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III CERTAMEN LITERARIO JUVENIL "VILLA DE ALMORADÍ" 2019 (España)
22:11:2019
Género: Relato, ensayo, infantil y juvenil
Premio: Lote de libros y/o material didáctico por valor de 300 € y diploma
Abierto a: alumnado cursando estudios de 3º o 4º de Educación Secundaria Obligatoria, o de 1º o 2º de Bachillerato, natural o residente en la Comarca de la Vega Baja del Segura
Entidad convocante: Ayuntamiento de Almoradí
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 22:11:2019
BASES
“CONVOCATORIA DEL III CERTAMEN LITERARIO JUVENIL “VILLA DE ALMORADÍ” EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, ANUALIDAD 2019.
Primero. La presente convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios del III Certamen Literario Juvenil “Villa de Almoradí”, se rige por las bases reguladoras que fueron aprobadas por el pleno municipal el 30 de mayo de 2018, cuyas bases reguladoras se encuentran publicadas íntegramente en el BOP 150 de 7 de agosto de 2019.
Segundo. El importe total que el Ayuntamiento de Almoradí destinará a los premios en especie en la presente convocatoria asciende a 600 euros, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 330-22609 del Presupuesto General de 2019.
Tercero. Los premios se dirigen a promover la cultura. Adicionalmente, se dirigen a fomentar la creatividad literaria, fomentar la participación de personas jóvenes con inquietudes literarias, apoyar a los escritores jóvenes interesados en los relatos cortos, fomentar el hábito de la lectura, así como colocar al municipio de Almoradí en el ámbito de la promoción literaria.
Cuarto. Podrá participar en el III Certamen Literario Juvenil “Villa de Almoradí” el alumnado de nacionalidad española o extranjera, que se encuentre cursando estudios de 3º o 4º de Educación Secundaria Obligatoria, o de 1º o 2º de Bachillerato, que sea natural o residente en la Comarca de la Vega Baja del Segura (Alicante).
Todos los requisitos deberán ser cumplidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
No podrán participar ni obtener la condición de beneficiario de los premios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 3.3 de las bases reguladoras de la concesión de estos premios.
Quinto. Las solicitudes de participación se dirigirán a la señora Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Almoradí. Se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento, o en la forma que determina el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y finalizará el 22 de noviembre de 2019.
Las solicitudes irán firmadas por el menor solicitante, así como por su padre, madre o tutor legal, los cuales autorizan la participación de aquel en el Certamen.
Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación:
• Un sobre cerrado en cuyo interior se incluirán por triplicado ejemplar la/s obra/s literaria/s que se presentan al Concurso (máximo 3 trabajos por autor) haciendo constar en ella/s su título y el seudónimo, así como un dispositivo (CD, pendrive, etc) que contenga la/s obra/s en formato digital. Así mismo, en el interior del sobre se incluirá una plica cerrada, en cuyo exterior figurará el seudónimo y el título/s de la/s obra/s, y en cuyo interior se incluirán los datos de la persona solicitante.
• Fotocopia del documento que acredite la identidad del solicitante (DNI, NIE, Pasaporte, etc).
• Declaración responsable de encontrarse cursando estudios de 3º o 4º de Educación Secundaria Obligatoria, o de 1º o 2º de Bachillerato, así como de ser natural o residente en la Comarca de la Vega Baja del Segura (Alicante).
• Declaración responsable de que las obras literarias que presenta al Concurso son inéditas y no han sido presentadas ni premiadas en ningún otro certamen o concurso con anterioridad.
• Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, con el Ayuntamiento de Almoradí y con la Seguridad Social.
• Declaración de no encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias de prohibición para obtener la condición de beneficiario de ayuda o subvención, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento.
Las declaraciones responsables a que se refiere el apartado anterior podrán incorporarse al contenido de la solicitud o adjuntarse a la misma como documentos independientes. El Ayuntamiento pondrá a disposición de los interesados un modelo oficial de solicitud, en el que se recogerán las declaraciones responsables a que se refiere el apartado anterior. Este modelo oficial se publicará en la página web oficial del Ayuntamiento de Almoradí y también estará disponible en la oficina de Registro General.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Almoradí obtenga de forma directa la acreditación de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos.
No cabe la posibilidad de reformulación de solicitudes prevista en el artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Las obras literarias que se presenten al Certamen han de ajustarse a los siguientes requisitos:
• Han de ser inéditas.
• No han debido ser presentadas ni premiadas en ningún otro certamen o concurso con anterioridad.
• Adoptarán el formato de ensayo, relato o cuento.
• Su extensión será de un mínimo de 3 folios y un máximo será de 5 folios A4 a una cara, letra Arial, tamaño 9 ó 10.
• Estarán escritas en lengua castellana.
• La temática girará en torno a la igualdad de género.
Séptimo. Las categorías y las cuantías de los Premios del III Certamen Literario Juvenil “Villa de Almoradí” serán:
• Categoría de alumnado de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria: un lote de libros y/o material didáctico de libre elección por la persona ganadora, de un establecimiento comercial ubicado en la localidad, por un valor máximo de 300 euros, y diploma a la obra ganadora.
• Categoría de alumnado de 1º y 2º de Bachillerato: un lote de libros y/o material didáctico de libre elección por la persona ganadora, de un establecimiento comercial ubicado en la localidad, por un valor máximo de 300 euros, y diploma a la obra ganadora.
Estos premios no podrán ser canjeados por su valor económico bajo ninguna circunstancia, ya que será el establecimiento proveedor el que facturará al Ayuntamiento los libros y/o material didáctico.
Octavo. Las solicitudes serán valoradas en base a los siguientes criterios:
1. Creatividad y originalidad de la obra.
2. Calidad literaria y estilo de la obra.
Noveno. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Concejal de Cultura.
La valoración de las obras literarias corresponderá a un jurado que tendrá la siguiente composición:
a) Actuará como presidenta la Concejal de Cultura, sin voto.
b) Actuarán como vocales un número impar personas relacionadas profesionalmente con la cultura.
c) Actuará como secretario un empleado público del Ayuntamiento de Almoradí.
Corresponderá a la Alcaldía-Presidencia mediante decreto la designación de los integrantes del jurado.
Una vez evaluadas las obras literarias, el jurado deberá emitir su fallo en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. El fallo del jurado será inapelable.
El jurado estará facultado para dejar desierto el Certamen cuando las obras presentadas no alcancen la calidad literaria necesaria, o cuando no se haya presentado ningún participante.
Las deliberaciones del jurado serán secretas y se levantará acta de la reunión.
El jurado se reserva la facultad de interpretar las bases reguladoras, así como las normas de esta convocatoria, así como de resolver cualquier imprevisto.
El fallo del jurado se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Almoradí.
Décimo. La resolución del III Certamen Literario Juvenil “Villa de Almoradí” corresponderá a la Alcaldía-Presidencia.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse publicado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud.
La resolución del procedimiento se publicará en el tablón municipal de anuncios y en la página web oficial del Ayuntamiento de Almoradí, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación a los interesados, de conformidad con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los premios concedidos deberán remitirse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Decimoprimero. El fallo del jurado será comunicado a los autores galardonados, los cuales se comprometen a asistir al acto formal de la entrega de premios, excepto por causas justificadas, en cuyo caso delegarán en una persona que presentará autorización firmada por el ganador y fotocopia del documento de identidad del mismo.
Serán por cuenta de los autores ganadores todos los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención que se puedan originar como consecuencia de la asistencia al acto formal de entrega de premios.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para, en caso de ser ganador, ceder los derechos de producción, utilización y difusión de los trabajos ganadores. En la difusión de los trabajos se dejará constancia de la identidad de los autores ganadores.
Decimosegundo. El Ayuntamiento de Almoradí adquiere en exclusiva todos los derechos económicos de propiedad intelectual inherentes a las obras premiadas y podrá libremente proceder a la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación durante el plazo señalado por el art. 26 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, teniendo derecho a expresar las obras por cualquier medio o soporte tangible o intangible, comprendiendo todas y cada una de las modalidades de explotación, incluyendo los derechos de reproducción en cualquier soporte o formato, así como los derechos de distribución y comunicación pública de las obras. Queda expresamente incluida la emisión y transmisión on- line de la obra y su puesta a disposición en las redes interactivas, tipo Internet.
Decimotercero. Contra la presente resolución de la Alcaldía-Presidencia que aprueba la convocatoria del III Certamen Literario Juvenil “Villa de Almoradí” cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Elche en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que ambos se puedan ejercitar de forma simultánea, y todo ello sin perjuicio de que los interesados pueda ejercitar cualesquiera otros recursos que considere procedentes.
Fuente y Anexo: almoradi.sedelectronica.es/board?x=x5kDcOlFpCLJApMG9JrtNo8y0M3mzQsEOafZltODa3chnjfN1CadaWS7fLbrz*bFhmPkYg6n*XJz87EWLEHx27WvSm5hgkyXur2acM99fK8E7lSKXhXcgFcgQzwdlmZG
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.