II PREMIO DE LITERATURA "NAVARRO VILLOSLADA" 2024 (España)



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II PREMIO DE LITERATURA "NAVARRO VILLOSLADA" 2024 (España)

30:05:2024

Género:  Novela, relato, poesía, teatro, cómic, novela gráfica, ensayo, biografía, infantil y juvenil

Premio:  15.000 € y edición

Abierto a:  mayor de edad, natural o empadronada en Navarra

Entidad convocante:  Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:05:2024

 

BASES

 

 

Plazo: 30/04/24 - 30/05/24

1.–Objeto del premio de literatura "Navarro Villoslada".

El Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra, con objeto de promover la creación literaria de obras originales en la Comunidad Foral de Navarra convoca el premio de literatura "Navarro Villoslada 2024", edición en castellano y edición en euskera.

Este premio impulsa la creación y publicación de obras literarias inéditas en castellano y en euskera y cuenta con dos modalidades:

–Premio de literatura "Navarro Villoslada 2024" en castellano.

–Premio de literatura "Navarro Villoslada 2024" en euskera.

Las obras que opten al premio (en la modalidad de castellano o en la modalidad de euskera) pueden pertenecer a cualquiera de las siguientes clases:

a) Narrativa.

b) Poesía y prosa poética.

c) Teatro.

d) Cómic y novela gráfica.

e) Ensayos y biografías.

f) Literatura infantil y juvenil.

2.–Imputación presupuestaria y cuantía.

2.1. El premio se financiará con cargo a la partida A20000 A2010 2268 334200 Premio Navarro Villoslada de literatura, premio metálico en el presupuesto de gastos de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana para el año 2024.

2.2. El importe del premio será en metálico, 15.000 euros para la modalidad en castellano y 15.000 euros para la modalidad en euskera.

3.–Requisitos de las personas candidatas.

3.1. Podrán concurrir al premio cualquier persona física mayor de edad que sea natural o esté empadronada en Navarra con anterioridad al día 1 de enero de 2024.

3.2. Los participantes solo podrán presentar una obra a una sola de las dos modalidades (en castellano o en euskera).

3.3. Las personas participantes no deberán estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, no pudiendo obtener la condición de premiadas aquellas personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 de dicho artículo.

3.4. La participación en el concurso implica la total aceptación de las bases de esta convocatoria.

4.–Requisitos de las obras.

4.1. Las obras que se presenten estarán escritas en castellano o en euskera. Deben ser originales e inéditas. En el caso de no cumplir estos requisitos la obra será inadmitida. No se podrán presentar obras que ya hayan sido editadas tanto en papel, como en cualquier otro medio, incluidos blogs y redes sociales. Tampoco se admitirán obras auto publicadas o las creadas por Inteligencia Artificial.

4.2. Las obras no deben haber sido premiadas con anterioridad en ningún otro concurso nacional o internacional, ni haberse presentado a ningún otro certamen cuyo fallo deba producirse antes de la resolución de la convocatoria. No debe haberse cedido a terceros los derechos de autor de la obra, ni comprometido su cesión futura.

4.3. Las obras deberán presentarse en formato DIN- A4, escritas por ambas caras, en letra Arial tamaño 12, a doble espacio. En el caso del Cómic y novela gráfica deberán presentarse en formato DIN A4 en páginas sueltas, numeradas y podrán realizarse en blanco y negro o a color.

4.4. Las obras presentadas deberán tener la siguiente extensión según la clase a la que pertenezcan:

a) Narrativa: mínimo 200 páginas para novelas y 100 páginas para novelas cortas y conjuntos de relatos.

b) Poesía y prosa poética: más de 500 versos o equivalente.

c) Teatro: mínimo 70 páginas.

d) Cómic y novela gráfica: mínimo 40 páginas.

e) Ensayo, incluyendo biografías, sobre un tema propio del campo de las humanidades: mínimo 150 páginas.

f) Literatura infantil y juvenil: mínimo 50 páginas infantil y 100 páginas juvenil.

5.–Presentación de candidaturas.

5.1. Las solicitudes de participación se formalizarán en el modelo específico que se adjunta como anexo de estas bases, disponible dentro de la ficha correspondiente en el catálogo de trámites: navarra.es/es/tramites/on/-/line/premio-de-literatura-navarro-villoslada.

5.2. La solicitud deberá ir dirigida a la Sección de Recursos y Desarrollo Estratégico de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, indicando en la misma "Premio de literatura Navarro Villoslada 2024".

5.3. Las solicitudes se presentarán preferentemente de manera telemática a través del registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (navarra.es) siendo necesario para identificarse disponer de certificado digital o cl@ve; en su defecto, se podrán presentar presencialmente en la Oficina del Registro ubicada en la calle Navarrería 39 de Pamplona o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.4. La solicitud de participación a la que hace referencia la base 5.1 deberá ir acompañada por la siguiente documentación.

a) Para los naturales de Navarra: fotocopia del DNI. Para el resto de solicitantes: certificado de empadronamiento.

b) Un ejemplar de la obra en formato PDF o, en caso de presentación presencial, en formato papel. En la primera página se hará constar exclusivamente el título de la obra, el pseudónimo del autor o autora y la modalidad (castellano o euskera) a la que se presenta. En las obras no se incluirá ningún dato que permita identificar al autor o autora de la misma.

5.5. El plazo para la presentación de solicitudes y documentación requerida será de 30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Navarra.

6.–Instrucción y tramitación del procedimiento.

6.1. La instrucción del procedimiento corresponderá al Negociado de Innovación de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra.

6.2. Si la solicitud no viniera cumplimentada en todos sus términos, se requerirá al solicitante la subsanación del defecto observado a través del correo electrónico para que, en el plazo de diez días hábiles, se subsane la falta o se acompañen la documentación preceptiva. El incumplimiento del requisito de participación contenido en la base 3.1 o la inclusión en el texto de la obra de algún dato que permita identificar al autor o autora determinará la inadmisión de la solicitud presentada.

6.3. El órgano instructor será el encargado de dar traslado de las obras presentadas a los componentes del Jurado para su evaluación. El órgano instructor garantizará la reserva de los datos personales que figuran en la solicitud de participación hasta la finalización del proceso.

1.1. El Jurado estará compuesto, para cada una de las modalidades, por:

a) Modalidad en castellano:

–Presidencia: La persona titular del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra o la persona titular de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
–Vocalías:
La dirección del Servicio de Bibliotecas, y en su defecto la dirección del Servicio de Acción Cultural.
Dos vocales de la Comisión de Publicaciones del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes, y en su defecto, un vocal de la Comisión de Publicaciones del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes y una persona de la competencia de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
Dos personas especialistas en el mundo de la literatura.
–Secretaría: la jefa del negociado de publicaciones de la Sección de Recursos y Desarrollo Estratégico.

b) Modalidad en euskera.

–Presidencia: La persona titular del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra o la persona titular de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
–Vocalías:
Una persona del Servicio de Bibliotecas, y en su defecto una persona de la competencia de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
Dos vocales de la Comisión de Publicaciones del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes, y en su defecto, un vocal de la Comisión de Publicaciones del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes y una persona de la competencia de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
Dos personas especialistas en el mundo de la literatura.
–Secretaría: la jefa del negociado de publicaciones de la Sección de Recursos y Desarrollo Estratégico.

Todas las personas componentes del jurado tendrán voz y voto.

La composición de los jurados se publicará en la ficha de la convocatoria en el catálogo de trámites del portal del Gobierno de Navarra: navarra.es/es/tramites/on/-/line/premio-de-literatura-navarro-villoslada.

6.4. El Jurado valorará las obras presentadas de forma motivada. Para la valoración de las obras, tanto en castellano como o en euskera, se tendrá en cuenta la calidad artística, el rigor, la riqueza expresiva del lenguaje, de acuerdo con las características propias de cada una de las categorías, así como la originalidad de la obra, capacidad innovadora de la creación en su estructura, planteamiento, valor estético, singularidad y originalidad.

6.5. El jurado actuará como órgano colegiado y hará constar el fallo en el acta correspondiente. El premio en castellano y euskera será de carácter indivisible y el jurado podrá declararlo desierto.

6.6. El jurado rechazará aquellas obras que no se ajusten a lo dispuesto en las presentes bases, siendo el responsable de su interpretación, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.

7.–Resolución.

A la vista del fallo del jurado el órgano instructor, previa identificación de los participantes de las obras que figuran en el fallo del jurado, formulará la correspondiente propuesta de concesión a la persona titular del departamento competente en materia de cultura.

8.–Cesión de los derechos de autor y publicación de las obras.

8.1. Las obras premiadas serán objeto de publicación por parte de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.

8.2. El autor o autora de la obra premiada en cada una de las modalidades cederá en exclusiva durante tres años la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública sobre la obra premiada con la finalidad de publicar una primera edición de la misma. Corresponderá al Negociado de Publicaciones de la Sección de Recursos y Desarrollo Estratégico determinar la modalidad de edición, número de ejemplares, precio y forma de distribución de las obras.

8.3. La cuantía del premio cubrirá los derechos de autor correspondientes a la publicación de esta primera edición.

8.4. Transcurrido tres años el autor o autora premiados recuperarán los derechos de explotación cedidos sobre sus obras comprometiéndose a que en futuras ediciones figure siempre la referencia de haber sido galardonado con el "Premio Navarro Villoslada" del Gobierno de Navarra.

9.–Pago.

9.1. Una vez notificada la concesión del premio, será imprescindible que las personas premiadas expresen por escrito su conformidad con dicha concesión, autorizando en exclusiva a la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana para que proceda a la publicación de la obra en los términos indicados en la base 8.ª

9.2. Aceptada la concesión del premio las personas ganadoras del "Premio Navarro Villoslada" recibirán la cantidad asignada mediante transferencia bancaria durante el 2024.

9.3. El premio será objeto de la retención correspondiente prevista en la normativa que regula el I.R.P.F.www.escritores.org

10.–Derechos de imagen de los participantes.

10.1. Las personas ganadoras presentarán por escrito un permiso específico para que puedan aparecer en imágenes (fotografía, video...) tomadas con motivo de la participación en el certamen y/o en el acto de entrega de premios.

10.2. Los datos facilitados se tratarán conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

11.–Recursos.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

 

 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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