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PREMIO NACIONAL DE ARTES Y LITERATURA 2021 (México)
12:08:2021
Género: Obra publicada
Premio: $ 823.313,95, medalla de oro, diploma y distinción
Abierto a: personas de nacionalidad mexicana a propuesta de instituciones y/o agrupaciones mexicanas
Entidad convocante: Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos
País de la entidad convocante: México
Fecha de cierre: 12:08:2021
BASES
CONVOCATORIA 2021
PREMIO NACIONAL DE ARTES Y LITERATURA
• Lingüística y Literatura
• Bellas Artes
• Historia, Ciencias Sociales y Filosofía
• Artes y Tradiciones Populares
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos a través de la Secretaría de Cultura, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura, mediante el Programa Presupuestario Estímulos a la Creación Artística, Reconocimientos a las Trayectorias y Apoyo al Desarrollo de Proyectos Culturales, U-282 y, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, fracción
IV, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, fracciones I, II, III y VII, 20, fracciones I, II, III y IV, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 51-A fracciones I, II, III y IV, 51-B, 51-C, 51-D, 51-E, 51-F, 51-G, 51-H, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,
www.escritores.org
CONVOCA
A todas las instituciones y/o agrupaciones mexicanas especializadas en alguna de las siguientes ramas: artes, culturas, tradiciones, historia, filosofía o ciencias sociales, para proponer personas candidatas al Premio Nacional de Artes y Literatura 2021, de acuerdo con las siguientes:
BASES
Primera.- El Premio Nacional de Artes y Literatura 2021 (en lo sucesivo el “Premio”) se otorgará a quienes por sus creaciones, producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso de la lingüística y la literatura, las bellas artes, la historia, las ciencias sociales, la filosofía y de las artes y tradiciones populares, así como de las expresiones artísticas en general.
El Premio se otorgará en cada uno de los siguientes campos:
I. Lingüística y Literatura;
II. Bellas Artes;
III. Historia, Ciencias Sociales y Filosofía;
IV. Artes y Tradiciones Populares.
Segunda.- El Premio se otorgará por el reconocimiento público de una conducta o trayectoria singularmente ejemplares o por la trascendencia de obras o actos valiosos en beneficio de la humanidad, del país o de cualesquiera personas, sin que sea necesario que dichos actos u obras se hayan realizado durante el presente año.
Tercera.- El Premio podrá ser otorgado a individuos en cualquiera de los cuatro campos, a excepción del cuarto en el que también podrá otorgarse a comunidades o grupos, en cuyo caso, éste se entregará a un representante nombrado por sus integrantes.
Cuarta.- Para ser persona candidata al Premio, en cualquiera de sus cuatro campos se requiere:
• Tener nacionalidad mexicana al momento de ser propuesto ante el Consejo de Premiación;
• Haber destacado en alguno de los campos antes mencionados y
• No haber recibido con anterioridad el presente Premio en el mismo Campo de participación.
Quinta.- El Premio en cada uno de sus cuatro campos consistirá en:
• Una medalla de oro ley 0.900, misma que se complementará con una roseta cuando se trate de personas físicas.
• La cantidad de $823,313.95 (Ochocientos veintitrés mil trescientos trece pesos 95/100 M.N.), que resulta de la suma del monto autorizado por el Consejo de Premiación para esta convocatoria y el numerario previsto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
• Un diploma firmado por el Presidente de la República en el que se expresarán las razones por las que el Premio se confiere.
• La incorporación con la distinción de Creador Emérito al Sistema Nacional de Creadores de Arte.
Sexta.- La presente convocatoria 2021 únicamente premiará a una persona ganadora por Campo.
Séptima.- Toda propuesta de candidatura deberá expresar los merecimientos del candidato y acompañarse de las pruebas que se estimen pertinentes.
Octava.- Aquellas instituciones o agrupaciones que no se encuentren en el listado podrán solicitar su incorporación ante el Consejo de Premiación a través de la Secretaría Técnica. Para más información, dirigir un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Novena.- Para realizar el registro de una candidatura, la institución proponente deberá completar la solicitud en línea en la página foncaenlinea.cultura.gob.mx con los datos que se requiera y cargar de manera digital la siguiente documentación a más tardar a las 15 h del 12 de agosto de 2021.
1. Acta de Nacimiento o carta de naturalización del candidato, o del representante si se tratara de un grupo propuesto en el campo IV. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas deberán cargar copia del acta constitutiva.
2. Carta mediante la cual la institución proponente presenta la respectiva candidatura (en papel membretado y firma autógrafa).
3. Carta de aceptación para participar como persona candidata y, en su caso, para recibir el Premio (firma autógrafa).
Características de las cartas (candidatura y aceptación):
• Deben estar dirigidas al Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura 2021.
• Precisar el nombre completo de de la persona candidata (tal y como aparece en su Acta de Nacimiento o, en su caso, en la carta de naturalización).
• Señalar el Campo en el que se solicita el registro de la persona candidata.
• Tener firma autógrafa (en el caso de grupos o comunidades, la carta de aceptación para participar como persona candidata deberá estar firmada por el representante designado por sus integrantes).
• Tanto la carta de candidatura como la de aceptación por parte de la persona candidata, deberán citar la misma fecha de expedición.
Décima.- Para llevar a cabo el registro en línea, se deberá ingresar a la página foncaenlinea.cultura.gob.mx y cargar los siguientes documentos administrativos y probatorios:
I. Documentos administrativos, en formatos PDF o JPG:
a) Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente.
b) Carta de aceptación para participar como persona candidata y, en su caso, para recibir el Premio.
c) En el caso de grupos o comunidades, relación de sus integrantes y documento en el que conste la designación del representante.
d) Resumen de trayectoria de la persona candidata o, en su caso, el grupo o la comunidad en el cual se destaquen las aportaciones o logros de mayor relevancia; redactado en lenguaje narrativo y con una extensión máxima de dos cuartillas a un espacio y letra Arial número 12.
e) Curriculum vitae actualizado de la persona candidata, ya sea persona física, grupo o comunidad. Dicho documento deberá incluir domicilio, teléfonos y de ser posible, correo electrónico.
f) Acta de Nacimiento o carta de naturalización de la persona candidata o representante de grupo. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas, además copia del acta constitutiva.
g) Identificación oficial vigente (frente y reverso), aceptándose únicamente: credencial de elector, cédula profesional o pasaporte. Para el caso de que la candidatura sea de un grupo se deberá integrar la identificación de cada uno de sus integrantes; dispensándose de este requisito las candidaturas de comunidades.
h) Fotografía reciente a color con resolución de 300 DPI en formato JPG con autorización para ser reproducida con motivos de difusión.
Para el caso de que la candidatura sea de un grupo se deberá integrar la fotografía del representante y la del grupo en su conjunto. Para las comunidades se deberá presentar la fotografía de quien estas determinen.
II. Documentos probatorios:
Incluir pruebas documentales (constancias de materiales bibliográficos, audiovisuales, gráficos, entre otros), así como testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos de la candidatura.
Décima primera.- En atención a las medidas preventivas para contener la propagación del virus SARS-CoV2 (COVID-19) establecidas por el Gobierno Federal a través de sus Secretarías de Salud y Función Pública, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) durante marzo 2020, la Secretaría Técnica del Premio únicamente recibirá documentación vía electrónica.
Décima segunda.- La documentación y anexos de las personas que no resulten galardonadas se borrarán del sistema de registro Foncaenlinea dos meses posteriores a la publicación de resultados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), hecho que imposibilitará su recuperación después de la fecha indicada. Dicha acción se efectuará en los términos que se prevén en materia de Protección de Datos Personales.
Décima tercera.- Para más información las instituciones interesadas podrán dirigirse al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Décima cuarta.- Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación haya sido registrada de manera completa en la página foncaenlinea.cultura.gob.mx a más tardar a las 15 h del 12 de agosto de 2021, hora y fecha de cierre de la convocatoria.
Décima quinta.- Una vez recibidas las candidaturas, la Secretaría Técnica verificará que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en su caso, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, quien los turnará al Jurado correspondiente por Campo de premiación para que sean dictaminados.
Asimismo, la Secretaría Técnica rendirá un informe al Consejo de Premiación respecto de aquellas candidaturas recibidas que no reunieron los requisitos en términos de la presente convocatoria.
Décima sexta.- Por cada Campo habrá un Jurado integrado por hasta siete reconocidos especialistas con amplia trayectoria, elegidos mediante insaculación ante Notario Público con base en las propuestas que hagan llegar a la Secretaría Técnica del Premio, tanto el Consejo de Premiación como las instituciones y/o agrupaciones a las que está dirigida la presente convocatoria.
Para ello, la Secretaría Técnica realizará un padrón de personas con notorio prestigio en los Campos respectivos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, dando preferencia a quienes con anterioridad hayan obtenido el Premio.
Para el desahogo de la insaculación, la Secretaría Técnica conformará una bolsa para el género masculino y otra para el género femenino, procurando en todo momento que exista equilibrio de representación en cada Jurado que se conforme.
Para obtener los primeros 6 jurados se insacularán alternadamente de cada una de las bolsas, mientras que el séptimo jurado se insaculará de una bolsa unificada con el total de las personas candidatas restantes.
En su oportunidad, el Consejo de Premiación hará del conocimiento público los nombres de quienes conforman los Jurados mediante su publicación en la página de Internet: fonca.cultura.gob.mx
Cada cuerpo de Jurado por Campo elegirá de entre sus miembros su propio Presidente y nombrará un Secretario o Secretaria.
Las instituciones y/o agrupaciones podrán formular propuestas de personalidades, de reconocida trayectoria y especialistas en los diferentes campos, para integrar el Jurado de cada Campo mediante carta dirigida al Consejo de Premiación, misma que deberá ser enviada a las oficinas de la Secretaría Técnica a más tardar a las 18 h del 22 de julio de 2021.
A fin de evitar conflicto de intereses en el proceso de dictamen, no podrán fungir como Jurados aquellos representantes, directores generales o su equivalente de alguna institución y/o agrupación que haya propuesto candidaturas.
Los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos que se aborden en las sesiones celebradas con motivo del presente Premio.
La Secretaría de Cultura, refrendando su compromiso con la igualdad entre hombres y mujeres y en aras de la reivindicación histórica del papel de la mujer en las artes, las culturas, las tradiciones, la historia, la filosofía y las ciencias sociales, propone respetuosamente que, para la Convocatoria 2021, entre los criterios de selección, los jurados observen en todo momento la importancia de la paridad de género.
Décima séptima.- Los Jurados dictaminarán sobre los expedientes de las candidaturas que les turne el Consejo de Premiación y formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República para su resolución final.
El Consejo de Premiación auxiliará a los Jurados con los recursos humanos y materiales necesarios para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo fungirá como enlace entre éste y los Jurados.
Décima octava.- Los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá el voto de calidad. Los dictámenes que emitan los Jurados deberán ser entregados a la Secretaría Técnica a más tardar el 25 de octubre de 2021.
Décima novena.- Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de sus campos, cuando así lo consideren conveniente, en cuyo caso se deberán asentar en el acta respectiva las razones de dicha determinación. Las decisiones de los Jurados serán irrevocables.
Vigésima.- El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF). En dicho Acuerdo se fijarán el lugar y la fecha de su entrega.
Vigésima primera.- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Consejo de Premiación de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
Esta convocatoria se encuentra disponible en la página de internet: fonca.cultura.gob.mx
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.