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AYUDAS A LA CREACIÓN LITERARIA PARA ESCRITORES NOVELES COMUNIDAD DE MADRID 2019 (España)
09:04:2019
Género: Novela, relato, poesía, cómic, ensayo
Premio: Beca ayuda de 5.000 €
Abierto a: autores noveles nacidos o residentes en la Comunidad de Madrid
Entidad convocante: Comunidad de Madrid
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 09:04:2019
BASES
plazo
Inicio: 13 marzo 2019
Fin: 09 abril 2019
¿Qué es?
Creación de una obra literaria en las siguientes modalidades:
a) Novelas y recopilación de relatos breves: Cinco ayudas de 5.000 euros.
b) Poemarios: Cinco ayudas de 5.000 euros.
c) Cómics: Cinco ayudas de 5.000 euros.
d) Ensayos: Cinco ayudas de 5.000 euros.
¿Quién puede?
1. Personas físicas nacidas o residentes en la Comunidad de Madrid que tengan la consideración de autor novel. Se considera autor novel a quien no haya publicado más de tres obras en cualquiera de las modalidades por medios tradicionales o digitales, así como a quienes no han autopublicado.
2. No podrán ser beneficiarios quienes lo hubieran sido en cualquier modalidad de las convocatorias anteriores.
¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
¿Cómo lo solicito?
En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
www.escritores.org
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Fuente y Solicitud: www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_ConvocaPrestac_FA&cid=1354763456729&noMostrarML=true&pageid=1331802501637&pagename=PortalCiudadano%2FCM_ConvocaPrestac_FA%2FPCIU_fichaConvocaPrestac&vest=1331802501621
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.