a las competencias legalmente atribuidas a la Diputación Provincial.
www.escritores.org
2. Normativa.
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre de 2003).
• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006).
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva. (Boletín Oficial de la Provincia de Huelva nº 136 de 18 de julio de 2016).
• Base 28 de las Bases de Ejecución del Presupuesto en vigor.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de Derecho Privado.
3. Personas Beneficiarias.
1. Podrán presentarse todos los/as escritores/as nacionales y extranjeros/as que lo deseen y cumplan la presente convocatoria, excepto los/as ganadores/as de ediciones anteriores.
2. Cada autor/a presentará un máximo de tres cuentos.
3. No podrán optar al premio las personas físicas que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y concordantes de su Reglamento.
4. Textos.
1. Los cuentos, de tema libre y escritos en lengua castellana, serán originales, inéditos y no presentados –con el mismo o distinto título- a ningún otro certamen pendiente de resolución.
2. Los trabajos se presentarán por triplicado, impresos a doble espacio (tipo de letra Times New Roman, cuerpo 12) por una sola cara. La extensión no excederá los 15 folios ni será inferior a 8.
5. PREMIOS. Presupuesto total y aplicación presupuestaria
1. Se establece un único premio de 6.000,00 € para el texto ganador, sujeto a la legislación fiscal vigente. Esta cuantía se imputará a la aplicación 44420.33400.48902 del presupuesto de la Diputación Provincial de Huelva, en vigor.
2. El premio podrá ser declarado desierto.
La dotación económica estará sometida a las retenciones fiscales que, en su caso, procedan legalmente.
6. Procedimiento de selección.
Se establece un procedimiento de selección que se realizará en régimen de concurrencia competitiva según lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
7. Presentación de solicitudes y plazos.
1. El plazo de presentación será hasta el día 30 de octubre de 2021. Se entenderán en plazo aquellas solicitudes con matasellos de Correos hasta esa fecha.
2. Las solicitudes se entregarán exclusivamente:
Por envío postal en el Servicio de Cultura (publicaciones) de Diputación de Huelva, sito en C/ Fernando el Católico, 20 1ª Planta. 21001 Huelva-España, indicando en el sobre XXVII Premio Internacional de Relatos Cortos José Nogales.
8. Documentos e información que deben acompañar a la solicitud.
1. Se acompañarán dos sobres con el siguiente contenido: Primer sobre:
• Copia en papel del cuento, que se identificará solamente con el título
y el lema, careciendo de firma o de cualquier otro detalle que pudiera desvelar algún dato de identidad.
Segundo sobre, con indicación del lema:
• Anexo I y II debidamente cumplimentado.
• Declaración de la persona participante en la que asegure no tener comprometidos los derechos de la obra presentada y que no ha sido publicada antes o durante el proceso de selección y hasta el momento del fallo del jurado.
• Una fotocopia del NIF, NIE o pasaporte en vigor.
2. No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria.
3. Serán descartados de forma automática los envíos con datos y archivos incompletos, incorrectos o dañados que no permitan la valoración de la obra presentada.
4. La firma de la solicitud ANEXO I supondrá la declaración responsable respecto a que:
a) La obra presentada es original e inédita.
b) Cumple con todos los requisitos exigidos para ser beneficiaria del Premio de conformidad con el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y los de esta convocatoria.
c) No estar incurso en procedimiento de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Excma. Diputación de Huelva o demás entes dependientes de la misma.
d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Excma. Diputación de Huelva y la Seguridad Social.
e) Que todos los datos reflejados en la solicitud son ciertos.
5. La presentación de la solicitud conlleva la autorización de la persona solicitante, y en su caso, de su representante legal, para que los datos personales contenidos en ella puedan ser tratados de forma automatizada e incorporados a los ficheros correspondientes.
En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de protección de datos se informa que la entidad responsable de la recogida y tratamiento de sus datos es la Excma. Diputación Provincial de Huelva, NIF P2100000E. Esta recogida está legitimada y tiene por finalidad la gestión de la solicitud de subvención, conforme a las obligaciones legales para este tipo de procedimiento, en el ejercicio de una función pública. Los datos serán tratados por las unidades y servicios de la Excma. Diputación de Huelva, no cediéndose a terceros, salvo prescripción legal o judicial. Las personas solicitantes y titulares de los datos que se van a facilitar tienen, entre otros, derecho a acceder, rectificar y suprimirlos con las limitaciones que la ley establece. Estos derechos se pueden consultar en la información adicional publicada en la dirección web: diphuelva.es/contenidos/Protección-de-Datos
El contacto del Delegado de Protección de Datos de la Diputación de Huelva es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
9.Órganos competentes para la instrucción.
El Servicio de Cultura de la Excma. Diputación de Huelva actuará como Servicio instructor del Premio.
10. Jurado.
1. La Presidencia de la Excma. Diputación de Huelva designará un Jurado compuesto por personas de reconocido prestigio y debidamente cualificadas vinculadas al campo del las letras, la crítica literaria y/o la docencia. Actuará como Secretario/a, con voz pero sin voto, una persona técnica de la Excma. Diputación de Huelva.
2. El fallo del Jurado será inapelable. Conforme al mismo la Presidencia de la Excma. Diputación de Huelva dictará resolución definitiva.
3. Se reserva el derecho a dejar desierto este Premio
4. Participar en esta convocatoria supone la aceptación de estas bases, cuya interpretación final quedará a juicio del Jurado.
11. Criterios de valoración.
Los proyectos presentados serán valorados, dicha valoración quedará recogida en el Acta del Jurado.
12. Fases del procedimiento.
1. Presentada las solicitudes y finalizado el plazo de presentación, se reunirá el Jurado, con el/la Secretario/a designado/a para la valoración de las obras presentadas y la concesión del premio. Se levantará Acta de dicha valoración.
2. La Diputación no mantendrá correspondencia con las personas participantes en este certamen y tampoco se devolverán los originales no premiados, que serán destruidos tras el fallo del jurado.
3. El acto oficial de entrega se hará en torno a la segunda quincena de diciembre de 2021, contando con la presencia de la persona ganadora del premio e incluyendo la presentación impresa del relato vencedor. Dicha concesión se publicará, igualmente, en la web del Servicio de Cultura, en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva y en la BDNS.
4. El plazo para la Resolución máximo será de 6 meses a partir de la fecha de publicación de la convocatoria. Si no se ha resuelto se declarará desierto.
5. La aceptación se entenderá implícita en la recogida del Premio del mismo modo la no comparecencia a dicho acto se entenderá como renuncia, salvo causas justificadas admitidas por la Diputación.
6. La persona ganadora del Premio junto a la aceptación deberá aportar Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente, así como
también deberá estar al corriente de sus obligaciones económicas con la Excma. Diputación de Huelva.
13. Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias.
1. El/la autor/a cede los derechos de la primera edición de la obra premiada a la entidad convocante, que podrá publicarla en la forma que considere oportuna.
2. La organización asumirá exclusivamente los gastos de alojamiento y manutención del ganador o ganadora del premio.
14. Concurrencia y compatibilidad con otras Becas o Premios.
La obra a presentar deberá ser inédita. No debiendo haber sido presentada, ni premiada en ningún otro certamen, ni estar pendiente de fallo en otro Premio; así como tampoco, haber sido exhibida ni registrada.
La persona premiada puede recibir ayudas públicas por cualquier otro concepto pero se declaran incompatibles todas aquellas destinadas al mismo fin sea cual sea la Administración otorgante.
15. Reintegro y graduación de incumplimientos.
1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés legal del dinero mas el 25% correspondiente desde el momento del pago del premio hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El procedimiento de reintegro del Premio se regirá por las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de las especialidades que se establecen en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento que la desarrolla.
3. Este procedimiento se iniciará por resolución de la Presidencia de la Excma Diputación de Huelva, tras propuesta motivada del órgano que instruyó el Premio o por el órgano que fiscalice las ayudas concedidas.
16. Devolución voluntaria del importe del premio aplicado.
1. Las personas beneficiarias podrán devolver de forma voluntaria el Premio recibido, por no aplicarse a la finalidad a la que fue destinada. El ingreso se efectuará en la cuenta de la que es titular la Excma. Diputación de Huelva: ES60.2100.7215.6422.0011.2718.
2. La cuantía se incrementará con el interés de demora, calculado desde el día de la recepción del Premio hasta la fecha de la devolución, y se aplicará para su cálculo lo previsto en el artículo 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. No se entenderá como voluntaria la devolución de cantidades una vez notificado el inicio de la acción de reintegro.
17. Infracciones y Sanciones
1. El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. La imposición de las sanciones en materia de subvenciones se efectuará mediante expediente administrativo en el que, en todo caso, se dará audiencia a la persona interesada antes de dictarse el acuerdo correspondiente y que será tramitado conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. El expediente administrativo sancionador a que se refiere el punto anterior será el regulado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en relación con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, tanto en su modalidad de ordinario como simplificado, con las especialidades contempladas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Reglamento que la desarrolla.
18. Anexo de la convocatoria.
Se acompaña como Anexo a la presente convocatoria:
ANEXO I: SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN.
ANEXO II: ACEPTACIÓN DEL PREMIO.
ANEXO III: FORMULARIO DE AUTORIZACIÓN/OPOSICIÓN A LA VERIFICACIÓN DE DATOS MEDIANTE EL USO DE SISTEMAS DE INTERMEDIACIÓN. (Autorización para que la Diputación obtenga documentación legal de la persona ganadora).
Fuente y Anexos: www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/576679
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.