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PROGRAMA DE ESTÍMULO A LA CREACIÓN Y DESARROLLO ARTÍSTICO DE BAJA CALIFORNIA 2017 (México)
17:02:2017
Género: Crítica, cuento, ensayo, novela, periodismo, poesía, dramaturgia, investigación, cómic
Premio: $100.000
Abierto a: personas mayores de 18 años nacidas o residentes en Baja California
Entidad convocante: Gobierno del Estado de Baja California y el Gobierno Federal
País de la entidad convocante: México
Fecha de cierre: 17:02:2017
BASES
Debido al interés por impulsar el desarrollo cultural y artístico de la población, así como resaltar y fortalecer los valores culturales de la nación, el Gobierno del Estado de Baja California, a través del Instituto de Cultura de Baja California (ICBC), y el Gobierno Federal a través de la hoy Secretaría de Cultura, suscribieron el 23 de marzo de 1994 un Convenio Marco de Cooperación y Concertación Institucional en materia de descentralización de servicios y administración de bienes culturales.
Con base en dicho Convenio Marco, se firmó también un Acuerdo de Ejecución para iniciar el funcionamiento del Programa de Estímulo a la Creación y Desarrollo Artístico de Baja California con el propósito de fomentar la creación y el desarrollo artístico, dar a conocer el Patrimonio Cultural de la Entidad, así como generar proyectos culturales que hagan posible la participación de la sociedad en su conjunto. Los recursos que otorga este Programa proceden de las aportaciones bipartitas de ambas Instancias Culturales. En el Acuerdo de Ejecución también se establece que las partes firmantes aportarán paritariamente recursos económicos para establecer un Sistema de Estímulo a la creación y al desarrollo artístico que permitan, a través de la dotación de apoyos, la consecución de tales objetivos.
El presente Programa opera con base en dos figuras:
• Una que es propiamente de carácter operativa, denominada Comisión de Planeación, cuya responsabilidad se enfoca a la planeación, ejecución y supervisión del Programa en la Entidad en sus diversas líneas de acción a través de un Plan Anual de Trabajo y está conformada por reconocidos creadores estatales de diversas disciplinas artísticas, así como promotores culturales, además de un representante de la Secretaría de Cultura del Gobierno Federal, de un representante de la Iniciativa Privada y un Representante del ICBC.
• La otra figura que es responsable de los proyectos e iniciativas que aspiran a recibir recursos del Programa en la entidad y que son otorgados por convocatoria pública que realiza la Comisión Técnica, asume las decisiones sobre la asignación de estímulos con base en la calidad de las propuestas y su pertinencia para impulsar el Desarrollo Cultural de la Entidad.
PROGRAMA DE ESTÍMULO A LA CREACIÓN Y DESARROLLO ARTÍSTICO DE BAJA CALIFORNIA EMISIÓN 2017
El Gobierno del Estado de Baja California a través del Instituto de Cultura de Baja California (ICBC), y el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Cultura
CONVOCAN
a jóvenes creadores, creadores con trayectoria, intérpretes, realizadores, escritores, artistas plásticos y visuales, arquitectos, actores, directores, así como investigadores, intelectuales, compañías y grupos escénicos de la entidad, a participar en las diferentes categorías y disciplinas artísticas que promueve esta Convocatoria.
El Programa de Estímulo a la Creación y Desarrollo Artístico (PECDA), ofrece hasta 33 estímulos en las siguientes categorías:
CATEGORÍA / Nº de estímulos / Monto Mensual / Monto Anual
Creador Emérito / 1 / Una sola ministración / $100,000.00 pesos
Creadores con Trayectoria / 7 / $6,000.00 pesos / $72,000.00 pesos
Desarrollo Artístico Individual / 7 / $4,500.00 pesos / $54,000.00 pesos
Difusión del Patrimonio Cultural / 2 / -- / Hasta $50,000.00 pesos
Grupos Artísticos / 1 / -- / Hasta $100,000.00 pesos
Grupos Artísticos en Producciones Infantiles / 1 / -- / Hasta $100,000.00 pesos
Investigación sobre Arte en Baja California / 2 / $5,000.00 pesos / $60,000.00 pesos
Jóvenes Creadores / 12 / $4,500.00 pesos / $54,000.00 pesos
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente.
1. Los solicitantes deben contar con 18 años cumplidos al cierre de la convocatoria, ser personas nacidas en Baja California o demostrar una residencia continua de los últimos 5 (cinco) años en la entidad.
2. Los solicitantes deberán presentar un proyecto artístico el cual deberá contener:
Primera sección
a) Plan de trabajo a desarrollar durante la vigencia del apoyo de abril 2017 a marzo 2018, que incluya explicación detallada del proyecto que se presenta a concurso:
- Nombre del proyecto
- Antecedentes
- Objetivos
- Justificación
- Meta
- Producto final esperado
- Plan de trabajo calendarizado (estimación trimestral de los grados de avance).
b) Material de apoyo que se considere pertinente para evaluar cada proyecto, de acuerdo con las categorías particulares. (Fotografías, publicaciones, videos, etc.)
c) Si la propuesta contempla producción audiovisual, deberá presentar el guion o guiones respectivos y su certificación ante derechos de autor, y dentro del proyecto la relación del equipo con que cuenta el responsable para la producción de éstos (los videos documentales deberán presentar una escaleta).
d) Si la propuesta contempla producción escénica, deberá presentar bocetos de los diseños correspondientes y las cartas de aceptación de los diseñadores y realizadores involucrados en la propuesta, así como la carta de autorización firmada por el autor de la obra.
e) Si el proyecto requiere de presentaciones en espacios deberá presentar cartas de la(s) institución (es) donde desarrollarán su proyecto.
f) Si el proyecto requiere de asesorías deberá anexar carta de aceptación de los asesores.
Segunda sección
a) Acta de nacimiento.
b) Comprobante de domicilio.
c) Si el solicitante no es nacido en Baja California deberá integrar carta de residencia emitida por la autoridad municipal correspondiente.
d) Copia de identificación oficial.
e) Currículo artístico individual y/o de grupo.
f) Carta compromiso, firmada por el y los solicitantes.
g) Carta de liberación (beneficiarios de años anteriores).
3. Todos los proyectos deberán presentar alguna propuesta de retribución social viable (presentaciones, conferencias, exposiciones, talleres, foros, etc.).
4. Además de la propuesta de difusión presentada y con el propósito de promover de manera amplia los productos de los proyectos beneficiados y lograr una retribución social, la Comisión de Planeación del PECDA, a través del Instituto de Cultura de Baja California, acordará con los responsables de los proyectos concluidos la programación y calendarización en el Estado de
las actividades señaladas en su propuesta de difusión, dicha programación se realizará durante los doce meses posteriores a la presentación final del proyecto (el ICBC se reserva la selección, calendarización y programación de los proyectos a difundir en espacios institucionales).
5. En el caso de tener el respaldo económico de otras fuentes, deberán acreditarlo mediante cartas compromiso de las
instancias participantes. No se aceptarán apoyos económicos o en especie de otras fuentes que sean posteriores a la firma de la carta compromiso del beneficiario.
6. La evaluación de los proyectos presentados quedará a cargo de la Comisión Técnica convocada para tal fin, misma que estará integrada por reconocidos creadores de cada disciplina artística. Su decisión será inapelable. Esta Comisión tendrá la facultad de solicitar datos o materiales complementarios y determinará la distribución de los estímulos por disciplina y categoría.
También tendrá la facultad de declarar desierta cualquier categoría.
7. Los titulares de los proyectos ganadores suscribirán con el Programa de Estímulo a la Creación y Desarrollo Artístico de Baja California, un Convenio en el que se precisarán las obligaciones de ambas partes en lo que se refiere a la ministración de los recursos económicos, así como al desarrollo y presentación de los informes de avance de los proyectos aprobados y su retribución social.
8. Los beneficiarios en todo momento conservarán los derechos de autor sobre su obra, obligándose únicamente a firmar el convenio respectivo.
9. Cuando el proyecto lo requiera, el aspirante deberá contar con los permisos correspondientes, tales como derechos de autor, autorización para el uso de espacios, registros fotográficos en recintos, acceso a las áreas naturales protegidas, etcétera.
10. Los beneficiarios deberán otorgar los créditos correspondientes al Programa de Estímulo a la Creación y Desarrollo Artístico de Baja California, al Instituto de Cultura de Baja California y a la Secretaría de Cultura del Gobierno Federal.
11. La Comisión de Planeación del Programa de Estímulo a la Creación y Desarrollo Artístico de Baja California hará periódicamente una revisión de los informes de avance sobre el desarrollo de cada proyecto.
12. Esta Comisión de Planeación tiene la facultad de suspender en cualquiera de sus etapas, y en caso necesario solicitar la devolución del apoyo otorgado por incumplimiento del beneficiario a las bases establecidas en la presente convocatoria.
13. En el caso de los proyectos de Jóvenes Creadores y Desarrollo Artístico Individual, se les asignará un Tutor, si la Comisión de Planeación así lo determina.
14. Cualquier solicitud de modificación al proyecto deberá ser previamente autorizada por el Tutor cuando sea el caso y presentada a la Comisión de Planeación para su autorización final.
15. En ningún caso los beneficiarios podrán solicitar un incremento económico o de tiempo para la conclusión del proyecto.
16. Se tomará como requisito indispensable para el dictamen de las solicitudes la entrega correcta y completa de la documentación requerida, la calidad y viabilidad del proyecto, así como el cronograma de trabajo.
17. Solo se aceptarán proyectos enviados a través del sistema: http://www.pecdaenlinea.cultura.gob.mx
www.escritores.org
18. Se deberá registrar en el portal antes mencionado, una vez dado de alta se emite un correo electrónico con el usuario y contraseña, con el fin de que el postulante entre y registre su información para participar en la Convocatoria.
19. El Instituto de Cultura de Baja California brindará asesorías en el caso de que se requieran en el uso de la plataforma mencionada en la cláusula anterior.
20. Se realizará una revisión administrativa, con la finalidad de verificar que los documentos cargados en línea sean los correctos. En caso de que no cumpla con la totalidad de los requisitos estipulados en la presente Convocatoria, la propuesta quedará descalificada. Es responsabilidad del aspirante realizar el registro adecuado de la información proporcionada.
21. El Instituto de Cultura de Baja California se reserva la facultad para solicitar los documentos originales de los proyectos beneficiados con el propósito de validar la información y documentación que previamente se subió a la plataforma en línea.
22. Al presentar su solicitud, los aspirantes aceptan de conformidad sujetarse a las reglas de participación y al dictamen final de la Comisión Técnica (jurado calificador).
23. La presente Convocatoria entra en vigor a partir del viernes 2 de diciembre y la fecha límite para registrar los proyectos a concurso es el viernes 17 de febrero de 2017, a las 15:00 horas (hora local de Baja California).
24. La primera ministración de apoyo a los proyectos ganadores se hará a partir del mes de abril de 2017.
25. Los casos no previstos en esta Convocatoria serán resueltos por la Comisión de Planeación del Programa.
RESTRICCIONES
26. Ningún solicitante podrá presentar Proyectos en más de una categoría o disciplina.
27. No podrán participar aquellos beneficiarios de este u otros programas de colaboración entre el ICBC y la Secretaría de Cultura que, en emisiones anteriores no hayan cumplido con los compromisos adquiridos dentro de los plazos establecidos y no lo demuestren mediante la carta de liberación correspondiente.
28. No podrán participar quienes gocen actualmente de algún estímulo similar de otro Programa Estatal o del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes.
29. No se aceptarán propuestas a concurso en ninguna de las disciplinas de la presente Convocatoria, por parte de quienes hayan obtenido el apoyo del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico en las dos convocatorias inmediatas anteriores (2015-2016 y 2016 -2017).
30. Sólo se pueden obtener estímulos en un máximo de 3 emisiones no consecutivas.
31. No podrá participar como concursante ningún servidor público del Instituto de Cultura de Baja California o de la Secretaría de Cultura y sus Instituciones, como tampoco ningún integrante de la Comisión de Planeación ni de la Comisión Técnica del Programa de Estímulo a la Creación y Desarrollo Artístico de Baja California.
32. Este Programa no apoya proyectos de creación ya realizados, ni tampoco aquellos cuyo inicio sea anterior a la publicación de resultados.
Para mayor información, ponemos a su disposición el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o bien puede dirigirse a:
Tijuana
Representación ICBC
Avenida Centenario No.10151, Zona Río
C.P. 22320, Tijuana, Baja California
Tels.: (664) 684 8609
Mexicali
Coordinación de Fondos
Avenida Álvaro Obregón No.1209,
Col. Nueva
C.P. 21100, Mexicali, Baja California
Tel.: (686) 553 5044, ext. 116
Ensenada
Representación ICBC
Centro Social, Cívico y Cultural Riviera
Blvd. Costero s/n
C.P. 22800 Ensenada, Baja California
Tel.: (646) 177 3130
Tecate
Representación ICBC
Pdte. Ortiz Rubio y Callejón Libertad s/n
C.P. 21400, Tecate, Baja California
Tel.: (665) 654 1483
Playas de Rosarito
Representación ICBC
José Haroz Aguilar No. 2004,
Fracc. Villa Turística
C.P. 22710, Playas de Rosarito, Baja California
Tel.: (661) 612 6760
San Quintín
Representación ICBC
Av. A entre Novena y Décima,
Fracc. Ciudad de San Quintín
C.P. 22940, San Quintín, Baja California
Tel.: (616) 166 8015
Bases completas: vinculacion.conaculta.gob.mx
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.