CONCURSO NACIONAL DE OBRAS TEATRALES "POTENCIA Y POLÍTICA" (Argentina)



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CONCURSO NACIONAL DE OBRAS TEATRALES "POTENCIA Y POLÍTICA" (Argentina)

31:03:2021

Género:  Teatro

Premio:  $ 100.000, diploma y publicación en antología

Abierto a:  personas mayores de 18 años, argentinas nativas o extranjeras con acreditada residencia en el país

Entidad convocante:  Cámara de Diputados de la Nación

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  31:03:2021

 

BASES

 

NOTA: SE PRORROGA HASTA EL 31 DE MARZO EL CONCURSO DE OBRAS TEATRALES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN

 

I - MARCO CONCEPTUAL

La Honorable Cámara de Diputados de la Nación convoca a autoras y autores teatrales a participar del Concurso Nacional de Obras Teatrales “POTENCIA Y POLÍTICA” - HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN.

La convocatoria está destinada a obras de teatro cuyo eje temático esté relacionado con los contenidos del Preámbulo de la Constitución Nacional.

El Preámbulo encabeza nuestra Constitución y declara los valores y fines que conforman el programa legislativo y político de nuestro país: la unión nacional, la paz, el orden, la justicia, la defensa común, el bienestar general y la protección de la libertad de todos los habitantes. Asimismo, define quienes serán las personas destinatarias de la norma fundamental: "nosotros", "nuestra posteridad" y "todos los hombres[1] del mundo que quieran habitar el suelo argentino".

Por su parte, la Constitución regula la organización y el ejercicio de los poderes del Estado, a la vez que consagra y garantiza los derechos fundamentales de las y los ciudadanos. Pero una constitución también es el acuerdo que hace una comunidad como condición de existencia política sin el cual se desintegraría y que, sostenido en el tiempo, da por resultado una historia, un relato y una proyección.

La política es uno de los temas fundamentales del teatro, como mínimo desde su versión griega, donde tenía un verdadero papel político e institucional. A su vez, “el teatro es un arte que agrupa a las personas y tal vez las divide o las unifica: es un arte de lo colectivo. Hay una teatralidad política, o una política de la teatralidad, que se combina en torno a esta figura de la agrupación”[2]. El teatro manifiesta de manera esencial un vínculo con la política en tanto ambos se proponen articular ideas y cuerpos. Efectivamente, varios de los conceptos más fundamentales del teatro pueden aplicarse al campo de la política. Ambos crean una unidad a partir de una multiplicidad de individuos.

Asimismo, como toda manifestación artística, el teatro es fruto de un contexto histórico – político determinado, y produce cambios estéticos[3]. Lo vemos a principios de siglo XX con el surgimiento del grotesco como género específicamente argentino[4] desarrollado en el tránsito del apogeo liberal a la fisura de 1930, en las performances del Instituto Di Tella de los 60 y en el 2000 con el fenómeno de Teatro por la Identidad, por citar ejemplos.

La invitación es a abrir el juego entre poética, política y estética, conjugando los conceptos del Preámbulo con el presente e inaugurando un ámbito de reflexión proyectada sobre el conjunto que formamos como comunidad. Una comunidad plural plenamente representada en esta casa política y que funciona como caja de resonancia de los tópicos propuestos, catalizando sobre elementos conocidos, como el origen, lo colectivo, lo individual. Ese “nos” formado por otras y otros que también son cada una y cada uno.

Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina.

II – PARTICIPANTES www.escritores.org

Pueden participar personas mayores de dieciocho años, argentinas nativas o extranjeras con acreditada residencia de cinco años en el país.

III - REQUISITOS DE PRESENTACIÓN

a) Las obras teatrales participantes deberán ajustarse a la temática propuesta, abordando temáticamente alguno de los valores, fines y sujetos contenidos en el Preámbulo de la Constitución Nacional. En documento aparte deberá justificarse la relación que se establece entre el aspecto elegido y el planteo de la obra.
b) Las obras teatrales que se presenten deberán ser originales e inéditas, no aceptándose adaptaciones ni textos de obras previamente estrenadas en el país o en el extranjero, publicadas total o parcialmente, premiadas o distinguidas hasta el momento del cierre de la presente convocatoria. No hay restricciones de género, número de páginas o personajes. Se admitirá una sola obra por participante.
c) Será anulada la participación de las obras que omitan alguna de las condiciones referidas.

IV – PLAZO DE RECEPCIÓN

La convocatoria estará abierta desde la publicación de las presentes bases hasta las 23:59 del 31 de marzo de 2021.

V - FORMA DE PRESENTACIÓN

Las obras deberán presentarse escrita en idioma nacional, en formato PDF en páginas tamaño A4 numeradas, tipografía Arial 12 o similar, con interlineado de 1,5 y firmadas con seudónimo. El nombre del archivo estará integrado por el título de la obra y el seudónimo correspondiente. En documento aparte y en formato PDF se adjuntarán los siguientes datos:
1) título de la obra
2) seudónimo
3) nombre y apellido completo
4) fecha de nacimiento
5) tipo y número de documento de identidad
6) teléfonos, correo electrónico y lugar de residencia.
En otro documento y en formato PDF se expondrá la relación justificada entre el tópico elegido y el planteo de la obra mencionado en el punto III apartado a.
Las obras serán enviadas a través del formulario online de la convocatoria (www.diputados.gov.ar/secparl/dcultura/concursos/potencia-y-politica/inscripcion.html), que se difundirá a través de los canales de comunicación oficiales de la Honorable Cámara de Diputados.

VI – EL JURADO

a) La Dirección General de Cultura de la Honorable Cámara de Diputados verificará que las obras cumplan los requisitos de presentación. Será anulada la participación de las obras que omitan alguna de las condiciones referidas.
b) El Jurado estará integrado por cinco personalidades de reconocida trayectoria en el quehacer teatral y cultural del país, cuya integración se dará a conocer contemporáneamente con el resultado de este concurso. El jurado será integrado con criterio federal.
c) El jurado emitirá su dictamen en junio de 2021 y su fallo será inapelable.

VII – SELECCIÓN Y PREMIOS

Se otorgarán tres premios. El primero será de pesos cien mil ($100.000), el segundo de pesos setenta y cinco mil ($75.000), y el tercero de pesos cincuenta mil ($50.000). Asimismo, los jurados podrán otorgar hasta tres menciones especiales.
Quienes no resulten ganadores recibirán un diploma a modo de reconocimiento por la participación.
Las obras premiadas y las que reciban menciones especiales se editarán en una compilación que será presentada en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, edición 2021 o cuando la Dirección General de Cultura de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación lo disponga.
Los resultados del concurso se darán a conocer a través de la página web de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
La entrega de premios y diplomas se realizará en el mes de julio de 2021.

VIII – CRONOGRAMA

Plazo de recepción de las obras: desde la publicación de las presentes bases hasta el 31 de marzo de 2021.
Evaluación del jurado: del 1 de abril al 31 de mayo de 2021. Dictamen del jurado: junio de 2021.
Entrega de premios, diplomas y presentación de la compilación: julio de 2021.

IX – DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

a) Las obras que resulten seleccionadas deberán ser inscriptas en la Dirección Nacional del Derecho de Autor que corresponda según jurisdicción.
b) Las autoras y los autores de las obras premiadas que difundan sus obras por cualquier medio deberán hacer constar la siguiente leyenda: “Obra premiada en el Concurso Nacional de Obras Teatrales “Potencia y política”. Honorable Cámara de Diputados de la Nación”, consignando el año de otorgamiento del premio.
c) Es competencia del jurado y de la Dirección General de Cultura de la Honorable Cámara de Diputados resolver cualquier situación o conflicto que se presente en el marco de la presente convocatoria, no previsto en el presente reglamento. Las decisiones que se adopten serán inapelables.
d) El cronograma de la convocatoria es tentativo y podrá ser modificado.
e) Al aceptar las presentes bases, las autoras y autores de las obras premiadas autorizan a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación a reproducir y difundir sus obras en los medios que ésta considere conveniente, mencionando título y autoría.

 

[1] En relación a la referencia “hombres del mundo” entendemos que su uso es contextual, considerando la época en que fue aprobado -1853-, y que la propia Carta Magna otorga rango constitucional a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
[2] Badiou, Alan. Elogio del teatro. Pág. 75. Ediciones Nueva Visión. Buenos Aires, 2015.
[3] “La actividad teatral en Buenos Aires hasta los Podestá”. Prof. Julia Elena Sagaseta. Historia del Teatro Argentino 1. Ficha de la Cátedra N° 4. Instituto Universitario Nacional de Arte.
[4] Viñas, David. Grotesco, inmigración y fracaso. Editorial Corregidor, Buenos Aires, 1997.


 

Fuente

 




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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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