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LI PREMIOS CIUDAD DE ALCALÁ DE LAS ARTES Y LAS LETRAS 2020 (España)
16:08:2020
Género: Obra publicada
Premio: Medalla de las Artes y las Letras de la Ciudad de Alcalá de Henares
Abierto a: se podrán presentar candidaturas a favor de terceras personas, nunca en el suyo propio
Entidad convocante: Ayuntamiento de Alcalá de Henares
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 16:08:2020
BASES
En el año en que se conmemora el 80 Aniversario del fallecimiento en el exilio de D. Manuel Azaña Díaz, Presidente de la II República Española, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, con el propósito de contribuir al desarrollo cultural, en todas sus manifestaciones, ya sea la creación literaria o artística, la interpretación, la investigación o divulgación humanística o científica, y con el fin de hacer patente el reconocimiento de la sociedad alcalaína hacia quienes han consagrado su vida y el conjunto de su obra al enriquecimiento de nuestro patrimonio cultural común en sus diversas disciplinas y en su más amplio sentido, con aportaciones originales en cualquier género de las manifestaciones artísticas y literarias, convoca el Premio Ciudad de Alcalá de las Artes y las Letras, con arreglo a las siguientes bases:
I. INTRODUCCIÓN
Las presentes bases tienen por objeto otorgar el Premio Ciudad de Alcalá en su LI edición correspondiente a 2020 y en la modalidad de las Artes y las Letras, así como fijar las normas reguladoras que establecen el procedimiento para su concesión.
Las bases serán publicadas asimismo en: www.culturalcala.es y en www.ayto-alcaladehenares.es.
II. PARTICIPANTES
No podrá otorgarse el Premio Ciudad de Alcalá de las Artes y las Letras a las personas que ostenten los siguientes cargos:
1. Alcalde-Presidente y restantes cargos electos del Ayuntamiento de Alcalá de Henares mientras se hallen en el ejercicio de sus cargos.
2. Las autoridades, funcionariado y demás personas que mantengan cualquier vínculo o relación con el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y cuya intervención directa o indirectamente pueda influir en la concesión del Premio.
3. Quien hubiera recibido con anterioridad este Premio en esta misma modalidad.
III. CANDIDATURAS
Serán candidatas a la obtención de este Premio solamente personas físicas, y nunca a título póstumo.
Podrán presentar candidaturas a favor de terceras personas, nunca en el suyo propio, mediante propuesta razonada, cualquier persona física o jurídica, asociaciones, academias, centros culturales y de investigación, administraciones públicas y órganos dependientes de ellas, universidades y otras instituciones y, en particular, podrán hacerlo aquellas personas a quienes se curse la correspondiente invitación expresa para hacerlo por parte de la Organización.
IV. DATOS Y DOCUMENTACIÓN
Las candidaturas se formalizarán mediante la presentación de la siguiente documentación:
1. Proposición formal razonada de la candidatura propuesta, indicando con nitidez sobre quien recae la misma, así como los valores que la avalan.
2. Currículum vitae de la persona a favor de la cual se formula la propuesta o, en su caso, dossier explicativo de la actividad llevada a cabo en estos ámbitos por la institución o entidad por la que se postula.
3. Documentación en cualquier soporte y formato (textual, gráfica, audiovisual, etc.) con la información adicional que se considere oportuna para acreditar suficientemente la candidatura propuesta.
4. Apoyos externos, individuales o colectivos, personales o institucionales que postulen la concesión del Premio.
En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos RGPD (Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679), le informamos de que sus datos personales forman parte de ficheros responsabilidad del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, siendo tratados por éste bajo su responsabilidad, con la finalidad de gestionar su inscripción al servicio solicitado y ejecutar las gestiones administrativas necesarias para su realización. Igualmente le informamos de que sus datos personales pueden ser utilizados con la finalidad de mantenerle al día de los eventos, productos y servicios propios que pudieran ser de su interés. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación, dirigiéndose a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
V. PLAZO Y PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de las candidaturas será el siguiente: desde el día posterior de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones hasta el día 16 de agosto de 2020.
La presentación o remisión de las candidaturas deberá dirigirse a:
Ayuntamiento de Alcalá de Henares
Concejalía de Cultura
Secretaría del Jurado del Premio Ciudad de las Artes y las Letras
C/ de santa María La Rica, nº 3
28801 Alcalá de Henares Madrid - España
O bien a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Las candidaturas presentadas fuera del plazo señalado no serán admitidas.
VI. PREMIO
El Premio Ciudad de Alcalá de las Artes y las Letras, que seráúnico e indivisible, y que de existir candidaturas, no podrá declararse desierto, ni otorgarse a título póstumo, consistirá en la entrega de la Medalla de las Artes y las Letras de la Ciudad de Alcalá de Henares.
VII. JURADO Y VOTACIÓN
1. El fallo del Premio, que será inapelable, salvo que se den defectos de forma, corresponderá a un Jurado presidido por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, o persona en quien éste delegue, y a quien corresponderá designar a las y los miembros del mismo entre personas que tengan reconocido prestigio en el ámbito de la las Artes y las Letras, así como en el ámbito de la vida pública y social de la Ciudad de Alcalá de Henares y su entorno. Recaerá la Secretaría del Jurado en una persona empleada dependiente de la Concejalía de Cultura, que actuará con voz y sin voto y coordinará cuantas acciones técnicas y administrativas tengan relación con la convocatoria.
2. Quienes actúen como miembros del Jurado, tras haber sido convocados, podrán formular proposiciones, con las mismas prescripciones que se indican en el apartado IV, y mediante el medio que se indica en el apartado V.
3. Deberán abstenerse de intervenir cuando en ellos concurra alguna de las causas previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Asimismo, las personas interesadas podrán promover la recusación de miembros del Jurado en los casos previstos en el párrafo anterior, de conformidad a lo establecido en el art. 24 de la citada Ley.
5. La Presidencia del Jurado, establecerá el orden de las deliberaciones, así como para las votaciones, si éstas fueran precisas, para emitir el fallo del Premio, que podrá hacerse público el mismo día que se produzca.
VIII. ENTREGA DEL PREMIO
La entrega del Premio tendrá lugar en un acto público, convocado al efecto, el día 9 de octubre de 2020, 473 Aniversario del bautismo de Miguel de Cervantes Saavedra en Alcalá de Henares, acto de entrega al que quien obtuviera el Premio se comprometerá a asistir; igualmente se comprometerá a facilitar los materiales oportunos para la difusión del Premio mediante una exposición colectiva que la Organización podrá programar.
IX. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en este certamen supone la aceptación íntegra de sus Bases, quedando el Jurado facultado para dirimir cualquier eventualidad no prevista en ellas; tendrá, asimismo, capacidad de interpretación a cuantos efectos procedan.
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.