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PREMIO DE NARRATIVA ERÓTICA "LUIS GARCÍA BERLANGA" 2021 (España)
10:08:2021
Género: Novela, relato
Premio: Edición
Abierto a: mayor de edad
Entidad convocante: Generalitat Valenciana
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 10:08:2021
BASES
Bases de la convocatoria
Primera. Objeto
www.escritores.org
1. Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de los Premios Extraordinarios de Narrativa Erótica «Luis García-Berlanga», con motivo de la celebración en 2021 del Año García-Berlanga.
2. Los premios no tienen naturaleza económica y por su otorgamiento la Administración de la Generalitat no asume ninguna obligación de esta índole con las personas premiadas.
Segunda. Modalidades
Se concederán dos premios en las siguientes modalidades:
a) Un Premio de Narrativa Erótica «Luis García-Berlanga» en lengua castellana.
b) Un Premio de Narrativa Erótica «Luis García-Berlanga» en lengua valenciana.
Tercera. Requisitos de las personas participantes
Cualquier persona mayor de edad podrá participar en la convocatoria con la presentación de una obra de la cual sea el autor o la autora. Cada participante podrá presentar solo una obra en una de las dos modalidades. En caso de que se trate de obras de autoría colectiva, el conjunto de las personas autoras se considerará a todos los efectos como una única participación.
Cuarta. Requisitos de las obras
Podrá presentarse a la convocatoria de los premios cualquier obra narrativa, novela o colección de narraciones breves, escrita en la lengua correspondiente a la modalidad de que se trate y relacionada con la temática de los premios, que tendrá que ser original e inédita en toda su extensión.
Las obras deberán tener una extensión mínima de 20.000 y máxima de 40.000 palabras.
Quinta. Presentación de solicitudes de participación
En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, las personas que deseen participar deberán presentar la solicitud de participación, junto con su obra, con arreglo a los requisitos siguientes:
a) Las solicitudes se deberán presentar por vía telemática cumplimentando el modelo correspondiente, y deberán estar firmadas por las personas solicitantes mediante alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos por la sede electrónica de la Generalitat. En caso de que la solicitud se refiera a una obra de autoría colectiva, la persona que la presente deberá acreditar con una declaración responsable que la solicitud se presenta con el acuerdo y en nombre del resto de personas autoras.
b) Simultáneamente, y adjunta a la solicitud, se deberá presentar la obra narrativa en un documento electrónico en formato PDF, con el texto formateado en páginas DIN A4, con letra tipo Times New Roman o Arial cuerpo 12, y con interlineado doble. El documento informático no deberá tener en ningún caso un tamaño superior a 5MB.
c) Las obras que se presenten a la convocatoria tendrán que estar identificadas con seudónimo. En la solicitud de participación, las personas solicitantes deberán hacer constar, además de sus datos de identificación personal y la modalidad en la que se solicita participar, el título de la obra y el seudónimo con el que se presenta. En la primera página de la obra deberá figurar, exclusivamente y por este orden, el título de la obra, el pseudónimo de la persona autora, y la modalidad a la que se presenta.
d) El lugar de presentación de la solicitud y la documentación anexa estará accesible en la sede electrónica de la Generalitat sede.gva.es, y en el siguiente enlace del portal de la Generalitat, Presidencia, dentro del apartado «Solicitud general de iniciación y tramitación Telemática de procedimientos de Presidencia de la Generalitat»:
www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18487&version=amp
Sexta. Gestión de las solicitudes
1. La gestión de las solicitudes corresponderá a la Subdirección General de Organización y Coordinación de la Presidencia.
2. El órgano encargado de la gestión adoptará las medidas oportunas para garantizar el anonimato de las personas autoras de las obras presentadas hasta que se conozca la decisión del jurado para cada una de las modalidades.
3. No se admitirá ninguna solicitud que no cumpla todos los requisitos establecidos en las presentes bases. En caso de que una solicitud no cumpla algún requisito y sea susceptible de enmienda, el órgano encargado de la gestión lo comunicará a la persona solicitante y le concederá al efecto un plazo no superior a siete días naturales.
4. Después de la finalización del plazo de admisión de solicitudes, el órgano encargado de la gestión tendrá que enviar las obras admitidas al jurado que corresponda según la modalidad, verificando que no contengan ningún elemento que permita la identificación de las personas autoras.
5. Todas las notificaciones y comunicaciones con las personas participantes en la convocatoria se llevarán a cabo exclusivamente a través de medios electrónicos, de conformidad con los artículos 14.2, 41 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Séptima. Jurados
1. Para cada una de las modalidades de los premios se constituirá un jurado que estará presidido por la persona titular de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, o persona en quien delegue.
2. Cada uno de los jurados estará integrado por cinco miembros de reconocido prestigio en el ámbito de la cultura, la literatura y la crítica literaria, designados por la Dirección General de Cultura y Patrimonio.
3. Las funciones de secretaría de los jurados serán ejercidas por las personas nombradas por la persona titular de la Subsecretaría de la Presidencia entre el personal empleado público adscrito al órgano encargado de la gestión.
4. En caso de que el número de obras presentadas lo haga aconsejable, se podrá constituir un comité de selección integrado por las personas que designe la Dirección General de Cultura y Patrimonio para proceder a la selección previa de las obras que tendrán que ser evaluadas por el jurado correspondiente.
Octava. Selección de las obras premiadas
1. Cada jurado realizará la valoración de las obras presentadas a la modalidad correspondiente, y propondrá a la persona titular de la Presidencia la que considere más adecuada para la concesión del premio. Las propuestas de los jurados serán vinculantes y tendrán carácter inapelable.
2. En caso de que un jurado considere que ninguna de las obras presentadas tienen la calidad necesaria para recibir el premio, podrá declararlo desierto.
3. Los premios se otorgarán a una única obra, sin que sea posible concederlos ex aequo. El jurado tampoco podrá declarar finalistas, conceder accésits o menciones especiales, ni recomendar obras para su publicación.
Novena. Concesión de los premios
1. Corresponde a la persona titular de la Presidencia resolver la concesión de los premios, de acuerdo con la propuesta vinculante de cada uno de los jurados para la modalidad correspondiente. Esta resolución será inapelable.
2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución finalizará el día 13 de noviembre de 2021.
3. La resolución se notificará a las personas premiadas y se publicará en la página web de la Presidencia.
4. La entrega de los premios se realizará en un acto público.
Décima. Concurrencia con otros premios literarios
En caso de que, antes de que se publique la decisión del jurado, alguna de las obras presentadas obtuviera cualquier otro premio en otro certamen literario, la persona autora tendrá que comunicarlo inmediatamente al órgano encargado de la gestión de los premios objete de estas bases porque la obra sea excluida de la consideración del jurado.
Si no se ha realizado la mencionada comunicación y una obra recibe alguno de los premios objeto de estas bases después de haber recibido cualquier otro premio literario, cuando se tenga conocimiento de esta circunstancia le será retirado el premio «Luis García-Berlanga».
Undécima. Publicación de las obras premiadas
1. Durante el plazo de un año desde la comunicación pública de la decisión del jurado, la Generalitat se reservará la facultad de publicar las obras premiadas mediante una o más ediciones que formarán parte del fondo editorial de la Generalitat. A tal efecto, durante el mencionado plazo, las personas autoras galardonadas no podrán publicar las obras premiadas, parcialmente o en su totalidad, ni podrán ceder los derechos de impresión, reproducción, comercialización y distribución a ninguna persona física o jurídica distinta de la Generalitat.
En caso de que la Generalitat decida hacer uso de esta facultad, se establecerán las oportunas cesiones de derechos mediante los correspondientes contratos de edición.
2. En todas las ediciones que se realizan de las obras premiadas, sea por la Generalitat o sea por las personas autoras o por cualquier editorial cuando haya finalizado el plazo previsto en el apartado 1, se deberá hacer mención expresa que se trata de una obra galardonada por la Generalitat con el Premio de Narrativa Erótica «Luis García-Berlanga» 2021.
Decimosegunda. Obras no premiadas
1. Una vez se hayan publicado las decisiones de los jurados, el órgano encargado de la gestión procederá a destruir los ficheros informáticos de las obras no premiadas, y todas las copias electrónicas o en papel que puedan haberse hecho.
2. Las personas autoras no premiadas no tendrán derecho a pedir la devolución de sus obras, ni recibirán ninguna comunicación verbal o escrita por parte de la Generalitat o de los jurados en relación con los criterios de concesión de los premios.
Decimotercera. Tratamiento de datos personales
La participación en la convocatoria de los premios objeto de estas bases comportará el tratamiento de datos de carácter personal de las personas participantes por parte de la Presidencia de la Generalitat conforme al artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consell, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).
Decimocuarta. Aceptación de las bases
La presentación de la solicitud de participación en la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Narrativa Erótica «Luis García-Berlanga» comporta la plena aceptación de las presentes bases, sin perjuicio de la posibilidad de su impugnación conforme a la legislación de procedimiento administrativo.
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.