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XVII CERTAMEN DE RELATO CORTO - XVI CERTAMEN DE POESÍA DE MIAJADAS 2020 (España)
12:01:2021
Género: Relato, poesía
Premio: 600 €
Abierto a: sin restricciones
Entidad convocante: Ayuntamiento de Miajadas
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 12:01:2021
BASES
BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE “XVII CERTAMEN DE RELATO CORTO” Y “XVI CERTAMEN DE POESÍA” DE MIAJADAS PARA EL AÑO 2020.
1. Bases Reguladoras.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
La Concejalía de Cultura y la Universidad Popular del Ayuntamiento de Miajadas convocan el “XVII Certamen de Relato Corto” y el “XVI Certamen de Poesía” de Miajadas para el año 2020, conforme a la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 25.2 incluye entre las competencias municipales la educación y la cultura. Asimismo la reciente Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura atribuye a los municipios como competencias propias las de: “Ordenación, planificación, programación y promoción de la cultura y de actividades culturales” (art. 15.4º) y “Participación en la programación de la enseñanza” (art. 15.5º).
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas que hayan obtenido mayor valoración.
2. Créditos Presupuestarios.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes:
Partida Presupuestaria 330/48100, en la cual existe crédito disponible por el importe de 600 € en el 2020; debiéndose habilitar crédito necesario hasta cubrir el gasto en el ejercicio 2021.
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 2.400,00 €; tres premios para cada modalidad: un primero dotado de 600 €, un segundo de 300 € y un accésit local de 300 €.
Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.
La fijación y utilización de esta cuantía adicional estará sometida a las reglas del artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención
La subvención tiene por finalidad:
Este certamen tiene una triple finalidad: continuar otorgando un premio de reconocido prestigio a escritores y escritoras con trayectoria profesional, promocionar la literatura producida por escritores y escritoras nacional e internacional y alentar en su carrera a los más jóvenes de entre nuestros vecinos locales que comienzan a escribir.
Constituyen el objeto de la presente subvención:
Las modalidades objeto de la convocatoria son: Relato Corto y Poesía.
La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
4. Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlos
Las personas interesadas entregarán sus trabajos presencialmente o bien por correo postal, en la Universidad Popular del Ayuntamiento de Miajadas, ubicada actualmente en el Complejo Cultural “Palacio Obispo Solís” (Calle Real s/n). La forma y los requisitos son los establecidos a continuación:
a. Los trabajos deberán contener una Portada. En dicha portada deberá aparecer el título de la obra y el seudónimo del autor. De cada obra se presentarán seis copias en papel, mecanografiadas o escritas a ordenador (letra “Times New Roman”, tamaño 12), en papel DIN A-4, a doble espacio, escrita a una o dos caras (opcional).
b. Dichos ejemplares han de ser inéditos y deberán presentarse anónimamente, entregándose en un sobre cerrado, en cuyo exterior se especificará “XVII Certamen de Relato Corto” o “XVI Certamen de Poesía”. Se indicará también el título del trabajo y el seudónimo.
c. En el interior del sobre se incluirá otro sobre cerrado, en cuyo exterior deberá reflejar el premio al que se presenta, el título del trabajo y el seudónimo. En su interior, deberán detallar los siguientes datos personales del autor:
• Nombre y apellidos.
• Fotocopia del D.N.I.
• Domicilio.
• Email.
• Teléfono.
• Declaración Jurada del autor donde conste que la obra que presenta al certamen no ha sido premiada, publicada ni presentada simultáneamente a otro concurso.
• Declaración responsable conforme al modelo del Anexo I.
d. La extensión mínima será de 4 folios y la máxima de 10, sin contar con la portada, para las solicitudes del "XVII Certamen de Relato Corto".
e. Hay libertad de tema y forma, respetando letra y tamaño, con una extensión máxima de 40 versos, para las solicitudes del "XVI Certamen de Poesía".
5.Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento.
El órgano competente para la instrucción del expediente será el personal técnico designado a tal efecto por la titular de la Concejalía de Cultura, en este caso, la Técnico Gestora Cultural.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será el Alcalde.
6. Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo desde el jueves, 12 de noviembre de 2020 y concluirá a las 13:00 horas del martes, 12 de enero de 2021.
En cuanto a la documentación, será le contenida en la base 5.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
7. Propuesta de resolución provisional, resolución definitiva, plazos y notificación.
Una vez evaluadas las solicitudes, por el órgano instructor se formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que será notificada a los interesados, concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
Tras examinar las alegaciones si las hubiera, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
La propuesta de resolución definitiva, cuando resulte procedente de acuerdo con las bases reguladoras, se notificará a los interesados que hayan sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazo máximo de 3 días naturales comuniquen su aceptación.
Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, el órgano competente resolverá el procedimiento. La resolución, además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes.
El plazo máximo de resolución y notificación será de 1 mes.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
8. Fin de la Vía Administrativa.
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9. Jurado.
El Jurado estará designado por la Concejalía de Cultura y la Universidad Popular de Miajadas.
10. Fallo.
El fallo del Jurado se hará público durante la Gala Literaria de entrega de premios, que, si la situación sanitaria lo permite, se celebrará el viernes, 16 de abril de 2021, a la hora y en el lugar que debidamente se anunciará.
La semana anterior a dicha Gala se publicarán los títulos de los cinco trabajos finalistas. La comunicación se hará a través de RTV Miajadas, web y Facebook del Ayuntamiento de Miajadas, y en el Twitter @CulturaMiajadas.
Es imprescindible que acudan a la Gala Literaria los cinco finalistas o los representantes en quienes estos deleguen. Si los premiados no estuvieran presentes en el momento del fallo del Jurado, los premios quedarían desiertos. Sólo si la situación sanitaria lo impidiese, la organización buscaría una solución alternativa.
11. Premios.
El “XVII Certamen de Relato Corto” y el “XVI Certamen de Poesía” constan de tres premios para cada modalidad: un primero dotado con 600 euros, un segundo de 300 euros y un accésit local de 300 euros.
Los premios serán indivisibles.
El primer premio, dotado con 600 euros, al superar el importe de 300€ estará sometido, como regla general, a una retención fiscal del 19% sobre la base imponible (600€), al tener consideración de ganancia patrimonial, en virtud de los artículos 101.7 Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, como el artículo 99 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero. Excepcionalmente, si el premio es obtenido como consecuencia del desempeño de una actividad profesional (Ej. escritor/a), tendría la consideración de rendimiento del trabajo, en cuyo caso estaría sometido el premio a una retención fiscal del 15%.
El segundo premio (300€) y el accésit local de 300€, no están sometidos a retención fiscal conforme con el 75.3.f) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
El Jurado tiene capacidad para declarar desierto cualquiera de los premios.
12. Obra Premiada.
Los ganadores deberán proporcionar la obra en soporte informático, en un plazo inferior a diez días a la entrega del premio.
El Ayuntamiento de Miajadas podrá hacer uso exclusivo de las obras ganadoras para su publicación y representación por un periodo de tres años a partir de hacerse público el fallo del Jurado. Transcurrido este periodo, los autores podrán publicarlas o representarlas libremente, debiendo, en todo caso, hacer referencia al premio conseguido.
13. Trabajos No Premiados.
No se mantendrá correspondencia sobre la documentación presentada por los participantes, y los trabajos no premiados serán destruidos una vez producido el fallo, a fin de garantizar los derechos de los autores sobre la originalidad de la obra.
14. Medios de notificación o publicación.
Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15. Sometimiento a las Bases.
La participación en el certamen supone la aceptación íntegra de las bases que lo regulan. Todas las incidencias no contempladas en las bases serán resueltas por el jurado calificador, cuando éste quede constituido. La organización del premio se reserva el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones de la presente convocatoria, incluso su posible cancelación antes del plazo fijado, siempre que concurra con causa justa para ello, comprometiéndose a comunicar las nuevas bases, condiciones de la convocatoria o su anulación definitiva.
Fuente y Anezo: miajadas.org/2020/11/xvii-certamen-de-relato-corto-y-xvi-certamen-de-poesia/
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.