Concursos Literarios

XXXV PREMIO DE POESÍA EMETERIO GUTIÉRREZ ALBELO 2021 (España)


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XXXV PREMIO DE POESÍA EMETERIO GUTIÉRREZ ALBELO 2021 (España)

31:08:2021

Género:  Poesía

Premio:   4.000 € y edición

Abierto a:  sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Icod de los Vinos

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:08:2021

 

BASES

BASES DEL XXXV PREMIO DE POESÍA EMETERIO GUTIÉRREZ ALBELO, AÑO 2021

PRIMERA. Las presentes bases tienen por objeto regular el concurso literario denominado PREMIO DE POESÍA EMETERIO GUTIÉRREZ ALBELO en
su XXXIV edición, correspondiente al presente año 2021.

www.escritores.org
SEGUNDA. Podrán participar todos los autores interesados, sin limitaciones de ningún tipo (edad, residencia, etc.), salvo que hubieran resultado premiados en anterior edición de este Premio.

TERCERA. Los poemarios deberán reunir las siguientes características:

1) El tema y la métrica serán libres.

2) Deberán estar redactados en castellano.

3) El autor garantizará que la obra presentada:

A) Sea original e inédita. No cumplirán tal requisito las obras que:

a) Hayan aparecido total o parcialmente en alguna publicación impresa.

b) Hayan sido premiadas con anterioridad en algún otro concurso nacional o internacional.

c) Hayan sido presentadas a algún otro certamen cuyo fallo deba producirse antes de la resolución de este Premio.

d) Sean copia, traducción o adaptación de otras obras.

e) Que contengan posibles pasajes o pertenecientes a obras de autoría ajena ( citando referencia ).

f) Tengan los derechos de autor cedidos a terceros, o esté comprometida su cesión futura.

g) No vayan acompañadas de una declaración responsable del participante manifestando ser la persona autora y titular de todos los derechos, de tal manera que el Excelentísimo Ayuntamiento de Icod de los Vinos no se hará responsable de las posibles denuncias por plagio o eventualidad similar que surgiese, recayendo en el participante las acciones legales que procedan y asumiendo , si fuera el caso, las indemnizaciones que pudieran corresponder por los perjuicios ocasionados a otros participantes o a este Ayuntamiento.

B) Que las páginas estén numeradas, sean legibles y tenga una extensión:

a) Para poemarios en verso, de 400 versos como mínimo y 600 versos como máximo y con el siguiente formato: Times New Roman, 12 puntos, espacio entre líneas de 1,5 y 3 cms. los márgenes.

b) Para poemarios en prosa, el límite se establece en un mínimo de 20 páginas y un máximo de 40 páginas y con el siguiente formato: Times New Roman, 12 puntos, espacio entre líneas de 1,5 y 3 cms. los márgenes.

CUARTA. Los autores deberán participar con un único poemario y están obligados, en caso de ser galardonados a:

A) Acudir a la entrega del Premio, que tendrá lugar en la celebración de la Fiesta de Arte de las Fiestas en honor del Santísimo Cristo de El Calvario de Icod de los Vinos, a finales del mes de septiembre del presente año 2021.

B) Realizar una lectura comentada de sus poemas en un acto literario programado por el Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Icod de los Vinos.

C) Realizar una actividad educativa o cultural diseñada por el Excmo. Ayuntamiento de Icod de los Vinos en un plazo de nueve meses desde la concesión del Premio.

QUINTA. Se establece un único premio dotado con cuatro mil (4.000,00) Euros.

El importe del premio, que será indivisible, estará sujeto a la retención legal que proceda en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a la restante normativa fiscal vigente y que sea de aplicación en el momento de su entrega y su pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por el ganador.

SEXTA.

1) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los poemarios se podrán presentar:

A) En el registro electrónico de este Excmo. Ayuntamiento, así como en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 2.1 del referido texto legal.

B) Mediante correo electrónico, que será enviado a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

C) En las oficinas de Correos.

D) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

E) En las oficinas de asistencia en materia de registro.

F) De forma presencial en el Servicio de Atención al Ciudadano de este Excmo. Ayuntamiento.

2) A) En el caso de que se utilicen medios electrónicos, el poemario constará de dos archivos, en el primero de los cuales, titulado "OBRA", debe figurar el poemario en formato PDF, sin mención alguna al autor o al título e identificado sólo con un lema. El poemario debe incluir un índice de partes y poemas.

En el segundo archivo, titulado "PLICA", debe figurar en PDF el lema de la obra enviada al Concurso y su título real, además de los datos del autor: nombre y apellidos, fotografía del D.N.I., breve currículo bibliográfico, teléfono, correo electrónico y una anotación con fecha y firma del autor en la que se declare lo siguiente: "Acepto cumplir con todas y cada una de las bases del Premio".

B) En otro caso, los trabajos serán presentados en formato papel, dina A 4, en sobre cerrado. Tanto los trabajos como el sobre llevarán como única identificación un lema.

Además se incluirá en el interior del referido sobre, otro perfectamente cerrado, identificado igualmente por el mismo lema y en cuyo interior se contendrá el título real de la obra, además de los datos del autor: nombre y apellidos, fotografía del D.N.I., breve currículo bibliográfico, teléfono, correo electrónico y una anotación con fecha y firma del autor en la que se declare lo siguiente: "Acepto cumplir con todas y cada una de las bases del Premio".

SÉPTIMA. El plazo de admisión de los trabajos de los participantes finalizará a las veinticuatro horas del día 31 de agosto de 2021.

OCTAVA. Los poemarios que no resulten premiados serán destruidos y no se mantendrá correspondencia con sus remitentes.

NOVENA. Para la concesión del Premio será designado un Jurado calificador de un máximo de siete miembros presidido por el señor Alcalde-Presidente o Concejal delegada del Área de Cultura de este Excmo. Ayuntamiento o de cinco miembros pertenecientes al mundo de la cultura literaria de Canarias, actuando como Secretario, el de la Corporación o trabajador de este Ayuntamiento en el que delegue.

La composición del Jurado no se conocerá hasta que se emita el fallo.

DÉCIMA. El Jurado calificador designado al efecto se reserva el derecho de declarar desierto el Premio, si observara que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad artístico-literaria precisa.

Así mismo, no tomará en consideración aquellos poemarios originales enviados que no se ajusten estrictamente a las presentes bases, las cuales tienen la facultad de interpretar.

El acta del Jurado se dará a conocer en los distintos medios de difusión y se publicará en la página web y sede electrónica de este Ayuntamiento.

DÉCIMOPRIMERA. Si bien es intención prioritaria de la institución convocante publicar el poemario premiado en una editorial española de poesía consolidada, el Excmo. Ayuntamiento de Icod de los Vinos, siguiendo las indicaciones del Jurado, se reserva el derecho de publicación de la obra premiada en colaboración con editoriales asentadas en el sector.

DÉCIMOSEGUNDA. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales y el Reglamento (UR) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, los participantes dan su consentimiento a este Ayuntamiento para el tratamiento de los datos personales facilitados con los trámites y gestiones del concurso.

DÉCIMOTERCERA. El fallo del Jurado será inapelable y su decisión se comunicará al galardonado.

DÉCIMOCUARTA. Los autores concurrentes al presente Premio aceptan todas y cada una de las bases indicadas.

DÉCIMOQUINTA. Una vez disuelto el Jurado, el Excelentísimo Ayuntamiento de Icod de los Vinos será el órgano competente para solventar cualquier eventualidad.



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XXXV PREMIO DE POESÍA HIPERIÓN (España)

15:12:2019

Género: Poesía

Premio:    Trofeo conmemorativo y edición

Abierto a: autores de hasta 35 años

Entidad convocante: Ediciones Hiperión

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   15:12:2019

 

BASES

 
Ediciones Hiperión convoca el

XXXV Premio de Poesía Hiperión

que se regirá por las siguientes BASES:

1º Podrán concursar a este premio autores de hasta 35 años de edad.

2º Los originales presentados deberán estar escritos en castellano.

3º La extensión y el tema de los libros se dejan al criterio de los autores, que deberán tener en cuenta las dimensiones habituales de los libros de poesía.

4º Los originales presentados deberán ser inéditos.

5º En las primeras páginas del original se harán constar los datos personales y un breve currículum y se adjuntará una fotografía del autor. No se admite la presentación bajo pseudónimo o plica.

6º Los originales se presentarán por triplicado y mecanografiados o impresos.

7º El plazo de presentación ha comenzado el 15 de septiembre y finalizará el 15 de diciembre del 2019.

8º La entrega de los originales se efectuará en el domicilio editorial: calle de Salustiano Olózaga, 14. (28001) Madrid-España, directamente o enviándolos por correo.

9º La composición del jurado se hará pública en el momento de la adjudicación del premio. Sus decisiones serán inapelables.

10º El fallo del jurado se emitirá a finales de marzo del 2020, coincidiendo con el aniversario del nacimiento de Friedrich Hölderlin, el Día de la Poesía y la llegada de la Primavera, comunicándose posteriormente a la prensa y al ganador o ganadores.

11º El libro ganador será publicado en la colección de poesía Hiperión en los meses subsiguientes y su autor percibirá los correspondientes derechos. La editorial le hará entrega igualmente de un trofeo conmemorativo.

13º Los trabajos no premiados no serán devueltos a sus autores, siendo destruidos tras el fallo del jurado.

14º La presentación a este premio supone la aceptación plena de sus bases.


Fuente: www.hiperion.com


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XXXV PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA - ANTONIO BUERO VALLEJO 2020 (España)


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XXXV PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA - ANTONIO BUERO VALLEJO 2020 (España)

18:09:2020

Género:  Teatro

Premio:  6.000 €

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante: Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Guadalajara

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  18:09:2020

 

BASES

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (webpub2.igae.hacienda.gob.es)

Primero. Beneficiarios: Podrán concurrir cuantas personas interesadas lo deseen, de cualquier nacionalidad, y con una sola obra, pudiendo hacerlo de forma individual o colectiva, según la Base 1 de la Convocatoria

Segundo. Objeto: El objeto de la presente convocatoria es el concurso de obras de teatro originales, e inéditas, que no hayan sido premiadas en otros concursos. Los autores serán responsables, ante el Patronato Municipal de Cultura y frente a terceros, del cumplimiento de lo establecido en este punto.

Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones Públicas otorgadas por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus Organismos Autónomos. BOP de Guadalajara núm. 32, del lunes, 14 de marzo de 2016. boletin.dguadalajara.es/images/boletin/2016/03/32_2016-5.html

Cuarto. Cuantía: Se establece un único premio de 6.000,00 euros para la obra ganadora. La dotación presupuestaria total se cifra en 6.000,00 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 334048100 del vigente Presupuesto del Patronato Municipal de Cultura del ejercicio 2020, sujeto a la correspondiente fiscalización, según la normativa vigente, así como a la normativa tributaria correspondiente en materia de IRPF.

Quinto.- Plazo de presentación de obras.-

Los trabajos se presentarán en el Patronato Municipal de Cultura, calle Cifuentes número 30, 19003-Guadalajara, en días hábiles, de lunes a viernes, y en horario de 9:00 a 14:00 horas. El plazo quedará abierto desde el siguiente día al de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y hasta las 14:00 horas del día 18 de septiembre de 2020, inclusive. También serán admitidos aquellos envíos que se hubieran franqueado en origen dentro de este plazo.

 

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XXXV PREMIO DE POESÍA SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL 2025  

 

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XXXV PREMIO DE POESÍA SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL 2025   (España)

25:04:2025 

Género:  poesía

Premio:   5.000 euros y publicación

Abierto a:   mayores de edad nacidas en Aragón o empadronadas en la Comunidad desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria

Entidad convocante:   Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fechas de cierre: 25:04:2025

 

BASES

XXXV PREMIO DE POESÍA SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL 2025  

 
 
 
 

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XXXV PREMIO DE TEATRO DE LA CIUDAD DE GUADALAJARA "ANTONIO BUERO VALLEJO" (España)

20:09:2019

Género: Teatro

Premio:  6.000 €, edición y 100 ejemplares

Abierto a:   sin restricciones

Entidad convocante: Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Guadalajara

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   20:09:2019

 

BASES

 


BASES Y CONVOCATORIA DE LA XXXV EDICIÓN DEL PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA 2019 “ANTONIO BUERO VALLEJO”

El Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara convoca la XXXV Edición del Premio de Teatro Ciudad de Guadalajara 2019, “Antonio Buero Vallejo”.

Con motivo de ello, se ha resuelto publicar la presente convocatoria de acuerdo a las siguientes

BASES

1.- OBJETO

El objeto de la convocatoria es seleccionar, de entre los textos de teatro presentados, aquel que el jurado considere mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica, escrito en lengua castellana, de tema libre, original e inédito

2.- PARTICIPANTES

2.1.- Podrán concurrir cuantas personas interesadas lo deseen, de cualquier nacionalidad, y con una sola obra, pudiendo hacerlo de forma individual o colectiva. Los premios se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

2.2.- Los participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.

Así mismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Según establece el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en los apartados anteriores. En cualquier caso, los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.

2.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas que tengan pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara o sus organismos autónomos.

3.- CONDICIONES TÉCNICAS

3.1.- Pueden optar a este premio las obras originales, e inéditas, que no hayan sido premiadas en otros concursos. Los autores serán responsables, ante el Patronato Municipal de Cultura y frente a terceros, del cumplimiento de lo establecido en este punto.

3.2.- Se admitirá un máximo de una obra por autor.

3.3.- El tema será libre.

3.4.- Los originales estarán escritos en lengua castellana y sin límite alguno en el número de páginas.

3.5.- El texto teatral se presentará, por triplicado, a tamaño folio –DinA4–, mecanografiado a doble espacio por una sola cara y encuadernado para poder ser leído.

3.6.- Para preservar la identidad del autor hasta el fallo del Jurado, cada concursante presentará cada uno de los tres ejemplares sin firma, señalándose en su portada el título de la obra.

3.7.- Aparte, en sobre cerrado, se incluirá el nombre y apellidos de su autor, breve currículo, domicilio, teléfono y una declaración firmada indicando que el trabajo presentado es original e inédito. En el exterior del sobre aparecerá en letras mayúsculas el mismo título que figure en los originales, sin constar alusión alguna que permita identificar al concursante, siendo excluido el trabajo en caso contrario.

3.8.- La obra por triplicado y la plica se presentarán o enviarán en un solo sobre a las oficinas del Patronato Municipal de Cultura, en el que figurará la siguiente leyenda: PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA, 2019. “ANTONIO BUERO VALLEJO”.

3.9.- Criterios de valoración:
Al tratarse de la selección de una obra de carácter artístico, cuya única base de juicio es el propio texto presentado, el Jurado deberá ponderar equilibradamente dos criterios, tratamiento dramático y visión escénica-. Estos dos criterios, cuya consideración y peso han de ser semejantes, se desglosan en diferentes aspectos únicamente a efectos de su descripción y como orientación para la futura

evaluación y fallo del jurado; pero, dado que cada obra ha de ser contemplada en su conjunto, tales aspectos no pueden ser ponderados siguiendo criterios proporcionales o de valoración aritmética.
1.- Tratamiento dramático.
En este apartado se valorarán los siguientes aspectos:
- Integración de lenguajes artísticos.
- Originalidad e innovación del texto. 2.- Visión escénica.
En este apartado se valorarán los siguientes aspectos:
- Potencialidades escénicas del texto.
- Dimensión literario-dramática del texto (lenguaje, estilo, diálogo, poética de la acotación etc.).

4.- PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS

4.1.- Los trabajos se presentarán en el Patronato Municipal de Cultura, calle Cifuentes número 30, 19003-Guadalajara, en días hábiles, de lunes a viernes, y en horario de 9:00 a 14:00 horas. El plazo quedará abierto desde el siguiente día al de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y hasta las 14:00 horas del día 20 de septiembre de 2019, inclusive.
Serán admitidos aquellos envíos que se hubieran franqueado en origen dentro de este plazo.
También podrán ser presentadas por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.2.- Las presentes Bases se publicarán, así mismo, de forma íntegra en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es).

5.- PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA

5.1.- La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a). de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

5.2.- Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y el texto íntegro de la misma en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es).

6.- PREMIOS

6.1.- Se establece un único premio de 6.000,00 euros para la obra ganadora. La dotación presupuestaria total se cifra en 6.000,00 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 334048100 del vigente Presupuesto del Patronato Municipal de Cultura del ejercicio 2019.

6.2.- Los premios estarán sujetos a la correspondiente fiscalización, según la normativa vigente, así como a la normativa tributaria correspondiente en materia de IRPF.

7.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y LA RESOLUCIÓN

El órgano competente para la instrucción de este procedimiento es el Departamento Administrativo del Patronato Municipal de Cultura. El órgano competente para la resolución de este procedimiento en el Presidente del Patronato Municipal de Cultura.

8.- JURADO

8.1.- La selección y concesión del premio del concurso se realizará a propuesta de un Jurado que estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: Concejal Delegado de Cultura.
Vocales: Cinco profesionales de reconocido prestigio en el ámbito literario y teatral: Sres/as: J.A.A., A.P.R., C.A.P., J.O.S., y J.C.P.A.
Secretario: El del Patronato Municipal de Cultura.

8.2.- Este Jurado, levantará acta final de sus resoluciones donde hará constar todas las obras presentadas, las admitidas, las rechazadas y el motivo de su rechazo, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases.
Dicha acta reflejará la obra ganadora y los méritos que concurren en ella para tal distinción. Este documento constituirá propuesta de Acuerdo a la Presidencia del Patronato Municipal de Cultura, que será el órgano municipal competente para la concesiónn del premio.

8.3.- El Jurado podrá declarar desierto el concurso en caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúna los méritos suficientes para ser premiado.

8.4.- Las decisiones del Jurado, en todo caso, serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.

8.5.- Los concursantes se comprometen a aceptar las bases, así como las decisiones del Jurado.

9.- RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. PROPIEDAD DE LAS OBRAS

9.1.- Tanto el acta del Jurado como el Acuerdo de concesión serán publicados en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es). Dicha publicación servirá de notificación a los participantes.

9.2.- El plazo para resolver por completo el concurso y notificar el fallo a los participantes será de seis meses desde la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
En todo caso, el fallo del concurso se hará público el día 22 de noviembre 2019 y será notificado al ganador. Trascurrido dicho plazo sin haberse verificado la resolución completa del concurso, la convocatoria quedará sin efecto, y los participantes que hayan presentado sus obras podrán retirarlas libremente.

9.3.- Una vez fallado el concurso, y concedido el premio, la primera edición de la obra ganadora pasará a ser propiedad del Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara a todos los efectos, pudiendo hacer uso libremente de ella en cualquier medio de reproducción o divulgación, haciendo constar el nombre del autor/a. Las sucesivas ediciones serán propiedad del autor/a.
La Resolución de concesión podrá ser objeto de los recursos administrativos y judiciales procedentes, que se indicarán en la propia publicación de la Resolución.

9.4.- Una vez fallado el premio y a la mayor brevedad posible, el ganador remitirá al Patronato Municipal de Cultura el texto original de la obra en formato PDF para su publicación.

9.5.- El servicio de publicaciones del Patronato Municipal de Cultura costeará la primera edición con una tirada de 500 ejemplares, haciendo entrega de 100 a su autor; sin que por ello el Patronato tenga que satisfacer compensación económica adicional.

9.6.- Con respecto a la obra premiada, el Patronato Municipal de Cultura se reserva el derecho exclusivo de reproducción y distribución del libro en su primera edición, según la cláusula 6.6. En sucesivas ediciones, se  hará  constar expresamente que el texto ha recibido el Premio de Teatro Ciudad de Guadalajara “Antonio Buero Vallejo” en su XXXV convocatoria correspondiente al año 2019.

9.7.- La persona ganadora del premio según el acta del Jurado, y previamente a su concesión, habrá de cumplimentar previamente a su concesión el Anexo I de las presentes Bases.

10.- RESPONSABILIDAD

10.1.- El Patronato Municipal de Cultura no se responsabiliza de los contenidos de los trabajos presentados.

10.2.- El Patronato Municipal de Cultura garantiza el mayor cuidado de los trabajos, pero en ningún caso se hace responsable de posibles deterioros que sufran por causas ajenas o de fuerza mayor.

11.- OTRAS DETERMINACIONES

11.1.- La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidas las obras que no cumplan alguno de las condiciones antes expuestas.

11.2.- Los ganadores estarán obligados a devolver el premio si se comprobase que su trabajo hubiese sido premiado anteriormente o editado, total o parcialmente, o se

plantease reclamación fundada sobre su autoría. En cualquier caso, el premio es incompatible con cualquier otro premio o edición anteriores a la presentación al certamen.

11.3.- La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.

11.4.- Los originales no premiados podrán ser retirados por sus autores en la sede del Patronato Municipal de Cultura dentro de los dos meses siguientes a la publicación del fallo. La devolución, en su caso, de trabajos no premiados se realizará  mediante la solicitud expresa de los autores y siempre a portes debidos. Transcurrido este tiempo, el Patronato procederá a la destrucción de los trabajos no retirados. El Patronato Municipal de Cultura no mantendrá correspondencia sobre originales recibidos fuera de plazo.

12.- NORMA FINAL

Conforme a la Disposición adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, referente a Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza, reglamentariamente se establecerá el régimen especial aplicable al otorgamiento de los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza, que deberá ajustarse al contenido de esta ley, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable.

Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara y Organismos Autónomos, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para 2018, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las disposiciones de Derecho Común.


Fuente y Anexo: www.guadalajara.es/recursos/doc/portal/2017/10/23/premio-de-teatro-ciudad-de-guadalajara-2019-antonio-buero-vallejo-bases.pdf


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